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Una aproximación a la lucha contra la corrupción por Julio Cesar Suarez (página 2)



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Pero el acceso a la información es mucho más que un herramienta de control o de construcción de ciudadanía, es un Derecho. Según la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Derecho a la información comprende la libertad de todo individuo de investigar, recibir y difundir información. En nuestro país, la Constitución Nacional incorpora este tratado a través de su artículo 75, inciso 22, y es por ello que el Derecho a la Información está reconocido, aunque aun no se ha sancionado una ley nacional que lo regule.

Existen también otros tratados internacionales suscriptos por la Argentina con rango constitucional que afirman claramente este derecho, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art 13, inciso 1) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art 19 inciso 2). No obstante la incorporación de estos Tratados a nuestra Carta Magna, es relevante contar con una ley que permita acceder a la información en poder del Estado, toda vez que la misma no puede quedar librada a la buena voluntad, arbitrio, discrecionalidad o razonabilidad del funcionario de turno. La práctica de este derecho debe ser regulada, promovida, difundida y monitoreada por la sociedad.

Una campaña contra la corrupción requiere sacudir el equilibrio corrupto, por lo que debe involucrarse a los ciudadanos en el mejoramiento de los sistemas corruptos. El desafío es desarrollar y poner en marcha los caminos para asegurar una mayor participación social. ¿Cuáles pueden ser algunos de estos instrumentos que posibilitarían mayor participación social?

Elaboración participada de normas: es un proceso de consulta pública que permite conocer más profundamente la realidad social sobre la que la norma impactará al ser aplicada. Facilita el ajuste a la realidad en aquél que la elabora y una sensación de participación y un compromiso mayor en aquellos que habrán de regularse por la norma, cuando esta esté vigente. Consiste en someter al análisis y comentarios de especialistas, sectores interesados y de los ciudadanos en general, un borrador de la propuesta normativa. Etapas del procedimiento: elaboración del anteproyecto (puede ser una Ley, un Decreto, una Ordenanza, una Decisión Administrativa, etc.), difusión del anteproyecto (por medios masivos de comunicación), realización de talleres de trabajo (es una etapa importante pues los funcionarios que deben decidir sobre el proyecto en cuestión entran en contacto directo con los representantes de los sectores interesados), realización de entrevistas personales (reuniones de trabajo con grupos de académicos, funcionarios, organizaciones de la sociedad civil con el objetivo de tratar puntos específicos que ameriten una especial atención y sobre los cuales estos sectores pueden realizar aportes esenciales), compilación y análisis de la información, desarrollo del proyecto definitivo. Si bien este procedimiento no tiene carácter vinculante, constituye una importante fuente de consulta para el decisor. La Oficina Anticorrupción Nacional ha impulsado este mecanismo en los proyectos de "Ley de acceso a la información" y en de la "Ley de Publicidad de la gestión de intereses".

Pactos de integridad: es un mecanismo impulsado desde Transparencia Internacional que consiste en sentar en una mesa a la autoridad que decide iniciar el proceso licitatorio o de concurso, los potenciales candidatos y una organización de la sociedad civil. Todos los participantes se ponen de acuerdo en comprometerse a evitar toda utilización de métodos corruptos. Los puntos esenciales de los pactos de integridad son sencillos de esbozar: ningún representante de la autoridad aceptará o exigirá directamente o por intermedio de interpósita persona ningún tipo de soborno, la autoridad hará pública toda la información de tipo técnica, legal y administrativa, ninguno de los representantes de la autoridad deberá facilitar información confidencial a ninguno de los contratistas, cualquier representante de la autoridad que intervenga en cualquier etapa del proceso deberá manifestar cualquier conflicto de intereses, deberá comunicar cualquier intento de ser sobornado. Por su parte los interesados deberán abstenerse de ofrecer soborno, no acordar con otros intervientes nada que pudiera perjudicar la transparencia y la equidad del proceso de puja y cierre del contrato, todos los pagos deberán ser hechos en forma pública, etc.[18] La Oficina Anticorrupción Nacional a tomado participación en algunos procesos administrativos en que se toman algunos aspectos de estos "pactos de integridad". En ese sentido tenemos el caso de la licitación del servicio de comida para la Unidad Penal I ubicada en Ezeiza, para la cual La Secretaría de Política Criminal y Asuntos Penitenciarios solicitó la asistencia de la OA para el diseño de una estrategia que mejorara la transparencia del proceso licitatorio. Así se formó una comisión técnica de apoya al área del Servicio Penitenciario Federal responsable de gestionar el proceso licitatorio, la comisión se integro por un representante de la Secretaria de Política Criminal, uno de la Sindicatura General de la Nación (aportaba su conocimiento para el proceso de identificación de precios y valores en el mercado particular) uno de la Pastoral Penitenciaria (pues es la ONG que recibiría las observaciones de los internos acerca de la calidad del servicio) y un miembro de la OA.

