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Proyecto educativo de centro – Colegio Público de Villar Pando (España) (página 2)



Partes: 1, 2, 3

1.- PRIORIDADES EDUCATIVAS Y PRINCIPIOS BÁSICOS

1.- La formación integral de la persona con capacidad para afrontar el futuro. Se fomentará esta formación desde los puntos de vista intelectual, físico y afectivo-social. Impulsaremos valores de responsabilidad, autonomía, tolerancia, respeto al medio, sensibilidad y espíritu crítico.

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2.- Tratamiento de la diversidad existente en el centro, respetando las diferencias individuales debidas a distintas capacidades, intereses o a su origen social, cultural y económico.

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3.- Creación de un clima acogedor y confortable, tanto en los aspectos físicos y del entorno como en los de relaciones personales, con actuaciones, responsabilidad y compromiso de todo los miembros de la Comunidad.

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4.- Garantía de una educación democrática, formando personas con sensibilidad solidaria y no competitiva.

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5.- Potenciación de estilos de vida saludables desarrollando programas de educación para la salud y de empleo positivo del ocio y tiempo libre.

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6.- Tratamiento de la problemática social dentro del aula, del Centro y del barrio, propiciando la igualdad, la convivencia y el diálogo.

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7.- Diversificación de la oferta educativa del Centro y ofrecimiento de un mayor abanico de posibilidades a la Comunidad Educativa, compensando, en lo posible, las carencias del entorno para proporcionar experiencias para su enriquecimiento personal y social

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III.- Reglamento de régimen interior

A.- ORGANIZACIÓN PRÁCTICA DE LA PARTICIPACIÓN DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

  • ALUMNOS:

Los alumnos podrán participar y estar informados de la vida del Centro a través de los siguientes cauces:

Reuniones de tutoría: Presididas por el tutor y con participación de todos los integrantes del grupo, con objeto de informar de los aspectos que afecten al grupo.

A comienzos de cada curso escolar se celebrarán elecciones a delegado de clase, con las funciones y duración que cada tutor establezca.

Los delegados de los alumnos del tercer ciclo de E. Primaria constituirán la Junta de Delegados que, presidida por el representante del alumnado en el Consejo Escolar, se reunirá antes y después de la participación de su representante en el Consejo Escolar, además de cuantas veces éste estime oportuno convocarlos o lo requiera la mitad de los delegados, con las atribuciones siguientes:

  • Trasladar a su representante los problemas de cada grupo

  • Ser informados por el representante en el Consejo de los temas tratados en el mismo

  • Elaborar propuestas sobre temas que les afecten

2. PROFESORES

Los Profesores participan en la estructura técnico-pedagógica del Centro y en los Equipos de Coordinación Docente: Claustro, Comisión de Coordinación Pedagógica, Equipos de Ciclo, Equipo de Nivel, Tutoría. Asimismo podrán participar en los Órganos de Participación y Control de acuerdo con las competencias y funciones recogidos en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación, en el Reglamento Orgánico de Infantil y Primaria y en cualquier otra disposición que afecte a sus competencias.

2.1.- CLAUSTRO DE PROFESORES:

1. El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el control y gestión del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos docentes del centro.

2. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro.

Atribuciones del Claustro de profesores.

El Claustro de profesores tendrá las siguientes atribuciones, recogidas en el artículo 129 de la LOE

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.

f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento

La frecuencia de las reuniones vendrá determinada por los temas a tratar, pero, con carácter general, se realizarán las sesiones siguientes:

  • Comienzos de curso:

  • Organización del centro

  • Mes de Octubre:

  • Meses de Diciembre/Enero:

  • Análisis y valoración del rendimiento académico

  • Mes de Febrero:

  • Análisis del funcionamiento del Centro y del desarrollo de la PGA.

  • Meses de Marzo/Abril:

  • Idem al mes de diciembre

  • Mes de Mayo:

  • Organización de final de curso

  • Libros de texto.

  • Mes de Junio:

Con objeto de facilitar la asistencia de las profesoras de las aulas de E. Infantil de Ceano, el Claustro comenzará a las 14,20 h. y su duración será de 1 hora. Finalizada ésta se decidirá la continuación hasta finalizar el orden del día o su traslado al primer día lectivo siguiente.

La convocatoria se dará a conocer 48 horas antes de la sesión y se pondrá a disposición de los miembros del claustro los documentos objeto de debate y /o aprobación.

Con objeto de agilizar los debates y la toma de decisiones, se procurará que los temas sean conocidos y debatidos previamente por los diferentes equipos: Ciclo, C.C.P….

2.2.- COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

  • Composición

  • Director, que actuará como presidente

  • Jefe de Estudios

  • Coordinadores de los diferentes ciclos

  • Miembro del E.O.E.P.

  • Funciones

  • Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de Etapa

  • Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación y asegurar su coherencia con el proyecto educativo

  • Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial

  • Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales

  • Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación

  • Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa

  • Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la jefatura de estudios.

  • Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.

  • Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultados de dichas evaluaciones.

  • Diseñar el Programa de Atención a la Diversidad

  • Concretar con el representante del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica su programa de intervención en el Centro.

  • Organización

  • Se convocará una vez al mes con carácter ordinario además de las sesiones extraordinarias que se estimen necesarias, fundamentalmente al principio y al final de curso

  • Su temporalización aparecerá reflejada en la propuesta de trabajo mensual para la 6ª hora y se convocará por escrito con 48 h. de antelación dando a conocer el orden del día, poniendo a disposición de los miembros la documentación objeto de debate.

2.3.- EQUIPOS DE CICLO

  • Composición

  • Estarán formados por todos los profesores que impartan docencia en ese ciclo. A comienzos de curso propondrán a la dirección del Centro un coordinador, elegido entre sus miembros.

  • Funciones

  • Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual

  • Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración de los proyectos curriculares de etapa

  • Mantener actualizada la metodología didáctica

  • Coordinar las programaciones docentes y realizar el seguimiento de la puesta en práctica de las mismas

  • Proponer a la Jefatura de Estudios las medidas organizativas de atención a la diversidad.

  • Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares

COMPETENCIAS DEL COORDINADOR DE CICLO

  • Participar en la elaboración del Proyecto curricular de etapa y elevar a la comisión de coordinación pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo.

  • Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo

  • Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de etapa

  • Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

  • Organización

  • Los equipos de ciclo se reunirán, al menos, quincenalmente

  • En una de las sesiones se debatirán temas relativos a la programación y en la segunda a la evaluación.

2.4.- EQUIPOS DE NIVEL / TUTORÍA

  • Composición

  • Estarán formados por todos los profesores que imparten docencia en el nivel o en la tutoría.

