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Evolución de la Criminología actual



  1. Introducción
  2. Marco
    teórico
  3. La
    Escuela Clásica
  4. La
    Escuela Positiva
  5. Inteligencia y delincuencia
  6. Teoría de la sexualidad de los
    niños y psicoanálisis (Sigmund
    Freud)
  7. Criminología
    clínica
  8. La
    teoría del aprendizaje
  9. La
    Escuela Ecléctica
  10. Escuela Social
  11. Escuela Anómmica
  12. Escuela Ecológica
  13. Conclusión
  14. Bibliografía

Introducción

La conducta del hombre como todos sabemos, desde tiempos
remotos siempre ha preocupado a los estudiosos y siempre ha sido
de estudio y criticas. De ahí es que intervienen las
Escuelas Jurídico Penales, según Jimenes de Asua.
El termino de causal – explicativas, normativas y aplicativas
provienen del estudio de la naturaleza de la conducta
humana.

El desenvolvimiento humano y el origen del hecho humano
son objeto de estudio de la ciencia causal – explicativa y su
única limitación radica en su propio radio de
estudio.

Los comportamientos que están basados o regulados
en las normas legales, son los que estudia la ciencia normativa;
y su campo de estudio es menos amplio que el de la ciencia
causal-explicativa porque no pasan del marco
normativo.

Por último tenemos las ciencias aplicativas que
son un conjunto de técnicas, que utilizan el material
científico de que las otras ciencias aportan, para ayudar
al desenvolvimiento de las interrogantes que en ellas se
podrían plantear.

Tenemos que la criminología nos ayuda a estudiar
el delito, sin que esto signifique que este sea de objeto
exclusivo de estudio de la criminología. La ciencia causal
– explicativa trataría de explicar al delito en sus
orígenes y desarrollo dentro de la sociedad que lo
produce; La ciencia normativa estudiaría los modelos de
comportamiento humano que la ley describe como delito y todas las
sanciones que se podrían aplicar para cada comportamiento
establecido y la ciencia aplicativa se ocuparía en indagar
las circunstancias temporo – espaciales , instrumentales y
personales en que se realizo el hecho punible.

Así tenemos que la criminología es una
ciencia causal – explicativa, el derecho penal es una ciencia
normativa y la criminalistica es una ciencia
aplicativa.

Marco
teórico

HISTORIA DE LA CRIMINOLOGIA.

La lucha del delito y la preocupación
científica de este fueron objetivos que las ciencias
normativas trataron alcanzar y se dio durante la antigüedad
y la edad media. Tal fue la importancia que se dio a esos
problemas que ilustres filósofos de la época dieron
su opinión al respecto del problema de los delincuentes y
el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar
algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a HESIODO,
PITAGORAS, HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES.
Lo que si falto en esta época fue el sentido
científico realista que es un presupuesto para la
investigación criminología, por falta de este
sentido científico realista no se pudo coleccionar
sistemáticamente las experiencias.

Tenemos que las bases de la filosofía del derecho
penal dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso
lo mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la
época mediaval. Damos comienzo en la edad moderna ,
estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera
intensidad solo en el siglo XIX, es aquí que los
fenómenos reales entran en investigación, estos
fenómenos abarcaban tanto el plano físico y
psíquico que están en conexión con el
delito.

En estas ilustraciones tuvo su mejor influencia la obra
del jurista milanes CESARE BECCARIA, Trattato dei delitti e delle
pene, 1764; En alemán: Uber Verbrechen und strafen, 1870;
[ En español hay varias traducciones: la primera de 1774;
otras en1820, 1821, 1822, 1851, 1879 ( por PASCUAL VICENT,
siguiendo la versión de 1862, de CESAR CANTU: De los
delitos y de las penas), 1945 ( Buenos Aires )].

La criminología, como podemos observar no se
exterioriza de una manera independiente, sistemáticamente
cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la
investigación humana, hasta que al final se llega a reunir
todas estas piezas dispersas y con ello se desarrolla una
disciplina propia, llamada criminología.

Ahora como ramas más importante de la
criminología podemos mencionar: Las investigaciones
medicas, con importancia en la Medicina Legal; La
Antropología, Psiquiatría, Biología
hereditaria, de las llamadas Psicología medica y de la
caracterología.

Ya en la antigüedad se ocuparon los médicos
de cuestiones medico legales aisladas y fueron llamados n algunos
casos como expertos. En 1249 se tomo juramento s H. v. LUCCA en
Bolonia para la redacción de dictámenes medico
legales y B. de VARIGNANA (muerto en 1318 ) practico la primera
autopsia para la comprobación de un
envenenamiento.