El SPF preparó la base del pliego y lo publicó en internet para que los interesados pudieran efectuar observaciones y aportes (rule making en el derecho administrativo norteamericano) reduciéndose de esta forma el efecto de la información asimétrica, con esta información se trató de perfeccionar el documento inicial para lo que se recibió la colaboración de la Comisión Técnica. Paralelamente, el SPF inspeccionó las instalaciones a los interesados en participar del proceso.

A continuación se produce una audiencia publica durante la cual la Administración recibe los aportes definitivos no solo de los participantes en la licitación sino también de otros actores que pudieran tener un interés en la decisión a tomar, mediante la audiencia pública se busca reducir el problema de la información asimétrica entre el principal, los agentes y los clientes. Sus principales objetivos: lograr que el responsable de tomar la decisión cuente con la mayor cantidad de información posible y generar un canal de compromiso entre autoridad e interesados.

Podemos agregar que también hubiera sido posible habilitar un espacio para que expertos o peritos imparciales opinen sobre la cuestión planteada. Tras la instancia, la autoridad está en condiciones de definir el pliego final de la licitación.

Audiencia Pública: constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión, en la cual la autoridad responsable habilita a la ciudadanía un espacio institucional para que todo aquél que pueda verse afectado o tenga algún interés particular en general, exprese su opinión. La finalidad es permitir y promover una efectiva participación ciudadana y confrontar de forma transparente y pública las distintas opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre las cuestiones puestas en consulta. (Decreto 1172/2003 que aprueba el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional).

Presupuesto participativo que es una herramienta que garantiza la participación de la comunidad en las etapas de elaboración, definición y control de la ejecución del presupuesto.

En definitiva, debería instalarse la cultura de que la mejor garantía de control es la propia sociedad civil, por lo que deberíamos desarrollar un modelo de auditoría social nutrido de herramientas como las descriptas y otros como líneas 800, páginas web (en este sentido, y a título de ejemplo, desde la OAN se ha implementado el Sistema Informatizado de declaraciones juradas patrimoniales de funcionarios públicos que sirve para monitorear los cambios en el tiempo de la situación patrimonial de los funcionarios públicos como también para detectar y prevenir posibles situaciones de conflictos de intereses entre aquellos y el sector privado (a nivel nacional la Ley de Ética Pública – 25.188 – establece cuales son los funcionarios que están obligados), también tenemos la publicidad que realiza la Oficina Nacional de Contrataciones que permite el acceso a distintas convocatorias a licitaciones en el ámbito del Estado Nacional – Decreto Nro 1023/01 y 436/00 -), buzón de quejas, libros de sugerencias, encuestas sistemáticas, oficinas para recibir denuncias, etc. que sumadas a las anteriores generan las condiciones para que la ciudadanía participe en los procesos de toma de decisiones.

Muchos de los instrumentos mencionados pueden utilizarse no solo a nivel nacional, sino que, de hecho, son utilizados por provincias y municipios, ámbitos donde tienen una mayor posibilidad de lograr su cometido a raíz de la cercanía entre ciudadano y gobierno. Así podría también contarse con Índices de Percepción de la corrupción en las principales ciudades del país o realizar alguna encuesta preelectoral a nivel de cada ciudad donde se pregunte a los candidatos cuales serán las medidas concretas en materia de corrupción, asegurándose su publicación y difusión anterior y posterior – a modo de recordatorio – a los comicios.

