Control administrativo y toma de decisiones en las MYPES industriales del Perú (página 7)
Área administrativa que se especializa en el
análisis de las tareas que las empresas tienen que
efectuar para conocer las necesidades de la demanda mediante
investigaciones básicas y aplicadas, para que con los
datos obtenidos se genere información útil
particular para la empresa en todos los campos involucrados en
sus procesos.
PARTICIPACION EN EL MERCADO
Es el porcentaje del mercado que una empresa abastece
frente a sus competidores. Se puede medir de diferentes maneras:
según el valor del mercado y el porcentaje manejado por la
compañía, el número de personas del total de
la población del mercado específico, o por
participación en ventas totales de las necesidades
demandadas.
VALOR DE TRANSFERENCIA
Monto por el cual se efectúa una
transacción entre empresas filiales o de una misma matriz.
Se conoce también como precio de transferencia
intraorganizacional.
ZONA LIBRE DE COMERCIO
En una zona conformada entre dos o más
países con el objeto de eliminar las barreras arancelarias
y comerciales entre ellos mismos, avanzando en ocasiones a
imponer ante terceros un arancel común externo. Se maneja
con las fronteras de los países miembros de la
zona.
ZONA FRANCA
Es un sector delimitado dentro de los límites de
un país donde rigen incentivos aduaneros, cambiarios y
tributarios para con la producción de bienes y servicios
destinados a ser ofrecidos en el exterior.
Conceptos sobre micro
y pequeñas empresas industriales
Características de las MYPE
Las MYPE deben reunir las siguientes
características concurrentes: i) Microempresa: de uno (1)
hasta diez (10) trabajadores inclusive y ventas anuales hasta el
monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias
(UIT); ii) Pequeña Empresa: de uno (1) hasta cien (100)
trabajadores inclusive y ventas anuales hasta el monto
máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias
(UIT).
Régimen Laboral Especial:
Es el régimen dirigido a fomentar la
formalización y desarrollo de la Micro y Pequeña
Empresa, y mejorar las condiciones de disfrute efectivo de los
derechos de naturaleza laboral de los trabajadores de las mismas.
El Régimen Laboral Especial comprende:
remuneración, jornada de trabajo de ocho (8) horas,
horario de trabajo y trabajo en sobre tiempo, descanso semanal,
descanso vacacional, descanso por días feriados,
protección contra el despido injustificado.
Seguro complementario de trabajo de
riesgo:
Los trabajadores de la Pequeña Empresa tienen
derecho a un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a cargo
de su empleador, cuando corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en
la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad
Social en Salud, modificatorias y normas reglamentarias; y a un
seguro de vida a cargo de su empleador, de acuerdo a lo dispuesto
en el Decreto Legislativo Nº 688, Ley de
Consolidación de Beneficios Sociales, y
modificatorias.
Derechos laborales para la pequeña
empresa:
Para la Pequeña Empresa, los derechos colectivos
continuarán regulándose por las normas del
Régimen General de la actividad privada. Asimismo, el
derecho a participar en las utilidades, de acuerdo con el Decreto
Legislativo Nº 892 y su Reglamento, sólo corresponde
a los trabajadores de la pequeña empresa. Los trabajadores
de la pequeña empresa tendrán derecho,
además, a la compensación por tiempo de servicios,
con arreglo a las normas del régimen común,
computada a razón de quince (15) remuneraciones diarias
por año completo de servicios, hasta alcanzar un
máximo de noventa (90) remuneraciones diarias.
Adicionalmente, los trabajadores de la pequeña empresa
tendrán derecho a percibir dos gratificaciones en el
año con ocasión de las Fiestas Patrias y la
Navidad, siempre que cumplan con lo dispuesto en la normativa
correspondiente, en lo que les sea aplicable. El monto de las
gratificaciones es equivalente a media remuneración cada
una.
Naturaleza y permanencia en el Régimen Laboral
Especial
El Régimen Laboral Especial es de naturaleza
permanente. La empresa cuyo nivel de ventas o el número de
trabajadores promedio de dos (2) años consecutivos supere
el nivel de ventas o el número de trabajadores
límites establecidos en la Ley MYPE para clasificara una
empresa como Micro o Pequeña Empresa, podrá
conservar por un (1) año calendario el Régimen
Laboral Especial correspondiente. Luego de este período,
la empresa pasará definitivamente al Régimen
Laboral que le corresponda.