En su mayoría tenemos que LOMBROSO es siempre o
en la mayoría de los casos nombrado como fundador de la
criminología científica. Claro está que al
hacerlo no es justo dejar en lo oculto el que antes de el ya
habían sido elaborada la materia en los decenios
anteriores a el por mucho investigadores de numerosas
ramas.

Tenemos por ejemplo a MOREL, que con investigaciones
propias, hizo reflexiones como las de LOMBROSO pero con la
diferencia que se permaneció en la oscuridad.
También, llevado por la fuerte intensión
político – criminal, JEREMIAS BENTHAN, propuso reformas al
sistema legal y penal ingles, mientras su compañero de
ciencia, HOWAR con su obra States of Prisons in England and Wales
de 1777, impulso a los movimientos de reformas. ( El Estado de
las prisiones en Inglaterra y Gales ).

Los intentos de implicar al hombre en la
criminología científica era la primordial
importancia de esta. Como ejemplo de estos intentos tenemos a
LAVATER, con sus primeras publicaciones el 1775 de
Fisonomía y los trabajos de GALL cuya obra principal
apareció en 1882, llamada Les fonctions du cerveau ( Las
funciones del cerebro ). GALL es señalado como el
verdadero fundador de la antropología criminal, el cual
anteriormente se ocupo de la Frenología, a la cual se le
aplico el medio de prisiones Lauvergne en 1841.

El crimen era una determinada forma de
degeneración hereditaria en el individuo o incluso en su
familia, esta teoría está apoyada por
MOREL.

Los cráneos de los criminales tenían
particularidades, y estas fueron halladas por el neurólogo
y patólogo BROCA. En 1869 se hizo investigaciones sobre
464 cráneos de criminales las cuales las hizo WILSON, y el
médico de prisión escocés THOMSOM en 1870
publico en el Journal of Mental Science el resultado de sus
observaciones sobre más de 5,000 presos.

La tesis de la locura moral ( Schwachsinn ) , fue
publicada por PRICHARD en 1835. NICOLSON entre 1873 y 1875
publico sus trabajos sobre la vida psíquica del criminal y
su tendencia a la locura, imbecilidad y ausencia de sensibilidad.
Otros que proporcionaron fundamento para la doctrina de LOMBROSO
fueron obras como las de P. J. CABANIS, Ph. PINEL, ESQUIROL,
GRIESINGER, J. J. MOREAU de TOUR y sobre todo, MOREL, quienes
entre otros se ocuparon de los problemas de la psiquiatría
forense.

GUERRY para el estudio de la criminalista partió
de unos principios completamente distintos a los conocidos. Fue
en 1833 en su obra ESSAI SUR LA STATISTIQUE MORALE DE LA FRANCE y
en la principal de QUETELET, SUR L'HOMME ET LE DE VELOPPEMENT DE
LA FACULTES OU ESSAI DE PHAYSIQUE SOCIALE, 1836. Por parte de
Alemania VON MAYR, fue conocido particularmente con su obra
Estadística de la Policía Judicial en el Reino de
Baviera, dada esta obra en el ano de 1867, y su posterior obra
llamada la regularidad en la vida social, en 1877.

Tenemos que las ciencias del espíritu eran las
que dominaban las tomas de posición ante hechos
criminologicos, aunque también se dio el caso que en los
cien años anteriores a LOMBROSO también se daba una
importancia, aunque de una manera menos expresiva de la toma de
posición de los hechos criminologicos , pero con
aspiraciones por un camino Empírico. Gracias a los
investigadores de Antropología Médica,
Psiquiatría, como Psicología Temprana y
Sociología, se ocuparon de los planteamientos
criminologicos.

En la sociedad siempre se busca el estudio del crimen y
los criminales y esto le concierne a la criminología,
buscando la delincuencia juvenil y las causas del delito. Hasta
llegar a la teoría de que la interrelaciones de las
personas, grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son
las principales causas de que se cometa un delito.

Como decíamos anteriormente en la antigüedad
se pensaba que el delito, se le atribuían a los defectos
físicos y mentales y que era l producto de los rasgos
hereditarios. Pero no hay de que preocuparse puesto que tales
afirmaciones hoy en día no son tomadas como positivas sino
mas bien son rechazadas. Llegada a esta conclusión porque
el delito, por que el delito se aprende y no se hereda. Las
explicaciones sociológicas son las que se oponen a la
creencia del delito hereditario.