Por otra parte, tenemos a quienes opinan de que se podría mejorar con ajustes institucionales en el ámbito gubernamental, así: mejorar el proceso de selección para el personal de la administración pública, aumentar la capacitación de los mismos, mejor incentivos para esos trabajadores, promulgación de Códigos de Ética, publicidad de las declaraciones juradas, etc.. Algunas áreas donde se deberían poner especial énfasis serían: la de recaudación de impuestos, las de compras, la de concesión de licencias y la de contratación gubernamental, etc.. Lo que se busca con estas últimas medidas es no solo detectar a personas corruptas, sino la de detectar y desarticular los sistemas que ostentando el poder decisorio son corruptos.

Dentro de este conjunto de medidas que tienden a lograr una gestión más transparente, nos detendremos en las Oficinas Anticorrupción.

Las oficinas anticorrupción

Asistimos en los últimos años a un generalizado optimismo sobre la eficacia de las Oficinas Anticorrupción para atacar a la corrupción. Este fenómeno se da tanto a nivel mundial, como Latinoamericano y también en nuestro país (a título de ejemplo podemos mencionar las oficinas a nivel nacional, provincial – Córdoba, Santiago del Estero, Corrientes, Neuquén – y municipal – Morón y Marcos Paz en la Provincia de Buenos Aires).

a) ALGUNOS EJEMPLOS A NIVEL MUNDIAL:

Los ejemplos más conocidos a nivel mundial los proporcionan Hong Kong y Singapur. La primera de ella data del año 1974 y nació bajo el nombre de Comisión Independiente Contra la Corrupción y dependía directamente del gobernador y estaba dotada de atribuciones que le posibilitan investigar y perseguir los casos de corrupción, de recomendar cambios legales y administrativos para reducir los alicientes a la corrupción y hacer campañas de educación pública, es decir, sus tres pilares centrales eran: penalización, prevención y educación.

Por su parte, la Oficina de Singapur, que lleva el nombre de Oficina de Investigaciones de Prácticas Corruptas, si bien existía antes de 1970, es a partir de ese año en que pasa a depender directamente del Primer Ministro, cuando toma mayor notoriedad, estando dotadas de atribuciones similares a la anterior. Otros países asiáticos que cuentan con este tipo de agencia son India (Escritorio Central de Investigación), Pakistán, Corea (Comisión Anticorrupción Presidencial), Malasia (su particularidad es que investiga la corrupción en el sector privado), entre otros. En África países como Tanzania y Uganda cuentan con OA.

En Europa se destacan las de Francia, llamada Servicio Central de la Prevención de la Corrupción que también alcanza al sector público y al privado y la de Inglaterra denominada Oficina de Investigación de Fraudes.

b) LAS OA EN LATINOAMERICA

En Latinoamérica son varios los países que cuentan con Oficinas Anticorrupción. En Ecuador tenemos la Comisión de Control Cívico de la Corrupción que nació como resultado de las marchas del 5 y 6 de febrero de 1997, en las que participaron dos millones de ecuatorianos, cuando fue destituido el Presidente de la República el abogado Abdalá Bucaram.  El objetivo de crear la entidad con representantes de diferentes sectores de la sociedad ecuatoriana fue acoger la protesta de los ciudadanos que rechazaban los actos de corrupción cometidos por gobiernos anteriores, así como de futuros regímenes. La CCCC se conforma por siete miembros, quienes reunidos en Pleno constituyen la máxima autoridad de la Institución. Cada comisionado es elegido por un colegio electoral que representa un sector de la ciudadanía.

Por mandato constitucional, la tarea de la CCCC es investigar y prevenir la comisión de actos de corrupción. La Comisión de Control Cívico de la Corrupción, en el ámbito de la Prevención, ha elaborado el Plan Nacional de Prevención de la Corrupción 2000, que comprende acciones en tres áreas básicas: Contraloría Social, para realizar la vigilancia de la gestión pública; Redes Cívicas, para crear consensos y frenar la corrupción desde la sociedad civil; y Formación Ciudadana, para fomentar la práctica de los valores éticos y cívicos. La formación ciudadana está dirigida a la producción de una cultura ciudadana que permita un estilo de vida democrático y afirme la gobernabilidad. La construcción de la memoria colectiva de los ecuatorianos es otro interés de esta área. La amnesia histórica de los pueblos sólo puede combatirse con el trabajo constante que fortalezca la red que atrape la impunidad, la falacia y todas las formas de corrupción. En este marco, la formación en valores y la capacitación para la convivencia democrática, son dos líneas de trabajo institucional, y con ellas, los espacios de socialización, como el sistema educativo. En una primera etapa el trabajo se ha enfocado hacia la educación formal, con el Programa Hacia una Cultura de la Honestidad y el proyecto denominado Dando y dando, nuestros deberes, nuestras responsabilidades , basado en el Art. 97 de la Constitución del Estado, que trata sobre los derechos y responsabilidades del ciudadano. A la fecha se encuentra en ejecución, con una cobertura de trece provincias, cincuenta centros educativos, quinientos maestros y maestras, nueve mil alumnos y padres de familia. Una segunda etapa, estará constituida por la aplicación del proyecto de formación en valores, dedicado a estudiantes de edad escolar.