Remuneración
Los trabajadores de la microempresa comprendidos en la
Ley MYPE tienen derecho a percibir por lo menos la
Remuneración Mínima Vital. Con acuerdo del Consejo
Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo podrá
establecerse, mediante Decreto Supremo, una remuneración
mensual menor.
El descanso vacacional
El trabajador de la Micro y Pequeña Empresa que
cumpla el récord establecido en el artículo
10º del Decreto Legislativo Nº 713, Ley de
Consolidación de Descansos Remunerados de los Trabajadores
sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada,
tendrá derecho como mínimo, a quince (15)
días calendario de descanso por cada año completo
de servicios. En ambos casos rige lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 713 en lo que le sea aplicable.
Seguro Social en Salud
Los trabajadores de la Microempresa comprendidos en la
presente Ley serán afiliados del Régimen Especial
Semicontributivo de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el
Título III sobre el Aseguramiento en Salud y Sistema de
Pensiones Sociales de la Ley de Promoción de la
Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y
Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente. Ello se
aplica, asimismo, para los conductores de la Microempresa. Los
trabajadores de la Pequeña Empresa serán asegurados
regulares de EsSalud y el empleador aportará la tasa
correspondiente de acuerdo a lo dispuesto al artículo
6º de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de
la Seguridad Social en Salud, y modificatorias".
Régimen de Pensiones:
Los trabajadores y conductores de la Microempresa
comprendidos en la presente Ley podrán afiliarse a
cualquiera de los regímenes previsionales contemplados en
el Decreto Ley Nº 19990, Ley que crea el Sistema Nacional de
Pensiones de la Seguridad Social, y en el Decreto Supremo Nº
054-97-EF, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema
Privado de Administración de Fondos de Pensiones. Los
trabajadores y conductores de la Microempresa comprendidos en la
presente Ley, que no se encuentren afiliados o sean beneficiarios
de algún régimen previsional, podrán optar
por el Sistema de Pensiones Sociales contemplado en el
Título III sobre el Aseguramiento en Salud y Sistema de
Pensiones Sociales de la Ley de Promoción de la
Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y
Pequeña Empresa. Ello se aplica, asimismo, para los
conductores de la Microempresa.
Libros y Registros Contables:
Los sujetos del presente Régimen están
obligados a llevar un Registro de Compras y un Registro de Ventas
de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.
Declaración Jurada Anual
Los sujetos Régimen MYPE anualmente
presentarán una declaración jurada la misma que se
presentará en la forma, plazos y condiciones que
señale la SUNAT. Dicha declaración
corresponderá al inventario realizado el último
día del ejercicio anterior al de la
presentación.
Contabilidad del Régimen General del Impuesto
a la Renta
Los perceptores de rentas de tercera categoría
cuyos ingresos brutos anuales no superen las 150 UIT
deberán llevar como mínimo un Registro de Ventas,
un Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado de
acuerdo con las normas sobre la materia. Los demás
perceptores de rentas de tercera categoría están
obligados a llevar contabilidad completa.
Depreciación acelerada para las
pequeñas empresas:
Las pequeñas empresas podrán depreciar el
monto de las adquisiciones de bienes muebles, maquinarias y
equipos nuevos destinados a la realización de la actividad
generadora de renta gravadas; en el plazo de tres años.
Para este efecto serán considerados nuevos aquellos que no
hayan sufrido desgaste alguno por uso o explotación. El
presente beneficio tendrá una vigencia de tres ejercicios
gravables, contados a partir del ejercicio siguiente a la fecha
de publicación de la Ley MYPE.
Acceso al financiamiento:
El Estado promueve el acceso de las MYPE al mercado
financiero y al mercado de capitales, fomentando la
expansión, solidez y descentralización de dichos
mercados. El Estado promueve el fortalecimiento de las
instituciones de microfinanzas supervisadas por la
Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras de Fondos
de Pensiones – SBS. Asimismo, promueve la incorporación al
sistema financiero de las entidades no reguladas que proveen
servicios financieros a las MYPE.