  • Funciones

  • Programar las actividades docentes, diseñar los materiales de trabajo de los alumnos, buscar recursos didácticos y elaborar las adaptaciones curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales.

  • Evaluar las actividades docentes y aplicar las medidas correctoras en relación con el alumnado, el profesorado y los recursos.

  • Informar sobre el alumnado en el cambio de ciclo:

  • Elaborando el informe de evaluación

  • Reuniéndose, al comienzo de curso, con el profesorado implicado en los cursos anteriores y siguientes.

  • Informar a las familias a principio de curso de los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, metodología…

  • Organización

  • Los equipos de nivel o tutoría se reunirán 1 vez a la semana, considerando que, con objeto de favorecer la asistencia de los especialistas, deberán de escalonarse a lo largo del tiempo.

3. PADRES

A través de la tutoría:

A principios de curso se realizará una reunión de tutoría para informar a los padres de todos los aspectos que, en este sentido, les interesa: el aula de su hijo, tutorías, profesorado, normativa del Centro, etc.

Posteriormente, durante el segundo trimestre se realizará una segunda reunión con el fin de analizar conjuntamente la marcha del grupo

Y, finalmente, en el mes de Junio, se llevará a cabo una tercera reunión con objeto de evaluar el rendimiento del grupo en todos los aspectos y establecer las propuestas de mejora para el curso próximo.

Por otra parte, se celebrarán las entrevistas individuales necesarias, a lo largo del curso, bien a solicitud del tutor como a demanda de los padres, salvo en el mes de junio, en el que se suspenden dichas entrevistas salvo que, por motivos excepcionales, el tutor decida citar a los padres.

Los padres tiene la obligación de acudir a las sesiones de tutoría tanto de grupo como individuales según el Art. 64 del RD 82/1996

A través del Consejo Escolar

Los representantes de los padres/madres en el Consejo Escolar establecerán los canales de información adecuados para favorecer la comunicación con sus representados.

Las convocatorias del Consejo Escolar se hará con la suficiente antelación de forma que los padres se puedan poner en contacto con sus representados.

Una vez realizada la sesión de Consejo Escolar, los representantes de los padres elegirán el modo más adecuado para trasladar la información al resto de las familias.

A través de la A.P.A.

Para el mejor funcionamiento del Centro Educativo es conveniente que exista un alto grado de colaboración entre los diferentes sectores. En este sentido se deben facilitar canales de información que permitan la mejora de las relaciones y el trabajo en el Centro.

La Junta Directiva de la A.P.A., se reunirá una vez al trimestre, o cuando lo solicite una de las partes, con el Equipo Directivo del Centro para intercambiar y contrastar informaciones o cualquier tema de su competencia, así como para organizar actividades educativas y/o extraescolares.

La Junta Directiva de la A.P.A., remitirá al Equipo Directivo, a principios de curso, un plan de actuación para que pueda ser incluido en la Programación General Anual.

Otros cauces:

A través de la "Escuela de Padres", colaborando en la formación de las familias en la tarea de educar a sus hijos, participando en el ámbito escolar y comprendiendo los beneficios que un trabajo coordinado conllevaría para el Centro Escolar.

Aprovechando la experiencia profesional y social de los padres y optimización de la aportación de éstos a la Escuela..

Promocionando la participación de los padres dentro de unos términos de respeto personal y profesional.

Colaborando con el Centro en la organización y control de las actividades previstas en el Proyecto de Apertura del Centro a la Comunidad.

B) LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS/ AS

CONSIDERACIONES PREVIAS:

"En la educación se transmiten y ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad y se adquieren los hábitos de convivencia y de respeto mutuo. Por ello, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia es, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, uno de los fines primordiales que deber perseguir el sistema educativo."

" Las normas de convivencia del centro, regulando los derechos y deberes del alumno, deben propiciar el clima de responsabilidad, de trabajo y esfuerzo, que permita que todos los alumnos obtengan los mejores resultados del proceso educativo y adquieran los hábitos y actitudes recogidos en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo, tratando de alcanzar, como objetivo último, y con la colaboración de todos los sectores de la comunidad educativa, un marco de convivencia y autorresponsabilidad que haga prácticamente innecesaria la adopción de medidas disciplinarias. En todo caso, cuando éstas resulten inevitables, las correcciones deberán tener un carácter educativo y deberán contribuir al proceso general de formación y recuperación del alumno."

OBJETIVOS EDUCATIVOS:

Lograr el respeto en los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

Alcanzar un clima de confianza, responsabilidad, trabajo y esfuerzo que permita a los alumnos alcanzar los mejores resultados en el proceso educativo.

Socializar al alumnado en valores de respeto a las ideas, opiniones y actitudes de los demás, de honestidad, cortesía, consideración y tolerancia.

Conseguir en el alumnado una actitud positiva de interés, respeto y cuidado hacia los medios e instrumentos que la sociedad pone a su disposición y hacia el entorno en que desarrolla sus actividades.

Reconocer los propios errores y sus posibles consecuencias y saber aceptar, con responsabilidad, los resultados de las propias decisiones personales.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Los derechos de los alumnos ser regulan en el Título II del Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo.

A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. Esta formación exige planificación de actividades de estudio e igualdad de oportunidades promovida por la no discriminación, las medidas compensatorias y la integración.

A las mismas posibilidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.

A una evaluación objetiva de su rendimiento escolar, para lo cual se establecen criterios de evaluación y promoción, así como un período horario de comunicación con la familia.

A que la actividad escolar se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

A que se respete su libertad ideológica ( de conciencia, religiosa y moral)

A que se respete su integridad física y moral y su dignidad personal.

A la reserva en la información que el Centro tenga de sus circunstancias personales y familiares.

A participar en todo aquello relacionado con la vida del centro.

A la libertad de expresión, siempre que se respete el derecho de otros miembros de la comunidad educativa y el que se merecen las personas e instituciones.

A usar las instalaciones del Centro de acuerdo con la programación y condiciones de uso de las mismas.

A participar voluntariamente en las actividades extraescolares del Centro, sin más limitación que la edad a la que aquellas puedan iniciarse.

A la protección social ante el infortunio.

DEBERES DE LOS ALUMNOS

" El deber más importante de los alumnos es el de aprovechar positivamente el puesto escolar que la sociedad pone a su disposición. Por ello, el interés por aprender y la asistencia a clase, es decir, el deber del estudio, es la consecuencia del derecho fundamental a la educación" (R.D. 732/95)

Regulados en el Título III del Real Decreto 732/1995

Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio

Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.

Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.

Respetar el derecho al estudio de sus compañeros.