Honduras posee el Consejo Nacional Anticorrupción: Este organismo fue creado en diciembre de 2001. Es presidido por el cardenal monseñor Oscar Andrés Rodríguez y cuenta con representantes gubernamentales y de la sociedad civil. (datos actualizados a octubre de 2003).

En México funciona la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción: entidad del poder ejecutivo federal cuya misión es abatir los niveles de corrupción y dar transparencia a la gestión pública. La misión: prevenir y combatir la corrupción y fomentar la transparencia. La visión: que la sociedad perciba a la administración pública federal como honesta, transparente y confiable.

Los objetivos: establecer los lineamientos y acciones para prevenir la corrupción, facilitar mecanismos de información y rendición de cuentas, crear una cultura del servicio público sustentada en valores y principios éticos.

Perú: Comisión Nacional Anticorrupción: Las funciones de la Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y Promoción de la Etica y Transparencia en la Gestión Pública y la Sociedad, conocida mayormente como "Comisión Nacional Anticorrupción" son: proponer la política nacional de prevención y lucha contra la corrupción; promover la ética y la transparencia en la gestión pública; prevenir y denunciar ante el Ministerio Público; así como presentar propuestas legislativas que contribuyan a reducir la corrupción. Está compuesta por el Presidente del consejo de Ministros; por un representante del Ministerio de Justicia; por otro de la Conferencia Episcopal Peruana y por dos representantes de la Sociedad Civil.

La Comisión en concordancia con lo dispuesto en el DS 047-2003-PCM, se propone enfocar sus actividades en los siguientes ámbitos:

a. – Desarrollar acciones de prevención y fomento de la transparencia y la ética en el ejercicio de la función pública y en la sociedad.

b. – Prevención sistémica de la corrupción mediante propuestas específicas de políticas de Estado en ese ámbito.

c. – Fortalecimiento de la ética pública a través de campañas educativas.

Como podemos apreciar, han surgido Oficinas Anticorrupción, gubernamentales o mixtas (con integrantes gubernamentales y de la sociedad civil) que tienen entre sus actividades las de recibir e investigar denuncias, quejas y reclamos; emitir censura pública por actos o comportamientos corruptos; denunciar y/o investigar la corrupción; y realizar actividades de concientización y que permiten más participación ciudadana en la lucha anticorrupción. No obstante, se ha extendido una generalizada confianza en la eficacia de estas agencias como medio clave para atacar la corrupción.

c) PENSANDO UNA OA

Nuestro país muestra una experiencia poco uniforme en cuanto al éxito de estas oficinas, tenemos algunos proyectos paralizados o abortados antes de nacer (los casos de los Municipios de Pilar y Avellaneda), otras con serios problemas de funcionamiento o que han tenido esta clase de problemas a raíz de cuestiones políticas (Provincia de Córdoba) y en menor mediada la Nacional que ha visto como el actual gobierno cambió a varios de sus directivos. Por otra parte, hay algunas que han mostrado rendimientos superiores, como la del Municipio de Morón y de Marcos Paz en la Provincia de Buenos Aires.

Muchas de las fallas en la creación de un organismo de estas características, radica, como en tantos otros casos, en los intentos de transferencia de modelos foráneos, obviándose el análisis de factores externos e internos locales cuya combinación hacen al éxito operacional de estas agencias. En términos generales, para que estos factores externos e internos sean efectivos se necesita un contexto externo apropiado y una organización relativamente bien integrada y con buenos recursos[19]

La respuesta a algunos interrogantes nos pueden permitir conocer la viabilidad o factibilidad de contar con una Oficina Anticorrupción.