Participación de las entidades financieras del
Estado
La Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE,
el Banco de la Nación y el Banco Agrario promueven y
articulan integralmente a través de los intermediarios
financieros el financiamiento a las MYPE, diversificando,
descentralizando e incrementando la cobertura de la oferta de
servicios de los mercados financieros y de capitales. Son
intermediarios financieros elegibles para utilizar los recursos
de las entidades financieras del Estado para el financiamiento a
las MYPE, los considerados en la Ley Nº 26702, Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica
de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras de
Fondos de Pensiones.
Conclusiones
1) El 84% de los encuestados acepta que el
control administrativo es el conjunto de normas,
métodos y procedimientos, estructurados e integrados
funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el
ejercicio del control. Su actuación comprende todas
las actividades y acciones en los campos administrativo,
presupuestal, operativo y financiero de las MYPES
industriales. Esta aceptación es un principal aspecto
para implementar, ejecutar y evaluar el control
administrativo y hacer que este facilite la toma de
decisiones.
2) El 85% de los encuestados acepta que la
Junta General de Accionistas y su similar en otro tipo de
empresas, tiene por misión dirigir y supervisar con
eficiencia y eficacia el control administrativo, orientando
su accionar al fortalecimiento y transparencia de la
gestión de las MYPES industriales. Es necesario que un
determinado órgano asuma la responsabilidad por el
control institucional, para que este sea efectivo y facilite
la toma de decisiones.
3) El 98% de los encuestados acepta que el
control administrativo consiste en la supervisión,
vigilancia y verificación de los actos y resultados de
la gestión, en atención al grado de eficiencia,
eficacia, transparencia y economía en el uso y destino
de los recursos y bienes de las MYPES industriales. El
personal en general debe comprender que la
supervisión, vigilancia y verificación
está orienta a facilitar las decisiones mas adecuadas
para las empresas.
4) El 98% de encuestados acepta que el control
administrativo comprende la verificación del
cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de
política y planes de acción, evaluando los
sistemas de administración, gerencia y control, con
fines de su mejoramiento a través de la
adopción de acciones preventivas y correctivas
pertinentes en las MYPES industriales.
5) El 98% de los encuestados acepta que el
control administrativo comprende las acciones de cautela
previa, simultánea y de verificación posterior
que realizan las MYPES industriales, con la finalidad que la
gestión de sus recursos, bienes y operaciones se
efectúe correcta y eficientemente.
6) El 97% de los encuestados acepta que el
control administrativo previo y simultáneo compete
exclusivamente a los funcionarios y trabajadores de las MYPES
industriales como responsabilidad propia de las funciones que
le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las
actividades de la organización y los procedimientos
establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y otras
normas.
7) El 98% de los encuestados acepta que el
control administrativo posterior es ejercido por los
responsables superiores del trabajador o funcionario de las
MYPES industriales, en función del cumplimiento de las
disposiciones establecidas, así como por el
órgano de auditoria interna.
8) El 97%, considera que es responsabilidad del
presidente del directorio y gerente, fomentar y supervisar el
funcionamiento y confiabilidad del control administrativo
para la evaluación de la gestión y el efectivo
ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a
que éste contribuya con el logro de la misión y
objetivos de las MYPES industriales.
9) El 98% de los encuestados, acepta que el
control administrativo puede facilitar la toma de decisiones
en las MYPES industriales.
10) El 97% de los encuestados acepta que el
control administrativo puede facilitar la economía,
eficiencia, efectividad y transparencia en el uso de los
recursos de las MYPES industriales.
11) El 90% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones es un proceso que conlleva a decidirse por
una alternativa entre varias; estando orientada a la
economía, eficiencia, efectividad y transparencia de
la gestión de las MYPES industriales.
12) El 88% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones se orienta a lograr la economía de
las MYPES industriales, que consiste en adquirir recursos,
sean éstos financieros, humanos, físicos o
tecnológicos obteniendo la cantidad requerida, al
nivel razonable de calidad, en la oportunidad y lugar
apropiado y, al menor costo posible.
13) El 95% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones se orienta a la eficiencia de las MYPES
industriales y busca relacionar los servicios entregados y
los recursos utilizados para ese fin en comparación
con un estándar de desempeño
establecido.