Respetar la libertad de conciencia e ideológica de todos los miembros de la comunidad educativa así como su dignidad, integridad e intimidad.

No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquiera circunstancia personal o social

Respetar el Proyecto Educativo del centro

Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

Participar en la vida y funcionamiento del centro.

Respetar y cumplir las Normas de Convivencia del Centro

ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS.

Tener un carácter educativo y recuperador

Respetar el derecho del resto del alumnado

Procurar la mejora en las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa

Respetar el derecho a la educación y, en su caso, el derecho a la escolarización

No ser contrarias a la integridad física, y la dignidad personal del alumno.

Ser proporcionales a la conducta del alumno.

Contribuir a la mejora de su proceso educativo

Tener en cuenta la edad, así como las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno

Graduarse teniendo en cuenta lo anterior. A estos efectos se considerarán:

Circunstancias paliativas:

El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta

La falta de intencionalidad

Circunstancias agravantes:

La premeditación y la reiteración

Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los recién incorporados al centro.

La discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones morales o religiosas, discapacidad física, sensorial o psíquica o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Podrán corregirse los actos contrarios a las normas de convivencia realizados durante las actividades complementarias y extraescolares y los que, aunque realizados fuera del recinto escolar, estén motivados o relacionados directamente con la vida escolar.

NORMAS DE CONVIVENCIA:

  • 1. El principal deber de los alumnos es la asistencia a clase y el estudio. Las faltas de asistencia pueden traer consigo la pérdida del derecho a la evaluación continua del alumno.

  • 2. Los alumnos han de ser puntuales y respetar los horarios de entrada y salida del Centro.

  • 3. Toda ausencia o retraso deberá ser justificada por las familias al tutor.

  • 4. Las entradas, salidas y los cambios de clase se harán con orden para no entorpecer el trabajo del resto de los alumnos.

  • 5. Los alumnos deberán respetar el derecho a la educación de sus compañeros, por lo que evitarán todos los actos que contribuyan a distorsionar el normal desarrollo de la clase.

  • 6. Los alumnos propiciarán un ambiente de trabajo en las aulas y espacios afines, manteniendo un clima de convivencia, seriedad, orden, silencio y atención que facilite su propio aprovechamiento y el del grupo de clase.

  • 7. Los alumnos cuidarán al máximo su comportamiento en las actividades complementarias y extraescolares que se realicen fuera del Centro, manteniendo en todo momento la atención, el respeto y la actitud adecuada a la actividad en la que se participe.

  • 8. El trato hacia sus compañeros, profesores, personal no docente, monitores de las actividades complementarias y extraescolares y otro personal relacionado con el Centro ha de ser respetuoso y cordial, evitando actos y expresiones que puedan herir los sentimientos personales.

  • 9. Durante los tiempos de recreo no practicarán juegos violentos ni peligrosos

  • 10. Los alumnos cuidarán de sus enseres y materiales y respetarán los de sus compañeros y los que el Centro pone a su disposición, tanto en las tareas docentes como en las actividades complementarias y extraescolares.

  • 11. Los alumnos cuidarán su higiene y aseo personal.

  • 12. Los alumnos deberán contribuir al cuidado y limpieza de las instalaciones y espacios del Centro, no arrojando papeles, restos de comida, pipas…al suelo, ni pintando o ensuciando el mobiliario, paredes…

  • 13. Los alumnos no abandonarán el centro sin conocimiento y autorización de su tutor, previa solicitud por escrito de su familia.

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.- MEDIDAS CORRECTIVAS

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CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

  • 1. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa graves contra los miembros de la comunidad educativa.

  • 2. La reiteración, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia

  • 3. La agresión grave, física o moral, contra los demás miembros de la comunidad educativa o la discriminación grave por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones morales o religiosas, discapacidad física, sensorial o psíquica o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

  • 4. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente la falsificación o sustracción de documentos académicos.

  • 5. Los daños graves causados por uso indebido o de forma intencionada en los locales, material o documentos del centro o en los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

  • 6. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro.

  • 7. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa o la incitación a las mismas.

  • 8. El incumplimiento de las sanciones impuestas

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. MEDIDAS CORRECTIVAS.

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Sustituye a la Pág. 34 del P. Educativo

PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DISCIPLINARIOS

La instrucción del expediente se llevará a cabo por un profesor del centro designado por el director, que no sea el tutor del alumno, un profesor afectado por su conducta o miembro de la Comisión de Convivencia.

Los padres o representantes legales del alumno podrán recusar al instructor ante el Director cuando de su conducta o manifestaciones pueda inferirse falta de objetividad en la instrucción del expediente.

Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de la instrucción, el Director, por decisión propia o a propuesta, en su caso, del instructor, podrá adoptar las medidas provisionales que estime convenientes. Estas medidas podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión del derecho de asistencia al centro o a determinadas clases o actividades por un período no superior a cinco días. Serán comunicadas a la Comisión de Convivencia.

La instrucción del expediente deberá acordarse en un plazo no superior a diez días, desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras de corrección con arreglo a este Reglamento de Régimen Interior.

Instruido el expediente, se dará audiencia al alumno y a sus padres o representantes legales, comunicándoles las conductas que se le imputan y las medidas de corrección que se proponen. El plazo de instrucción del expediente no deberá exceder de siete días.

Se comunicará al Servicio de Inspección Técnica el inicio del procedimiento y se le mantendrá informado de la tramitación hasta su resolución.

Esta resolución deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de iniciación del mismo y contra dicha Resolución podrá interponerse recurso ordinario ante el Consejero de Educación.

C) LA ORGANIZACIÓN Y REPARTO DE RESPONSABILIDADES NO DEFINIDAS POR LA NORMATIVA VIGENTE.

ORGANIGRAMA DEL CENTRO

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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO INTERNO

  • 1. En las entradas, que se harán con puntualidad, orden y silencio, los tutores recogerán a sus alumnos en el patio y los acompañarán hasta el aula. El resto del profesorado colaborará para lograr los objetivos antes reseñados.

  • 2. En las salidas el profesor de aula controlará a sus alumnos, vigilará que no quede ninguno en la clase ni por los pasillos, y que se realicen con orden y sin carreras, acompañando a sus alumnos hasta la escalera de bajada.

  • 3. Los alumnos del tercer ciclo de E. Primaria subirán y bajarán por la antigua escalera.

  • 4. El resto de los alumnos de E. Primaria lo hará por la escalera principal procurando dejar el centro libre para facilitar el paso de otras personas.

  • 5. El alumnado de E. Infantil entrará por el patio superior con objeto de evitar el uso de las escaleras interiores.