La primera pregunta que nos debemos formular es ¿Cuándo se establecen las Oficinas Anticorrupción? Si bien es difícil fijar el momento oportuno para la creación de un organismo de las características del analizado, generalmente, los momentos en que un gobierno ha decidido implementar una de estas agencias han sido: 1) cuando se decide transparentar la gestión, echar luz sobre la administración pública. 2) cuando la corrupción es sistemática y está extendida en toda la administración pública (nacional, provincial o municipal). 3) cuando los ciudadanos perciben un alto índice de corrupción y expresan como una de sus prioridades el combate de la misma. Francisco Suárez, citando a Oszlak y O"Donnell afirma que "ninguna sociedad posee ni la capacidad ni los recursos para atender omnímodamente todas las necesidades y demandas de sus integrantes … sólo algunas son problematizadas, en el sentido que ciertas clases de fracciones de clase, organizaciones, grupos o incluso individuos estratégicamente situados creen que puede y debe hacerse "algo al respecto" y están en condiciones de promover su incorporación a la agenda de problemas socialmente vigentes"", aparece nuevamente el rol protagónico que hemos asignado a la participación social. 4) cuando asume un nuevo gobierno y decide dar una señal clara de que combatirá la corrupción. 5) cuando se quiere relanzar el gobierno. 6) cuando los organismos que son tradicionalmente responsables de evitar que la corrupción no se propague son percibidos como corruptos.

En segundo término, debemos centrarnos en algunas claves para el éxito de una Oficina Anticorrupción:

– Voluntad política. Si bien esta voluntad y decisión son imprescindibles para diagramar políticas anticorrupción, muchas veces los líderes gubernamentales perciben que tomar decisiones en este sentido es un suicidio político. De ahí, la necesidad de formar coaliciones entre el sector público, privado y sociedad en general que respalden la toma de esta clase de decisiones, iniciando el trabajo allí donde la ciudadanía percibe que el problema es mayor. El problema hoy es decidir qué debe hacerse y cómo debe hacerse, por lo que la convocatoria debe ser socialmente amplia.

  • Planificación estratégica. Los gobiernos deben considerar el uso de la planificación estratégica para determinar si se necesita o no una OA o es preferible la utilización de otras de las herramientas anticorrupción.. Entre las técnicas a las que se puede acudir es al análisis FODA. A modo de ejemplo, en un proyecto a nievel municipal – en el que me tocó participar – sobre las posibilidades de implementar una OA, encontramos:

Fortalezas

  • Decisión política del Intendente que respalda la creación de una Oficina Anticorrupción en el ámbito del Municipio.

  • Capacidad técnica – política.

  • Liderazgo tendiente a obtener la sanción de ordenanza municipal que respalda normativamente la creación de la Oficina Anticorrupción.

Oportunidades

  • Condiciones sociopolíticas que respaldan este tipo de iniciativas.

  • Posibilidad de obtener soporte técnico, capacitación e información de organismos provinciales y nacionales especializados en la materia, así como de organizaciones no gubernamentales.

  • El desarrollo permanente del estado del arte que ha producido el avance de este tipo de iniciativas en diversas provincias y municipios.

  • Predisposición de actores privados (ongs, vecinos, cámara de pequeños y medianos empresarios, universidad, etc.) movilizados para la plasmación de proyectos relacionados con una gestión más transparente.

Debilidades

  • Dificultades de financiamiento propio.

  • Poca fluidez en las comunicaciones entre las distintas áreas de la Municipalidad.

  • Cultura organización poco predispuesta a los cambios.

  • Mecanismos clientelares que conspiran contra todo intento de control.

Amenazas

  • Presiones de cierto sector de la estructura del partido político gobernante tendientes a conservar las ventajas derivadas de políticas clientelares y poco transparentes.

Dificultades de acceso al financiamiento provincial y nacional que colocan al Municipio frente a una situación complicada.

Ahora bien, una vez que se decidió la implementación de una OA, hay que tener en cuenta algunos puntos claves como un diseño organizacional adecuado, lo que implica contar con divisiones o departamentos adecuados, con roles y facultades claramente delimitados, con una clara descripción de las responsabilidades, con indicadores de desempeño realistas, con personal idóneo y recursos suficientes. Por ello, es recomendable: definir la misión, diseñar una jerarquía de metas y objetivos, diseñar el plan de acción general y para cada una de las áreas, establecer indicadores de desempeño y flexibilidad suficiente para adecuar prioridades u objetivos.

