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Examen de las políticas comerciales de Islandia (página 2)



Partes: 1, 2

[1] Artículo 2, Constitución de la República de Islandia.

[2] Artículos 13 y 14.

[3] Artículo 2, Constitución de la República de Islandia.

[4] Artículo 26, Constitución de la República de Islandia.

[5] Artículo 21, Constitución de la República de Islandia.

[6] Artículo 40, Constitución de la República de Islandia.

[7] Oficina del Primer Ministro, información en línea: "Why
Small States Must Think Big", discurso de apertura del Primer Ministro,
Sr. Halldór Ásgrímsson, en el taller sobre los Estados pequeños celebrado
en Reykjavik el 17 de septiembre de 2004. Disponible en: http://eng.forsaetisraduneyti.is/minister/Speeches_HA/
nr/1517 [17 de enero de 2005].

[8] Ley Nº 34/1991, de 25 de marzo de 1991.

[9] Artículo 12 de la Ley Nº 34/1991.

[10] Documento de la OMC con la signatura WT/TPR/M/65, de
fecha 5 de abril de 2000.

[11] Golub (2003).

[12] Artículo 7 de la Ley Nº 34/1991.

[13] Ley Nº 19/1996 sobre el derecho de propiedad y utilización
de bienes inmuebles, y artículo 4 del Reglamento Nº 702/2002.

[14] Las restricciones a la inversión en el sector financiero
se abordan en la sección 6) iii) del capítulo IV).

[15] Artículo 6 de la Ley Nº 34/1991.

[16] Artículo 10 de la Ley Nº 34/1991.

[17] Artículo 3 de la Ley Nº 2/1995; artículo 3 de la Ley
Nº 138/1994; y Anuncio relativo a la exención general de las condiciones
de residencia establecidas en la Ley Nº 260/1997, de 16 de abril de 1997,
sobre las sociedades de responsabilidad limitada.

[18] Artículo 4 de la Ley Nº 34/1991.

[19] Entrada en vigor de los tratados bilaterales sobre
inversiones concertados por Islandia: China (1º de marzo de 1997), Eslovaquia
(19 de junio de 2003), Letonia (1º de mayo de 1999), Lituania (18 de abril
de 2003) y Viet Nam (10 de julio de 2003).

[20] Documentos de la OMC con las signaturas GATS/SC/41/Suppl.1,
de fecha 11 de abril de 1997, y Suppl.2, de fecha 26 de febrero de 1998.

[21] Acuerdo por el que se enmienda el Convenio por el que
se crea la Asociación Europea de Libre Comercio, 21 de junio de 2001.

[22] Párrafo 2 del artículo 1 del Acuerdo sobre el Espacio
Económico Europeo, de fecha 2 de mayo de 1992. El acuerdo de ampliación
del Espacio Económico Europeo, mediante el que se incorporaron al EEE los
10 nuevos miembros de la UE, se concertó en octubre de 2003, entró en vigor
provisionalmente el 1º de mayo de 2004, y aguarda su ratificación plena
por todos los Estados miembros.

[23] Párrafo 3 del artículo 8, y Protocolos 3 y 9 del Acuerdo
sobre el EEE.

[24] Párrafo 2 del artículo 19 del Acuerdo sobre EEE.

[25] Párrafo 3 del artículo 19 del Acuerdo sobre EEE.

[26] Artículo 26 del Acuerdo sobre EEE.

[27] Artículos 97 a 104 del Acuerdo sobre EEE.

[28] Párrafo 5 del artículo 102 del Acuerdo sobre el EEE.

[29] Artículo 99 del Acuerdo sobre el EEE.

[30] EFTA Surveillance Authority (2005a).

[31] EFTA Surveillance Authority (2005b).

[32] Artículo 31 del Acuerdo entre los Estados de la AELC
relativo al establecimiento de una Autoridad de Vigilancia y de un Tribunal
de Justicia, de fecha de 2 de mayo de 1992.

[33] EFTA Surveillance Authority (2005a).

[34] EFTA Surveillance Authority (2005b).

[35] Artículo 34 del Acuerdo entre los Estados de la AELC
relativo al establecimiento de una Autoridad de Vigilancia y de un Tribunal
de Justicia.

[36] Caso E-1/01, Hörður Einarsson and The Icelandic State,
22 de febrero 2002.

[37] Caso E-4/01, Karl K. Karlsson hf. and The Icelandic
State, 30 de mayo de 2002.

[38] Por lo que se refiere a la contratación pública, el
acuerdo de libre comercio concluido con Singapur no conlleva un acceso a
los mercados adicional con respecto al que ofrecen las partes en el Acuerdo
sobre Contratación Pública de la OMC.

[39] EFTA Secretariat (2004).

[40] Reglamento sobre un Sistema Generalizado de Preferencias
– Preferencias arancelarias en relación con la importación de productos
originarios de los países en desarrollo más pobres del mundo, Nº 119/2002,
de fecha 29 de enero de 2002. El Reglamento se notificó al Comité de Comercio
y Desarrollo de la OMC de conformidad con la cláusula de habilitación. (Documento
de la OMC con la signatura WT/COMTD/N/17, de fecha 10 de octubre de 2003).
Se otorgan preferencias arancelarias a los países enumerados en el anexo
V de la Ley de Aduanas Nº 55/1987, en su forma modificada, a saber: Afganistán,
Angola, Bangladesh, Benin, Bhután, Birmania, Burkina Faso, Burundi, Cabo
Verde, Camboya, Chad, Comoras, Congo, Djibouti, Eritrea, Etiopía, Gambia,
Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Haití, Islas Salomón, Kiribati,
Laos, Lesotho, Liberia, Madagascar, Malawi, Maldivas, Malí, Mauricio, Mozambique,
Nepal, Níger, República Centroafricana, Rwanda, Samoa, Santo Tomé y Príncipe,
Sierra Leona, Somalia, Sudán, Tanzanía, Togo, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Yemen
y Zambia.

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