  • 6. En E. Infantil, las profesoras acompañarán a los alumnos hasta el patio y esperarán a que sean recogidos por las familias. Ningún alumno se quedará solo. En caso de que no sean recogidos, la profesora llevará al alumno a su aula y, si tiene otras tareas que realizar, lo llevará a Secretaría y se harán cargo de él el E. Directivo o el Conserje.

  • 7. Dado que hay un día asignado para las entrevistas con los padres, los profesores evitarán pararse con ellos a la entrada o en los pasillos con objeto de que sus alumnos no estén solos.

  • 8. El recreo se desarrollará en el patio superior, separados los alumnos de E. Infantil y Primer Ciclo de Primaria, salvo los días de lluvia en que estos alumnos estarán en el patio cubierto

  • 9. El resto del alumnado permanecerá en el patio superior, utilizando el patio intermedio, la cancha trasera y el Polideportivo, cuyo uso se regula más adelante. No se puede permanecer en la Bolera ni en los terraplenes de debajo de ésta ni en los de detrás de las pistas. En el patio intermedio no se permiten juegos con balón, excepto baloncesto en la cancha destinada a ello.

  • 10. Los profesores se distribuirán de forma que, al menos, haya siempre uno en la pista trasera, otro en el Polideportivo y otro en el patio intermedio. Éste último controlará el acceso de los alumnos al servicio.

  • 11. Durante el recreo, ningún alumno puede permanecer en el aula sin la presencia del profesor que lo autoriza.

  • 12. Cuando suene la sirena, los alumnos se dirigirán con prontitud a la puerta de entrada del patio superior y accederán a sus aulas sin carreras y en silencio. Los profesores de guardia controlarán que los alumnos dejen inmediatamente sus juegos y se dirijan a clase.

  • 13. Los días de lluvia, todo el alumnado del patio superior permanecerá en el Polideportivo, estando prohibidos los juegos de balón.

  • 14. Si, durante los juegos del recreo, algún balón sale fuera del recinto escolar, los alumnos no saltarán la valla y se lo comunicarán al profesor de guardia, que arbitrará la solución que estime más oportuna.

  • 15. Todos debemos colaborar en tener un colegio cuidado y limpio. Los papeles, y otros desperdicios se dejarán en las papeleras y se procurará que todo el mundo haga uso de ellas. En el Polideportivo, con objeto de mantenerlo limpio para la clase de E. Física, están prohibidas las comidas, pipas, chicles…

  • 16. Del mismo modo se evitará manchar, pintar o rayar el resto de las dependencias del centro.

  • 17. El tránsito por los pasillos del centro, en los cambios de clase o para ir al servicio, se hará en orden y sin molestar lo más mínimo al resto de las clases.

  • 18. No se permitirá ninguna violencia en el comportamiento de los alumnos, tanto en las aulas como en las actividades complementarias y extraescolares, en el recreo o en las entradas y salidas. El profesor que lo observe tomará las medidas oportunas y lo comunicará al tutor /a. quien, si fuese necesario, lo trasladará al Jefe de Estudios.

  • 19. Los profesores especialistas recogerán a los alumnos en sus aulas y los volverán a llevar una vez terminada la clase. Los cambios de clase se harán con prontitud para evitar que los alumnos permanezcan solos en el aula.

  • 20. Los profesores que lleven a su aula algún material común del Centro(libros, material de laboratorio, vídeos …)lo comunicarán al profesor / a encargado/a o, si no lo hubiese, al Jefe de Estudios.

  • 21. El uso del polideportivo durante el recreo, excepto los días de lluvia, será como sigue:

  • a. Lunes: 2º

  • b. Martes: 3º

  • c. Miércoles 4º

  • d. Jueves: 5º

  • e. Viernes 6º

  • 22. Estos cursos se encargarán que el polideportivo se encuentre en perfecto estado de limpieza una vez finalizado el recreo.

  • 23. Cualquier ausencia del colegio durante la jornada escolar debe comunicada por escrito o personalmente al tutor y se realizará en compañía de un familiar.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR

ALUMNOS:

  • 1. Los alumnos, finalizada la clase, bajarán con sus bolsas o mochilas y esperarán a la salida del edificio para dirigirse, bajo la supervisión de las monitoras, al Polideportivo donde dejarán sus pertenencias y esperarán a que se organicen los turnos del comedor.

  • 2. Los alumnos de E. Infantil serán recogidos por las monitoras en las clases, dejarán sus pertenencias en el espacio destinado al efecto y se dirigirán al comedor

  • 3. En el Comedor el comportamiento será el exigible en la mesa: Sin voces, gritos, ni levantarse de la mesa sin permiso, tirar comida…

  • 4. Todos los alumnos deberán comer un poco de todo, incluso si es una comida que no guste mucho.

  • 5. Finalizada la comida y cuando las monitoras se lo indiquen saldrán del comedor y realizarán las actividades de aseo e higiene que tengan preparadas.

  • 6. Durante el período de recreo, estarán en los lugares señalados por las monitoras – Polideportivo, y pista delantera (no pista trasera, zonas verdes ni terraplenes) – y respetarán, en todo momento, las normas de funcionamiento y de convivencia y no realizarán juegos violentos o peligrosos.

  • 7. El trato hacia sus compañeros y monitoras ha de ser respetuoso y cordial, evitando actos y expresiones que puedan herir los sentimientos personales, no permitiéndose la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones morales o religiosas, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.

  • 8. No está permitido entrar en las dependencias del Centro excepto para ir al baño. Si necesitan dejar o recoger cosas de sus mochilas, lo harán con el permiso y bajo la supervisión de una monitora o del conserje.

  • 9. Los alumnos cuidarán de sus enseres y materiales y respetarán los de sus compañeros y los que el Centro pone a su disposición.

  • 10. Los alumnos deberán contribuir al cuidado y limpieza de las instalaciones y espacios del Centro, no arrojando papeles, restos de comida, pipas…al suelo, ni pintando o ensuciando el mobiliario, paredes…

  • 11. Los alumnos no abandonarán el centro sin conocimiento y autorización de la encargada del comedor, previa solicitud por escrito de su familia.

  • 12. Finalizado el período de comedor recogerán sus enseres y se prepararán para salir, todo ello con el debido orden. Si tienen que incorporarse a alguna actividad, esperarán a que los recojan sus monitores.

CORRECCIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A ESTAS NORMAS

Las conductas contrarias a estas normas podrán ser corregidas con:

  • 1. Amonestación privada

  • 2. Cambio de mesa

  • 3. Comparecencia ante el Director

  • 4. Realización de trabajos específicos en horario de comedor que contribuyan a mejorar su comportamiento y al desarrollo de sus habilidades sociales.