  • Autonomía administrativa y política. Nos referimos a dos presupuestos fundamentales: el primero es la capacidad que debe poseer toda OA de diagramar su propio plan de acción. Una vez realizado el diagnóstico, tener independencia para fijar los pasos a seguir, lo que implica no sólo decidir que se va a investigar, sino el área o áreas donde se investigará. En segundo lugar, deberán evitarse las presiones políticas que impidan las investigaciones a determinado nivel gubernamental.

  • Metas y expectativas reales. La eliminación total de la corrupción me parece que es un objetivo que se acerca más a una expresión de deseo que ha una realidad alcanzable. Así, a modo de ejemplo, podemos afirmar que cuando los costos de erradicar totalmente la corrupción son excesivamente altos, es decir, que superan los beneficios generales que se obtendrían, los gobiernos suelen verse ante la disyuntiva de optar por dirigir altas sumas de dinero para la lucha contra ese sistema de prácticas de intercambio ilegales o destinar una determinada suma, opción esta última a la que se suelen inclinar con mayor propensión.

Los intersticios de la administración por donde se pueden filtrar actos corruptos son muchos, por ello, lo aconsejables son metas más realistas, trabajando allí donde la ciudadanía percibe que son los principales focos de corrupción e ir avanzando hacia otras áreas, sabiendo que la corrupción va mutando y adaptándose a las nuevas circunstancias, por ello es un trabajo con fecha de comienzo pero no de finalización

Una meta realista no debe centrarse en la búsqueda de la eliminación total de la corrupción sino en la consolidación del uso de herramientas que permitan limitar su alcance y reducir los daños que produce.

  • Aprender las lecciones de otros organismos similares. Los esfuerzos por transparentar las gestiones y disminuir la corrupción debe ser un objetivo de los distintos niveles gubernamentales. La necesidad de actuar coordinadamente exige dejar de lado intereses mezquinos y concertar acciones conjuntas, para lo cual, la experiencia que pueden tener algunos organismos (como los de Morón y Marcos Paz o la Nacional) pueden ser de utilidad para otras administraciones. Conocer cuales han sido los principales obstáculos, las áreas de mayor vulnerabilidad y las oposiciones más enconadas que han tenido las Oficinas en funcionamiento, es una información relevante y necesaria para la instalación de nuevas agencias.

  • Recursos suficientes. El presupuesto de estas agencias para funcionar exitosamente debe ser un porcentaje fijo del presupuesto, pero la Oficina no podrá recibir menos que en el período anterior y sin duda que ese porcentaje debe producir una línea base de niveles de provisión de recursos y de dotación de personal. Esto le da a la oficina la influencia necesaria para asegurar la cooperación de los ministerios y otros organismos, la autoridad para introducir medidas para la reforma administrativa y concientización anticorrupción como así también los poderes para implementar revisiones de procedimientos y seguimientos. Una política contraria, haría que las oficinas sean demasiado pequeñas para ser efectivas.

  • Personal adecuado. Cuando nos referimos a este requisito lo hacemos desde un punto de vista cuantitativo, es decir, una dotación de personal suficiente de manera que no se convierta en un organismo inestable e ineficiente debido a una plantel pequeño y cualitativo, en tanto la corrupción como fenómeno dinámico que permanentemente va tomando nuevas fisonomías exigen abordajes diversos. Generalmente se cae en el reduccionismo de que se necesita sólo abogados, pero no podemos obviar la necesidad de contar con contadores, politólogos y sociólogos, visiones múltiples que coadyuvan a la percepción y desmantelamiento de sistemas corruptos, pero, creemos que son también necesarios funcionarios o empleados públicos con el conocimiento de los patrones y distribuciones de la corrupción en la estructura gubernamental ya sea municipal, provincial o nacional, por ejemplo, el funcionamiento de la policía de tránsito o del equipo de funcionarios que otorgan habilitaciones o compras gubernamentales, etc..