14) El 98% de los encuestados considera que la
toma de decisiones se orienta a la efectividad de las MYPES
industriales, con el objeto de alcanzar las metas y
objetivos. Actualmente lo mas importante es lograr lo que las
propias empresas se han propuesto, pero el asunto no queda
allí porque a partir de allí se inicia la
mejora continua hasta la competitividad.
15) El 100% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones puede facilitar el proceso de
gestión de las MYPES industriales. El proceso de
gestión incluye la planeación,
organización, dirección, coordinación y
control
16) El 96% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones puede facilitar el desarrollo de los
sistemas de las MYPES industriales. Los sistemas
administrativos, operativos, contables, de control y otros
necesitan de las decisiones mas adecuadas de parte de los
responsables de la gestión.
17) El 90% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones puede facilitar los procesos operativos,
administrativos y de otro tipo en las MYPES
industriales.
18) El 100% de los encuestados, contesta que la
toma de decisiones puede facilitar una mejor estructura de
capital financiero e inversiones de las MYPES
industriales.
19) El 96% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones puede facilitar mejores indicadores de
liquidez, gestión, solvencia y rentabilidad en las
MYPES industriales.
20) El 90% de los encuestados acepta que la
toma de decisiones puede facilitar la mejora continua y
competitividad de las MYPES industriales.
Recomendaciones
1) Se recomienda considerar al control
administrativo como el conjunto de normas, métodos y
procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente,
destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control.
Su actuación comprende todas las actividades y
acciones en los campos administrativo, presupuestal,
operativo y financiero de las MYPES industriales. Es
necesario que los propietarios, socios, accionistas,
funcionarios y trabajadores de estas empresas comprendan la
trascendencia del control administrativo en la toma de
decisiones. Conclusión No. 1
2) Se recomienda considerar que la Junta
General de Accionistas y su similar en otro tipo de empresas,
tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y
eficacia el control administrativo, orientando su accionar al
fortalecimiento y transparencia de la gestión de las
MYPES industriales. El control es responsabilidad de todos.
Pero es mejor que un órgano del más alto nivel
de la empresa tenga la función principal en este
contexto. Conclusión No. 2
3) Se recomienda considerar al control
administrativo como la supervisión, vigilancia y
verificación de los actos y resultados de la
gestión, en atención al grado de eficiencia,
eficacia, transparencia y economía en el uso y destino
de los recursos y bienes de las MYPES industriales. El
control es un facilitador de todo lo que se manifiesta en la
empresa. Conclusión No. 3
4) Se recomienda considerar al control
administrativo como la verificación del cumplimiento
de las normas legales y de los lineamientos de
política y planes de acción, evaluando los
sistemas de administración, gerencia y control, con
fines de su mejoramiento a través de la
adopción de acciones preventivas y correctivas
pertinentes en las MYPES industriales. Los sistemas
serán más eficientes y efectivos si tienen las
acciones de control administrativo en forma continua.
Conclusión No. 4
5) Se recomienda considerar al control
administrativo como las acciones de cautela previa,
simultánea y de verificación posterior que
realizan las MYPES industriales, con la finalidad que la
gestión de sus recursos, bienes y operaciones se
efectúe correcta y eficientemente. El control debe
aplicarse en todo momento y lugar. En la medida que sea
más oportuno es mejor. Conclusión No.
5
6) Se recomienda considerar que el control
administrativo previo y simultáneo compete
exclusivamente a los funcionarios y trabajadores de las MYPES
industriales como responsabilidad propia de las funciones que
le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las
actividades de la organización y los procedimientos
establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y otras
normas. La toma de previsiones es mejor en cualquier tipo de
gestión. Conclusión No. 6
7) Se recomienda considerar que el control
administrativo posterior es ejercido por los responsables
superiores del trabajador o funcionario de las MYPES
industriales, en función del cumplimiento de las
disposiciones establecidas, así como por el
órgano de auditoria interna. La evaluación
posterior tiene que hacerse contra los planes y programas de
las empresas. La definición de estándares es
una función de la gestión, el control
evalúa el cumplimiento de dichos estándares.