  • 5. Cambio de turno de comedor

  • 6. Amonestación por escrito con conocimiento de la familia

  • 7. Realización de tareas que contribuyan a reparar los daños causados en las instalaciones, en el material o en las pertenencias de otros comensales.

  • 8. Suspensión del derecho de asistencia al comedor durante un máximo de 3 días.

SERÁN COMPETENTES PARA DECIDIR LAS CORRECCIONES ANTERIORES:

Las monitoras / encargada del comedor, oído el alumno, en los puntos 1, 2, 3, 4 y 5

El director del centro en los puntos 6, 7 y 8, oído el alumno y sus padres o tutores, y recibido informe por escrito de las monitoras.

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA

Se estará a lo contemplado en el Capítulo III del R.D. 732/1995 sobre derechos y deberes de los alumnos

Se podrá sustituir el punto e del art. 53. "Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes" por "suspensión de la asistencia al comedor escolar por un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes" cuando las circunstancias aconsejen que la sanción afecte solamente al servicio de comedor.

De la misma manera, el f del mismo artículo: "Cambio de Centro" por: "suspensión definitiva de la asistencia al comedor escolar durante el curso escolar en que ocurra la conducta sancionada"

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

ENTIDADES ORGANIZADORAS DE ESTAS ACTIVIDADES

  • Asociación de Madres y Padres de alumnos del centro (AMPA)

  • Centro escolar a través del Programa de Apertura a la Comunidad, de las Escuelas Deportivas del Ayuntamiento, de cualquier otro organismo sin ánimo de lucro o del propio Centro.

ALUMNOS

  • Podrán asistir a estas Actividades, tanto las organizadas por la AMPA como por el Centro u otro organismo autorizado:

  • Los alumnos y alumnas que estén matriculados en el Centro y paguen, si así se decide, la cuota fijada para cada actividad.

  • Alumnos cuyo Colegio no desarrolle una actividad ofertada como Escuela Deportiva del Ayuntamiento.

  • Otros alumnos que el Centro considere oportuno incluir, siempre que los criterios para esa inclusión sean objetivos, previa justificación ante la Comisión de Actividades Extraescolares del C. E.

  • Los monitores se abstendrán de admitir, por su cuenta, ningún alumno sin antes contar con la aprobación de los responsables de estas actividades.

DISTRIBUCIÓN HORARIA Y DE ESPACIOS:

  • Corresponde al Colegio, atendiendo a las características de la actividad y al deseo de cada monitor, la distribución horaria de todas las actividades y la asignación de los espacios que cada una deba utilizar. Para el uso puntual de otros espacios se requerirá autorización del Centro.

COMPETICIONES EN LAS QUE SE PARTICIPA:

  • La competición que reúne las características adecuadas para el alumnado de estas edades son los JUEGOS DEPORTIVOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS en sus distintas modalidades y categorías.

  • Sólo en caso de que no exista competición dentro de estos Juegos para alguna modalidad o categoría, o habiendo finalizado ya éstos, se podrá participar en otras competiciones previa autorización de la entidad responsable de la misma.

NORMAS DE CONVIVENCIA Y DE FUNCIONAMIENTO:

  • Todo el alumnado participante en estas actividades se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior (R.R.I.) del Centro y en cualquier otra norma que se dicte al respecto.

OBLICACIONES DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR LAS ACTIVIDADES:

  • MONITORES:

  • Llegarán a la clase antes de la hora establecida para el inicio de la actividad y no abandonarán ésta hasta que sus alumnos se hayan marchado.

  • Controlarán y se responsabilizarán del buen comportamiento de los alumnos a su cargo, durante el desarrollo de la actividad o de las competiciones en las que tomen parte.

  • Comunicarán al responsable de las Escuelas Deportivas del Centro o de la A.M.P.A., o al Director del Centro cualquier circunstancia que altere el buen funcionamiento de la Actividad.

  • Recogerán personalmente, y devolverán a su lugar, el material deportivo que vayan a usar en la clase, responsabilizándose de su custodia y buen uso.

  • Controlarán la asistencia de los alumnos a la actividad, comunicando al Coordinador de las Escuelas Deportivas o a la A.M.P.A. cualquier baja o incidencia.

  • Asistirán regularmente a la clase y si, por motivos justificados, no pudiesen acudir, buscarán sustituto dentro de su Club y, si eso no fuese posible, comunicarán con la antelación suficiente a los alumnos, y a los coordinadores antes citados, dicha ausencia.

  • Aplicarán, en primera instancia, y siempre que esté considerado como falta leve, el R.R.I. del centro y comunicarán a la AMPA o al Centro, según corresponda, el incidente surgido y la corrección aplicada.

  • En caso de que se pueda considerar como falta grave trasladarán el hecho, a la mayor brevedad posible, a los responsables de la actividad.

  • ALUMNOS:

  • Llegarán a clase a la hora del inicio de la actividad en la que están inscritos, no molestando el desarrollo de otras actividades que se estén desarrollando.

  • Se inscribirán previamente al inicio de su participación en cualquier actividad extraescolar.

  • Comunicarán a la entidad organizadora su baja en las mismas.

  • Se comprometerán a una asistencia regular a la actividad, comunicando y justificando la no asistencia.

  • Respetarán y seguirán las instrucciones que el monitor de la actividad le indique.

  • Su conducta estará regida por lo dispuesto en el R.R.I del Centro.

  • CONSERJE:

  • Controlará el paso de cualquier persona ajena a estas actividades (padres, otros niños…) a los espacios deportivos y patios, no permitiéndolo, salvo en casos justificados que se le comunicarán por la Dirección del Centro o por el Coordinador de las Escuelas Deportivas.

  • Dará la llave del material sólo al monitor de la actividad.

  • Si, excepcionalmente, se necesitase otro material, acompañará al monitor al almacén de material deportivo, tomará nota del material retirado, y controlará que sea devuelto en las mismas condiciones en que fue retirado. Comunicará al Coordinador de las Escuelas cualquier incidencia.

D.- PROCEDIMENTO PARA LA ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS QUE LLEGAN AL CENTRO SIN ESCOLARIZACIÓN PREVIA EN NUESTRO PAÍS.

ANÁLISIS PREVIO:

Por la experiencia acumulada durante los últimos años, podemos señalar que la mayoría de estos alumnos llega a nuestro centro con un retraso curricular considerable que, lógicamente, se incrementa con la edad de los alumnos.