A contrario sensu, las razones para el fracaso de una Oficina Anticorrupción serían: 1) debilidad política: muchas veces nos encontramos que se crea una OA pero es incapaz de actuar por que está inmersa en un ambiente político muy complejo. 2) interferencia política: si los liderazgos políticos, cualquiera sea el nivel de gobierno al que nos refiramos, tienen permanente ingerencia en los temas que se deben investigar y hasta donde investigarlo, estamos en presencia de una OA que tarde o temprano perderá toda credibilidad y razón de existir. 3) escepticismo en los beneficios. 4) ausencia de una estrategia. 5) ausencia de coordinación. 6) ocuparse sólo del pasado: este punto es importante, pues vemos como muchos organismos han limitado la lucha contra la corrupción a una persecución a los funcionarios de los gobiernos anteriores (más allá de la necesidad de tal accionar como medio de combatir la impunidad) pero desatienden la propia gestión a través de la no utilización de mecanismos de gestión transparente, que son herramientas que consolida cambios a mediano y largo plazo. 7) no pueda actuar en casos de alta corrupción. 8) el personal que trabaja en la Oficina no está adecuadamente preparado ni es suficiente en su número. 9) agregue burocracia a la administración. 10) funcione sólo como pantalla para calmar a la ciudadanía. 11) funcione únicamente como una herramienta política.

Notas:
[1] Enciclopedia Jurídica Omeba, T IV. Pág. 937. Editorial Bibliográfica Argentina. Buenos Aires. Año 1956 y Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española. Pág. 386. Editorial Espasa Calpe. Madrid. Año 1984.

[2] MALEM SEÑA, Jorge F.. “La corrupción: aspectos éticos, económicos, políticos y jurídicos”. Pág. 33. Barcelona. Ed. Gedisa. Año 2002.

[3] TORRES, Raúl. “Corrupción y transparencia: conceptos y enfoques” en Revista Probidad número 26. Marzo de 2004.

[4] NINO, Santiago. “Un país al margen de la ley”. Buenos Aires. Editorial Emece. Año 1992.

[5] DELLA PORTA, Donatella. “Los actores de la corrupción: políticos de negocios en Italia”. Consultado el día 20 de septiembre de 2004 de la página web www.unesco/org/issj/rics149

[6] MALEM SEÑA, Jorge F. “La corrupción: aspectos éticos, económicos, políticos y jurídicos”. Pág. 123/3. Barcelona. Editorial Gedisa. Año 2002.

[7] SIMONETTI, José María. “El ocaso de la virud” – Ensayos sobre la corrupción y el discurso del control social -. Pág. 14/15. Universidad Nacional de Quilmes y Universidad Nacional de La Plata.

[8] Citado por BISCAY, Pedro en “Estrategias de lucha contra la corrupción: reflexiones para el contexto latinoamericano”. Revista Probidad Número 26. Año 2004.

[9] Este criterio tiene sustento en el Código Civil (art. 1112) donde el artículo habla de funcionario pero la nota también se refiere a los empleados, en el Código Penal (art. 77) que utiliza el término “funcionario público” y “empleado público” como sinónimos, la Convención Interamericana contra la Corrupción, aprobada por Ley Nro. 24.759 en el art. 11.2 o el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública (art. 1) o en el Decreto 41/99 “Código de Ética de la Función Pública (art. 3).

[10] El primer decreto que ordenó la entrega de grandes extensiones de tierras data del año 1822. A través del mismo se concedía en enfiteusis extensos latifundios que fueron luego cedidos definitivamente por precios irrisorios.

[11] SAUTU, Ruth. (compiladora). “Catálogo de prácticas corruptas”. Pág. 57. Buenos Aires. Editorial Lumiere. Año 2004.

[12] BOTANA, Natalio R. y GALLO, Ezequiel. “De la República posible a la República verdadera” (1880-1910). Págs. 232/233. Editorial Ariel.

[13] MORENO OCAMPO, Luis. “En defensa propia: como salir de la corrupción”. Pág. 131 y ss. Buenos Aires. Ed. Sudamericana. Año 1993.

[14] ROSE – ACKERMAN, Susan. “La corrupción y los gobiernos: causas, consecuencias y reforma”. Pág. 47 y ss. Madrid. Ed. Siglo XXI de España Editores. Año 2001.

[15] MORENO OCAMPO, Luis. “En defensa propia: como salir de la corrupción”. Pág. 117/118. Buenos Aires. Ed. Sudamericana. Año 1993.