La criminología es una ciencia muy nueva y d la
cual podemos ver que se basa en dos áreas de
búsquedas, que son distintas pero están
relacionadas entre si, la primera esta el estudio de la
naturaleza del delito dentro de la sociedad y la segunda es el
estudio de los delincuentes desde un punto de vista
psicológico. Ambas de estas teorías son mas
descriptivas que analíticas.

Los eruditos de la materia estudian el comportamiento
humano desde una perspectiva clínica y sino desde una
perspectiva legalistica por esa razón es una ciencia que
no es exacta. La ley utilizando estas perspectiva llegan a la
conclusiones que conductas son criminales y cuáles no, de
allí es que los científicos tratan de formular sus
razones de porque ciertas personas violan la ley.

De acuerdo con las creencias y sus necesidades, hablando
de la sociedad, podríamos decir que es legal o ilegal.
Aunque tenemos que el código penal posee nociones firmes
del mal y del bien, observando que no todo lo malo en sentido
moral es criminal y algunos actos que por lo general no se
consideran malos pueden ser penalizados.

Se ha llegado ha comparar el estudio d un delito con el
de la moda o hasta con algo mucho mas siniestro como por ejemplo
el poder económico. Pero hay que tener en cuenta que
dependiendo de los diferentes comportamientos, así
serán los diferentes causas del delito.

En Hispanoamérica, podemos mencionar como gran un
gran criminólogo a JOSE INGENIEROS, puesto que fue el
primero en Hispanoamérica. También en Cuba se han
impreso libros de criminología, aunque su valor
científico sea escaso podemos mencionar a RICARDO A.
OXAMENDI y el de J. MORALES COELLO.

Bueno, después del congreso de
criminología celebrado en París en el año
1950, proliferan los libros de criminología en estos
países con características apuntadas, teniendo en
cuenta que son en realidad la transcripción de los libros
de otros autores. Pero aun falta para que la verdadera
criminología del hombre hispanoamericano se haga, pero
tenemos que anunciar a LUIS CARLOS PEREZ, utiliza datos sobre la
criminalidad de menores y mujeres en Colombia, de los bolivianos,
HUARCAR CAJIAS, que divide su obra en una sección d
biología criminal y sociología criminal y HUGO
CESAR CADIMA que hasta ahora solo tiene en su primer tomo la
introducción y la antropología criminal; y el muy
conocido profesor venezolano JOSE RAFAEL MENDOSA, que expuso un
libro con gran mérito expositivo.

Para una mejor comprensión de la
criminología entraremos al estudio de las escuelas
jurídico penales, puesto que los conceptos puramente
jurídicos van entrelazados con los criminologicos y de
allí se parte del análisis de los problemas
normativos.

Para JIMENES DE ASUA, las escuelas jurídico
penales son: " EL CUERPO ORGANICO DE CONCEPCIONES CONTRAPUESTAS
SOBRE LA LEGITIMIDAD DEL DERECHO DE PENSAR SOBRE LA NATURALEZA
DEL DELITO Y SOBRE EL FIN DE LAS SANCIONES " 1 .

El rápido desarrollo de las escuelas
jurídico penales en el siglo XX, se debió a las
continuas confrontaciones, algunas de violencia, de las disversas
escuelas jurídico penales.

Unos de los avances más importante que se obtuvo
de la lucha de las escuelas jurídico -penales
consistió en la delimitacion de lo9s campos, en la
precisión de métodos y en la colaboración
entre profesionales, puesto que anteriormente trabajaban
dispersos.

SAINZ CANTERO nos define escuela jurídico penales
en un sentido mas amplio " LA DIRECCION DE PENSAMIENTO QUE TIENE
UNA DETERMINADA DIRECCION, TRABAJA CON UN METODO PECULIAR Y
RESPONDE A UNOS DETERMINADOS PRESUPUESTOS FILOSOFICOS-PENALES " 2
.

Una de las corriente que están actualmente en
desprestigio son las " juridico-criminologica" que pretende hacer
de la criminología una ciencia auxiliar, que se dediquen a
estudiar dogmas y códigos penales.

La Escuela
Clásica

En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases
sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los
hombres de negocio ( los burgueses ), llamada esta época
como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el
pensamiento racional fueron causas que hizo que la Etica
Protestante despertara para que las personas alcanzaran su
éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la
manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la
búsqueda de las normas legales y desplazando los
erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se dieron cuenta
que el hombre a través de la razón experimento los
dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser
observado como una entidad divina, que imponía sus
castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se
exigió que siguiera los dictados de la
razón.