Por ello, y con objeto de integrar al alumno en un grupo adecuado a su nivel de competencia curricular que, junto con los apoyos que el centro u otras instituciones le puedan ofrecer, le permita incorporarse con plenas garantías a nuestro sistema educativo, se realizará el siguiente:

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN:

Después de realizar los trámites administrativos de matriculación, se realizará una entrevista entre los padres del alumno y el Jefe de Estudios con objeto de conocer las circunstancias educativas y familiares, detectar posibles necesidades e informar a la familia acerca del proyecto educativo del centro, de la oferta de servicios y actividades complementarias y extraescolares y de cualquier otro aspecto que se considere relevante.

Posteriormente los padres realizarán una entrevista con el tutor que le correspondería por edad. En ella se tratarán los aspectos académicos: nivel cursado, competencia curricular, materiales…

Antes de su incorporación a un grupo determinado se le realizará una prueba inicial que los diferentes equipos de nivel tienen establecida y, a partir de los resultados de dicha prueba, el equipo de nivel/ciclo, recabado, si se estima necesario, el asesoramiento de los profesionales del EOEP, propondrá al equipo directivo su incorporación a un determinado nivel y grupo.

Si su desfase curricular fuese de tal grado que aconsejase su escolarización en un ciclo inferior al que le correspondería por la edad, previo informe del equipo evaluador y de la psicopedagoga del EOEP, se solicitará de la Dirección General de Ordenación Académica de la Consejería de Educación la pertinente autorización.

E.- EL CONSEJO ESCOLAR.

El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa.

2. El Consejo Escolar estará compuesto por los siguientes miembros:

  • El Director del centro, que será su Presidente.

  • El Jefe de Estudios.

  • Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

  • Cinco profesores, elegidos por el Claustro

  • Cinco padres elegidos por y entre ellos. La AMPA podrá designar uno de estos representantes.

  • Un representante del personal de administración y servicios del centro.

  • El Secretario del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz y sin voto.

4. Los alumnos del tercer ciclo de Educación Primaria podrán participar en el Consejo Escolar en los términos que se establezcan en este Proyecto Educativo.

Atribuciones del Consejo Escolar.

1. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones recogidas en el artículo 127 de la LOE

a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la esta Ley Orgánica de Educación.

b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3 de la LOE

i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

El Consejo Escolar funcionará en Pleno, en el seno del cual se deben marcar las directrices a seguir y las decisiones a tomar.

El Consejo Escolar funcionará, también, en Comisiones para agilizar el tratamiento de los diversos temas. Estas Comisiones dependerán de las decisiones habidas en el Consejo Escolar, de acuerdo con las disposiciones legales al uso.

El Pleno del Consejo Escolar debe definir las funciones concretas de cada Comisión al tiempo que delega determinadas funciones de ellas sin delegar el control.

COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR.-

1.- COMISIÓN DE CONVIVENCIA:

Composición:

Está formada por un representante del los padres y otro de los maestros (elegidos en el seno del Consejo Escolar), el Jefe de Estudios y el Director.

Funciones:

  • Analizar, al menos una vez al trimestre, la situación de la Convivencia en el Centro y trasladar dicho análisis al Consejo Escolar

  • Informar al Consejo Escolar sobre la aplicación de las Normas de Convivencia.

  • Colaborar en la elaboración de Informes sobre la aplicación de las Normas de Convivencia.

  • Oír y asesorar al Director sobre la aplicación de las correcciones que contempla el art. 48 de la Ley de Derechos y Deberes, apartados g) y h).

  • Realizar propuestas para la prevención de conductas contrarias a las normas de convivencia.

  • Canalizar las demandas que se hagan desde los diferentes sectores de la Comunidad Educativa y no tengan una respuesta en el proceso que emana de la Ley de Derechos y Deberes.

2.- ECONÓMICA O DE RECURSOS.

Composición:

Estará formada por un representante de los padres, un representante de los maestros, el representante municipal, el Secretario y el Director.

Funciones

  • Estar informado sobre la gestión económica del Centro

  • Asesorar al E. Directivo, a demanda de éste, en la elaboración del presupuesto del Centro.

  • Asesorar al Director sobre la adjudicación de compra en caso de bienes inventariables (P.E.)

  • Colaborar con el E. Directivo en la búsqueda de recursos materiales y mejora de las instalaciones del Centro

3.- DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

Composición:

Un representante de los padres, un representante de los maestros, el representante del Ayuntamiento y el Director

Funciones:

  • Seguimiento de los criterios aprobados en la P.G.A. para la realización de actividades complementarias y extraescolares e información al consejo sobre el desarrollo de éstas.

  • Colaboración en la planificación y desarrollo de éstas

  • Aprobación, por delegación del C.E., de las Actividades Complementarias y Extraescolares no recogidas en la P.G.A.

4.- DE ESCOLARIZACIÓN

Composición:

Un representante de los padres, un representante de los profesores, el Secretario y el Director.

Funciones:

  • Colaborar con el Secretario, si fuese necesario, en el proceso de escolarización de alumnos.

  • Resolver, por delegación del C.E. las reclamaciones presentadas en el proceso de admisión de alumnos.

  • Diseñar estrategias para la captación de alumnado, sobre todo en el inicio de la escolarización.

En caso de imposibilidad para asistir a una comisión cualquier miembro puede ser sustituido por otro del mismo sector.

FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar del Centro se reunirá , como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

Las sesiones se convocarán en horario que permita la asistencia de todos sus miembros. Se establece, como norma general, en una hora la duración de cada sesión, aunque con la flexibilidad necesaria para que se pueda finalizar transcurrido dicho tiempo si la opinión mayoritaria de los consejeros así lo determina. Si se produjese un aplazamiento, se continuará en el plazo de una semana.

El turno de intervenciones será abierto y sólo en casos puntuales, a juicio del presidente, se podrá establecer un turno de intervención y propuestas y otro de réplica .

Se procurará que las decisiones se tomen por unanimidad. Si esto no fuese posible, se procederá a realizar votación, que será secreta si algún miembro lo solicita.

F.- DISTRIBUCIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Y ORGANIZACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS ESPECÍFICAS Y DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.

1.- BIBLIOTECA:

Al comienzo de cada curso escolar y en el seno del Claustro, se procederá a la designación de la persona o personas encargadas de la Biblioteca, que computarán las horas de dedicación como complementarias, o en su caso, como horas lectivas.

-Al final de curso realizarán una memoria final en la que constará, al menos:

Número de libros dados de alta, etiquetados y fichados.

Nº de libros dados de baja y su causa.

Nº de libros extraviados y su causa.

Actividades organizadas.

Indice de necesidades que se consideren prioritarias para el curso siguiente.