Conclusión No. 7
8) Se recomienda considerar que es
responsabilidad del presidente del directorio y gerente,
fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del
control administrativo para la evaluación de la
gestión y el efectivo ejercicio de la rendición
de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el
logro de la misión y objetivos de las MYPES
industriales. Conclusión No. 8
9) Se recomienda considerar que el control
administrativo puede facilitar la toma de decisiones en las
MYPES industriales. Las decisiones más adecuadas se
originan sobre la base de tener información y
especialmente información sobre la evaluación
de todos los aspectos de la empresa que proporciona el
control administrativo. El control administrativo no es un
obstaculizador de la gestión, es todo lo contrario un
facilitador. Conclusión No. 9
10) Se recomienda considerar que el control
administrativo puede facilitar la economía,
eficiencia, efectividad y transparencia en el uso de los
recursos de las MYPES industriales. Cualquier atributo que
desee lograr una empresa, lo tiene que hacer sobre la base
del control que ha implementado para que pueda lograr las
metas y objetivos. Conclusión No. 10
11) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones es un proceso que conlleva a decidirse por una
alternativa entre varias; estando orientada a la
economía, eficiencia, efectividad y transparencia de
la gestión de las MYPES industriales. El control
administrativo esta en todos los aspectos de las empresas.
Conclusión No. 11
12) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones se orienta a lograr la economía de las
MYPES industriales, que consiste en adquirir recursos, sean
éstos financieros, humanos, físicos o
tecnológicos obteniendo la cantidad requerida, al
nivel razonable de calidad, en la oportunidad y lugar
apropiado y, al menor costo posible. Conclusión No.
12
13) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones se orienta a la eficiencia de las MYPES
industriales y busca relacionar los servicios entregados y
los recursos utilizados para ese fin en comparación
con un estándar de desempeño establecido.
Conclusión No. 13
14) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones se orienta a la efectividad de las MYPES
industriales, con el objeto de alcanzar las metas y
objetivos. Conclusión No. 14
15) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar el proceso de gestión de
las MYPES industriales. Conclusión No. 15
16) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar el desarrollo de los sistemas de
las MYPES industriales. Conclusión No. 16
17) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar los procesos operativos,
administrativos y de otro tipo en las MYPES industriales.
Conclusión No. 17
18) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar una mejor estructura de capital
financiero e inversiones de las MYPES industriales.
Conclusión No. 18
19) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar mejores indicadores de liquidez,
gestión, solvencia y rentabilidad en las MYPES
industriales. Conclusión No. 19
20) Se recomienda considerar que la toma de
decisiones puede facilitar la mejora continua y
competitividad de las MYPES industriales. Conclusión
No. 20
Autor:
Domingo Hernández
Celis
[1] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[2] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[3] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[4] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[5] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[6] CHIAVENATO Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
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(2000) Curso de Administración Moderna. México.
Mc Graw-Hill de México, SA de CV.
[8] Chiavenato Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
Administración. México. Mc Graw Hill
Interamericana editores, SA de CV.
[9] Chiavenato Idalberto (2000)
Introducción a la Teoría General de la
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Interamericana editores, SA de CV.
[10] Koontz Harold & Cyril O`Donnell
(2000) Curso de Administración Moderna. México.
Mc Graw-Hill de México, SA de CV.
[11] Koontz Harold & Cyril O`Donnell
(2000) Curso de Administración Moderna. México.
Mc Graw-Hill de México, SA de CV.
[12] Koontz Harold & Cyril O`Donnell
(2000) Curso de Administración Moderna. México.
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[13] Koontz Harold & Cyril O`Donnell
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Administración Financiera: Teoría y
Práctica. Lima. CECOF Asesores.
[18] FLORES Soria, Jaime (2004-b)
Administración Financiera: Teoría y
Práctica. Lima. CECOF Asesores.
[19] FLORES Soria, Jaime (2004-b)
Administración Financiera: Teoría y
Práctica. Lima. CECOF Asesores.
[20] FLORES Soria, Jaime (2004-b)
Administración Financiera: Teoría y
Práctica. Lima. CECOF Asesores.
[21] FLORES Soria, Jaime (2004-b)
Administración Financiera: Teoría y
Práctica. Lima. CECOF Asesores.
[22] FLORES Soria, Jaime (2004-b)
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[41] Koontz / O’Donnell (2000) Curso de
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[45] TERRY George R. (2005) Principios de
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[47] Koontz / O’Donnell (1990) Curso de
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México. Litográfica Ingramex S.A.
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