La reforma clásica tuvo sus inicios en la
última mitad del siglo XVIII en Inglaterra e Italia y se
extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en
adelante. Teniendo en cuenta que lo más importante es que
la Escuela Clásica no existió como tal desde el
punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO
FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los
juristas prepositivistas y posteriores a BECCARIA.

BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre
de De Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando
el constaba con 26 años de edad. El trataba de encontrar
la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las
leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y
no solo por máximos juristas y sobre todo que la
interpretación de esta no se pudiera dar de una forma
desviada a la moral por los juristas o jueces y por último
el de limitar el ámbito de las leyes penales al
mínimo necesario para minimizar el delito.

Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se
dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el
derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del
respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías
individuales y de la limitación al poder absoluto del
Estado.

Al hablar de los representantes de la Escuela
Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a
BECCARIA, sentando los principios de esta gran corriente el "
DIVINO MARQUEZ " . BETHAM, aporto con su obra " TEORIA DE LAS
PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS " escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con "
GENESIS DEL DIRITTO PENALE " en 1837.

El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es
asesinado por sus pensamiento políticos, fue el que
escribió el primer gran clásico reconocido por
todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI ( 1787 – 1848
).

ROSSI consideraba que existía un orden moral que
todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir,
pensando así que estos ordenes debían aplicarse en
la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para
vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un
orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se
derivarían todos los derechos y obligaciones.

Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI
CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se le
impone a un criminal por el delito que cometió no se hace
con el ánimo de tomar una venganza sino la de prevenir a
que en un futuro no se realice otros delitos semejantes, este
ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elmenta
iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la
fuente y de la ley moral como el limite.

Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le
pertenece al superior pero no niega que todo hombre al ser tal es
inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI el fundamento
del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y
este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica,
con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por
ANTONIO ROSINI.

Dentro de los escritores clásicos mas destacados
tenemos a FRANCISCO CARRARA ( 1805 – 1888 ), que en 1859
escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su
verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan
importantes porque cuando se hace referencia a la Escuela
Clásica son las doctrinas de CARRARA las que se someten a
exámenes.

CARRARA, nos confiesa " NO ME OCUPO DE CUESTIONES
FILOSOFICAS: PRESUPONGO ACEPTADA LA DOCTRINA DEL LIBRE ARBITRIO Y
DE LA IMPUTABILIDAD MORAL DEL HOMBRE, Y SOBRE ESTA BASE EDIFICADA
LA CIENCIA CRIMINAL, QUE MAL SE CONSTRUIRIA SIN AQUELLA " 3
.

Según CARRARA delito es " LA INFRACCION DE LA LEY
DEL ESTADO, PROMULGADA PARA PROTEGER LA SEGURIDAD DE LOS
CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL HOMBRE, POSITIVO O
NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE O POLITICAMENTE
ENGANOSO"

No tenemos que olvidar a otros autores que dieron luz y
brillo a la Escuela Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI,
PESSINA, MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y
TYSSOT.

Esta Escuela Clásica tiene por postulados
:

1. El encontrar sus bases filosóficas en el
Derecho Natural.

2. Un respeto absoluto al principio de
legalidad.

3. Ver al delito como un ente jurídico y no como
un ente filosófico.

4. El libre albedrío

5. La aplicación de las penas a los individuos
moralmente responsables.

6. Los que carezcan de libre albedrío como por
ejemplo los locos y los niños quedan excluidos del
Derecho.

7. La pena es la retribución que se hace al
criminal por el mal que hizo en la sociedad.

8. La retribución debe ser exacta.

9. " LAS PENAS SON SANCIONES AFLICTIVAS DETERMINADAS,
CIERTAS, EJEMPLARES, PROPORCIONALES, DEBEN REUNIR LOS REQUISITOS
DE PUBLICIDAD, CERTEZA, PRONTITUD, FRACCIONABILIDAD Y
REPARABILIDAD, Y EN SU EJECUCION DEBEN SER CORRECTIVAS, INMUTABLE
E INPRORROGABLES " 4 .

10. La finalidad de la pena es restablecer el orden
social externo que ha sido roto por el delincuente.

11. El Derecho de castigar pertenece al Estado titulo de
tutela jurídica.

12. El Derecho Penal es garantía de libertad, ya
que asegura la seguridad jurídica ante la
autoridad.

13. Se considera que el método debe ser
logico-abstracto, silogístico y deductivo.

La Escuela
Positiva

Esta es todo lo contrario a la Escuela Clásica,
la Escuela Positiva si tuvo una existencia real, con un grupo de
juristas que retaron a otros juristas del campo para poder
imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de
LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una doctrina.