Análisis crítico y evaluación del funcionamiento de este servicio.

– Además anotarán en el libro de Registro, o en el programa informático los libros nuevos que se incluyen en la Biblioteca. Los datos a consignar son los siguientes: nº de registro, signatura, autor, título, editorial y nº de ejemplares.

2.- LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES

A comienzos de curso se procederá, si la disponibilidad horaria lo permite, a designar  a los profesores encargados del Laboratorio, computándose las horas de dedicación como complementarias o, en su caso, como lectivas.

Su función primordial será:

Coordinación del uso de esta dependencia

Fomento de su utilización, proponiendo actividades a desarrollar, relacionadas con el currículo de cada nivel.

Adquirir el material necesario

3.- AULA DE INFORMÁTICA E IDIOMA:

El aula de Informática funcionará también como Aula de Idiomas y será competencia del Jefe de Estudios la organización de los horarios de ocupación.

En el primer Claustro del curso se designará al profesor/a responsable de esta dependencia con las funciones siguientes:

Asesorar al profesorado sobre temas informáticos.

Resolver los problemas que puedan tener los profesores acerca de su utilización.

Vigilar su conservación y mantenimiento, avisando al equipo directivo sobre cualquier anomalía que observe.

4.- GIMNASIO E INSTALACIONES DEPORTIVAS:

Estarán encargados de su uso y son responsables inmediatos de su utilización y distribución temporal los profesores de Educación Física del Centro. Entre los profesores que imparten esta materia se hará  una distribución horaria no sólo del gimnasio, sino también de las pistas del Centro con objeto de que no coincidan más de un grupo en cada espacio.

5.- SALA DE USOS MÚLTIPLES (SALÓN DE ACTOS):

Se organizará  de acuerdo con las necesidades presentadas por los diferentes Equipos docentes. La organización de dicha ocupación será competencia del Jefe de Estudios.

6.- CONSERJERÍA:

Funciones:

  • Abrir  y cerrar  las puertas de acceso al Centro, al comienzo y finalización de la jornada escolar, así como las de los espacios interiores cuando fuese necesario. Conectar el equipo de alarma

  • Custodiar el edificio, maquinaria, mobiliario, instalaciones, locales y llaves del Centro.

  • Controlar los horarios de entradas y salidas haciendo sonar las señales acústicas destinadas a este fin.

  • Atender la calefacción y sus tareas accesorias: encendido, mantenimiento, recepción y control del combustible y limpieza de sus instalaciones.

  • Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean encomendados, tanto en el propio Centro como en los organismos y dependencias que la correspondencia oficial del Centro exija.

  • Recibir y trasladar avisos y encargos en relación con el servicio, incluida la atención a la centralita telefónica.

  • Supervisar la limpieza diaria por parte del personal de limpieza

  • Controlar las entradas y salidas del alumnado y de personas y vehículos ajenos al Centro fuera de los horarios oficiales establecidos. Se prestará  especial importancia en los horarios de las actividades extraescolares.

  • Realizar los trabajos elementales de reparación que no requieran herramienta especializada.

  • Realizar pequeños trabajos de jardinería y riego de plantas.

  • Manejar las máquinas de reprografía: multicopistas, fotocopiadoras y otras análogas.

  • Trasladar mobiliario, material, documentación, enseres dentro del propio Centro.

  • Comunicar al Secretario /a las averías que requieran intervención de personal externo, o directamente a los servicios de Educación del Ayuntamiento en caso de urgencia.

7.- PERSONAL ADMINISTRATIVO.

El personal administrativo del Centro depende directamente del Secretario/a que será quien establezca su plan de trabajo.

Su jornada laboral viene fijada en la normativa vigente y cubrirá, de forma prioritaria, el horario de permanencia del profesorado en el Centro.

G.-NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES, RECURSOS Y SERVICIOS DEL CENTRO.

  • BIBLIOTECA

  • Alumnos

Todos los alumnos del Centro podrán  disponer de los libros de la Biblioteca, bien para leerlos en el mismo recinto, bien para retirarlos del Centro en concepto de préstamo. El préstamo no podrá  superar los siete días de Consulta y quince de Lectura, aunque se puede solicitar una prórroga del mismo. Los alumnos velarán  por la adecuada conservación del material bibliográfico y se harán responsables de sus posibles desperfectos. En ningún caso se podrán sacar del Centro libros de tono enciclopédico o manuales de consulta.

  • Profesores

Los profesores dispondrán, en un espacio específico, de libros y revistas relacionadas con la educación, al que podrán acceder libremente. Existe un libro registro donde cada profesor reflejará los materiales que retira para su lectura o consulta.

En horario lectivo, siempre que la disponibilidad horaria de la biblioteca lo permita, los profesores podrán acudir con sus alumnos con objeto de aprovechar estos recursos para el trabajo de aula.

  • Otro personal del centro

El personal de servicio en el Centro podrá utilizar los servicios de préstamo en las mismas condiciones que el alumnado.

  • Comunidad educativa

La Comunidad Educativa podrá hacer uso de la Biblioteca del Centro conforme a lo recogido en el Programa de Apertura del Centro a la Comunidad.

  • AULA DE INFORMÁTICA

  • Alumnos

Los alumnos accederán a esta aula siempre bajo la supervisión de un profesor que será el responsable de la correcta utilización de la misma.

  • Profesores

El acceso es libre, aunque condicionado a la utilización, en horario lectivo, por profesores de aula con su grupo de alumnos.

Fuera de este horario, todo el profesorado podrá acceder libremente, aunque hará constar tal circunstancia en la hora registro establecida al efecto.

  • Otro personal del centro

Este personal podrá hacer uso de las instalaciones previo aviso al profesor encargado del aula y siempre que no afecte al normal desarrollo de la actividad docente.

  • Comunidad educativa

La comunidad educativa podrá hacer uso de estas instalaciones en el tiempo y forma que se contemple en el Programa de Apertura del Centro a la Comunidad.

  • LABORATORIO

  • Alumnos

Los alumnos accederán a este espacio, para el trabajo de aspectos relacionados con el material aquí depositado, siempre bajo la supervisión de un profesor que será el responsable de la correcta utilización del material o instrumentos propios de este aula.

  • Profesores

El acceso es libre, aunque condicionado a la utilización, en horario lectivo, por profesores de aula con su grupo de alumnos.

Podrán retirar material para su trabajo en el aula, responsabilizándose de su utilización y conservación y haciendo constar este hecho en la hoja-registro de este aula. Finalizada la utilización, lo devolverán al Laboratorio para su utilización por otros grupos.