[16] KLITGAARD, Robert. “Controlando la corrupción: una indagación práctica para el gran problema social de fin de siglo”. Editorial Sudamericana. Buenos Aires. Año 1994.

[17] SUAREZ, Francisco M. “La multidimensionalidad del término corrupción”. Consultado en la página web www.anticorrupcion.co./documentos el día 20 de septiembre del año 2004.

[18] EIGEN, Peter. “Las redes de la corrupción: la sociedad civil contra los abusos del poder”. Pág. 75 y ss. Editorial Planeta. Barcelona. Año 2004.

[19] MORAN Jon, DOIG Alan y WATT David. “Administración de agencias anticorrupción”. Mimeo. Año 2004.

Posfacio

¿Por qué hacer un posfacio y no una conclusión? La idea no es azarosa, tiene un sentido. Mientras la conclusión hace alusión a un proceso que se cierra, que remata una obra, el posfacio implica seguir repasando y repensando el tema en estudio, en nuestro caso, las ideas esbozadas como "aproximación a la lucha contra la corrupción", han sido desarrolladas para ser ponderados, debatidas y completadas, a efectos de lograr consensos que permitan implementar medidas tendientes a disminuir los actos y las estructuras corruptas que anidan en los distintos ámbitos gubernamentales.

Sin duda alguna que la extensión de este trabajo no ha permitido desenvolver con profundidad y con los matices deseables las herramientas de lucha contra la corrupción enumeradas, sí ha sido nuestro objetivo presentar algunas de ellas y reflexionar sobre temas tales como … "la corrupción como fenómeno global", "la situación en América Latina", "fisonomía estatal y corrupción en la administración pública", etc., como elementos centrales de nuestra intención última que es la de reabrir el debate, a fin de posicionar en la agenda pública, la discusión sobre la lucha contra la corrupción.

Este combate contra la corrupción ha ganado amplios espacios en los ejercicios discursivos y retóricos, lo que se traduce en la gran cantidad de eventos sobre el tema anticorrupción. No obstante, la necesidad de contar con medidas efectivas en contra del problema aún no ocupa un lugar de privilegio en las agendas de los gobiernos y los esfuerzos encaminados a transparentar la gestión son más dispersos que sistémicos, más parciales que integrales y aislados que globales.

Si bien hay un consenso general sobre la idea de que la corrupción produce un impacto altamente negativo sobre el sistema democrático mismo, este consenso no se traslada sobre cuales sería los medios más idóneos para combatirla.

Ello es así, puesto que estamos en presencia de un fenómeno que ha pervivido a través de los años y que ha mostrado una gran capacidad de adaptación a las realidades de distintas culturas y sistemas políticos.

No podemos olvidar que la decisión de cometer un acto corrupto es una decisión individual y que por ello ninguna de las recomendaciones planteadas garantiza un accionar apegado a la ley. Siempre existirán las motivaciones individuales que movilizarán a los corruptos a seguir buscando nuevas formas de burlar los sistemas.

Pero estas conductas disvaliosas solo pueden propagarse a la sombra de instituciones débiles, que a lo largo de los años han ido creando los mecanismos y reglas de funcionamiento que aseguraran la propagación y reproducción de estas prácticas polucionantes.

Es el fortalecimiento de estas instituciones lo que nos permitirá minimizar la discrecionalidad en el ejercicio del poder y fijar reglas de conducta estrictas, respetuosas de las libertades individuales.

La importancia del papel de las instituciones, y de ahí su necesidad de urgente fortalecimiento, radica en que las mismas trascienden a los individuos e involucra a grupos de individuos a través de un conjunto de interacciones pautadas, y justamente, la lucha contra la corrupción solo podrá ser fructífera si es emprendida por una coalición de actores sociales comprometidos con la democracia, la gobernabilidad y el desarrollo integral.

Como hemos afirmado, la eliminación total de la corrupción no es un objetivo posible, pero si podemos comenzar a dar pasos para limitar su alcance y reducir los daños que produce. Esta aproximación intenta ser un paso en esa dirección.

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Enviado por: Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®

Santiago de los Caballeros, República Dominicana, 2016.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE, JUAN BOSCH Y ANDRÉS CASTILLO DE LEÓN – POR SIEMPRE"®

 

 

 

Autor:

Julio Cesar Suarez.

Partes: 1, 2
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