Fuera de este horario, todo el profesorado podrá acceder libremente aunque hará constar tal circunstancia en la hoja registro establecida al efecto

  • ESPACIOS DEPORTIVOS

  • Alumnos

La utilización de estos espacios en horario lectivo estará siempre en función de las actividades propias de la clase de E. Física.

La utilización del Polideportivo en horario de recreo viene establecida en las Normas de Funcionamiento del Centro.

Salvo casos excepcionales que se considerarán, los alumnos no podrán acceder libremente al Gimnasio.

Fuera del horario lectivo, los alumnos utilizarán estos espacios siempre bajo el control de los profesores / monitores de las Actividades Extraescolares.

Fuera de estos horarios solamente se permite la utilización de los espacios deportivos por los alumnos cuando estén bajo la responsabilidad de una persona adulta: profesores, padres…

  • Profesores

El acceso es libre, aunque condicionado a la utilización, en horario lectivo, por profesores de E. Física.

Fuera de este horario, y siempre que no afecte a las actividades complementarias y extraescolares o a otras actividades que se desarrollen en estas instalaciones, el profesorado podrá hacer uso de estas dependencias, previa comunicación al equipo directivo de esta circunstancia.

c. Otro personal del centro

Siempre que no afecte a las distintas actividades que se desarrollan en estos espacios, el personal no docente del centro, previa solicitud al Director del Centro, tendrá acceso a su utilización.

d. Comunidad educativa

La comunidad educativa podrá hacer uso de estas instalaciones en el tiempo y forma que se contemple en el Programa de Apertura del Centro a la Comunidad. Fuera de este Programa cualquier solicitud, que se presentará por escrito, será valorada por la Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares del Consejo Escolar y no podrá afectar a las actividades del Centro ni a la utilización de otros usuarios que con anterioridad hubiesen sido autorizados, bien por el Centro o por otras Instituciones.

e. Otros usuarios

El Centro se reserva el horario de utilización tanto en período lectivo como en el de las actividades Complementarias y Extraescolares incluidas las competiciones que se puedan desarrollar.

Fuera de este horario compete al Consejo Escolar, o a la Comisión de Actividades Complementarias y Extraescolares, la autorización para su utilización y la exigencia de los controles y responsabilidades que se pudiesen derivar.

A comienzos de cada curso escolar, las instituciones interesadas en su uso presentarán sus solicitudes al Consejo Escolar que las atenderá siguiendo los criterios siguientes:

  • Equipos que cuenten con un porcentaje alto de alumnos del Centro.

  • Equipos que supongan continuación de categorías inferiores del Centro.

  • Equipos formados en un porcentaje alto por ex -alumnos

  • Equipos del barrio

  • Otros equipos.

5.- COMEDOR ESCOLAR

  • Alumnos

Se tratará de dar respuesta a toda la demanda que se haga por parte de los niños de Comedor Escolar. En el caso de que aquellas superen la oferta se seguirán los siguientes criterios.

Becas del Ayuntamiento.

Edad / Situación socio-familiar.

Los usuarios del comedor o sus familias tendrán en cuenta los aspectos siguientes:

  • Comunicar al Centro, por escrito y de forma documentada, cualquier problema médico que pueda afectar al normal uso del Comedor.

  • Informar a la encargada de comedor, a través de la conserjería del Centro, el día en que el alumno no va a hacer uso del servicio.

  • La baja definitiva de un alumno becado será comunicada de inmediato a la Dirección del Centro, con objeto de que pueda ser cubierta por otro alumno.

  • Salvo casos excepcionales, ningún alumno abandonará el comedor hasta la finalización de este servicio ( 16 h.). En caso contrario, y siempre de forma justificada y con autorización firmada de sus padres, podrá hacerlo a las 15 h.

  • Finalizado el comedor, los alumnos que no hayan sido recogidos por sus familias ni estén autorizados a abandonar solos el Centro serán llevados a la Biblioteca donde quedarán al cuidado de los profesores de guardia.

b. Profesores

Los profesores pueden hacer uso del comedor escolar, abonando el precio estipulado para el alumnado. No estarán obligados a cuidado y control de los alumnos.

H.- NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

ACCIDENTES:

  • En caso de accidente, puesto que se carece de personal sanitario, se procederá según el criterio del personal del centro, basado en el sentido común.

  • Se intentará localizar, en el caso de producirse un accidente, a la familia para que ésta se haga cargo del accidentado, por lo que deberán facilitar teléfonos de contacto permanente. Si no se localizara a la familia se procederá, si se estimase necesario, a trasladar al niño/a. a un centro sanitario. De dicho traslado se encargará el tutor si fuese posible; en caso contrario lo hará el profesor de guardia o un miembro del Equipo Directivo. Cualquier gasto derivado de este traslado podrá ser repercutido en la familia del alumno afectado.

PLAN DE EMERGENCIA:

CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO

Vías de evacuación:

Horizontales:

Pasillos en planta baja que confluyen es las escaleras de acceso al patio inferior y puertas de salida que dan acceso al patio superior

Pasillos en planta 1ª que confluyen en escaleras, con acceso a planta baja o al patio inferior.

Verticales:

Planta baja: Dos escaleras independientes que dan acceso al patio inferior

Planta 1ª: Escalera que da acceso a la planta baja o se continúa al patio inferior.

INSTALACIONES POTENCIALMENTE PELIGROSAS

Red de Distribución Eléctrica.

Número de acometidas: 2

Compañía/s eléctrica/s contratada/s: HidroCantábrico

Tensión de entrada: 380 Voltios

Tensión de salida:

Alumbrado: 220 Voltios

Equipos de A.A.: Voltios

Ubicación del cuadro eléctrico general y auxiliares:

En el sótano del edificio

Cuadros auxiliares en cada planta.

La distribución se realiza con manguera de: H 700 Voltios.

Se dispone de elementos de protección magnetotérmicos y diferenciales cumpliendo con lo exigido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Otras Observaciones: Toma de tierra de 25 ohmios.

Solamente tienen acceso a esta dependencia el Conserje del Centro y la empresa suministradora y de mantenimiento

Red de Gas Inflamable

Tipo de gas: Gas natural

Fuente de abastecimiento:

Capacidad: 341,9 kw./ 27,3 kw. Presión: 22 mb.

Diámetro de la red: 2 ½ " Ubicación: Planta sótano

Zonas que atraviesa: Patio inferior

Dependencias a las que sirve: Sala de calderas de calefacción.

Ubicación de las válvulas de corte: Patio inferior

Otras observaciones:

Solamente tienen acceso a esta dependencia el Conserje del Centro y la empresa de mantenimiento.

Partes: 1, 2, 3
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