FERRI nos dice que " LA ESCUELA POSITIVA CONSISTE EN LO
SIGUIENTE: ESTUDIAR AL DELITO, PRIMERO EN SU GENESIS NATURAL, Y
DESPUES EN SUS EFECTOS JURIDICOS, PARA ADAPTAR JURIDICAMENTE A
LAS VARIAS CAUSAS QUE LO PRODUCEN LOS DIVERSOS REMEDIOS, QUE POR
CONSIGUIENTES SERAN EFICASES " 5

Debido a los excesos de la Escuela Clásica, nace
la Escuela Positiva. Todo se debió al abuso de la
dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus
creencias de haber de haber agotado la problemática
juridico-penal.

El principal medio de difusión de esta escuela
fue la revista "Archivi di psichiatria, scienze penali e
antropologia criminale". La vida de esta escuela ha sido agitada
y fecunda, llena de aciertos y de errores también,
así como ha tenido muchos que la apoyan también
están los que la contradicen.

Otra conocimiento que FERRI nos explica es: "LA ESCUELA
CRIMINAL POSITIVANO CONSISTE UNICAMENTE, EN EL ESTUDIO
ANTROPOLOGICO DEL CRIMINAL, PUES CONSTITUYE UNA RENOVACION
COMPLETA, UN CAMBIO RADICAL DE METODO CIENTIFICOEN EL ESTUDIO DE
LA PATOLOGIA SOCIALCRIMINAL, Y DE LOS QUE HAY DE MAS EFICAZ ENTRE
LOS REMEDIOS SOIALES Y JURIDICO QUE NOS OFRECE. LA CIENCIA DE LOS
DELITOS Y DE LAS PENAS ERA UNA EXPOSICION DOCTRINAL DE
SILOGISMOS, DADOS A LUZ POR LA FUERZA EXCLUSIVA DE LA FANTASIA
LOGICA; NUESTRA ESCUELA HA HECHO DE ELLO UNA CIENCIA DE
OBSERVACION POSITIVA, QUE, FUNDÁNDOSE EN LA ANTROPOLOGIA,
LA PSICOLOGIA Y LA ESTADISTICA CRIMINAL, Y ASI DE COMO EL DERECHO
PENAL Y LOS ESTUDIOS PENITENSIARIOS, LLEGA HA SER LA CIENCIA
SINTETICA QUE YO MISMO LA LLAMO SOCIOLOGIA CRIMINAL, Y ASI ESTA
CIENCIA, APLICANDO EL METODO POSITIVO AL ESTUDIO DEL DELITO, DEL
DELINCUENTE Y DEL MEDIO, NO HACE OTRA COSA QUE LLEVAR A LA
CIENCIA CRIMINAL CLASICA EL SOPLO VIVIFICADOR DE LAS ULTIMAS E
IRREFRAGABLES CONQUISTAS HECHAS POR LA CIENCIA DEL HOMBRE Y DE LA
SOCIEDAD, RENOVADA POR LAS DOCTRINAS EVOLUCIONISTAS " 6
.

Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a
LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que sean todos
sino que con ellos son con los cuales se marca el principio de
una corriente que llegaría con fuerza hasta nuestros
días.

Los postulados de esta escuela son:

– La Escuela Positiva se caracteriza por su
método científico.

– El delito es un hecho de la naturaleza y debe
estudiarse como un ente real, actual y existente.

– Su determinismo, es totalmente determinista esta
escuela.

– Sustituye la responsabilidad moral por la
responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y
será responsablemente social mientras viva en
sociedad.

– El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no
quiere decir que se pueden quedar excluido del
derecho.

– El concepto de Pena se sustituye por el de
sanción.

– La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del
criminal.

– Estas deben durar mientras dure la peligrosidad del
delincuente, y por eso son de duración
indeterminada.

– La ley penal no restablece el orden jurídico,
sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad
considerada como fenómeno social.

– El derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a
titulo de defensa social.

– Mas importante que las penas son los substitutivos
penales.

– Se acepta "tipos" criminales.

– La legislación penal debe estar basada en los
estudios antropológicos y sociológicos.

– El método es inductivo –
experimental.

Inteligencia y
delincuencia

HARRY GODLAND, indico que la incapacidad mental es la
principal causa única de la criminalidad. GODLAND, realizo
un estudio entre los años 10 y 1914 dentro de los cuales,
estudio a 150 mil reclusos condenados. Y encontró que un
50% de estos tenia deficiencia mental.

Los postulados de esta Teoría son:

1. El débil mental seria un tipo de
delincuente.

2. Las personas nacen débil mental o con una
inteligencia normal.

3. En la mayoría de las ocasiones estas personas
conocen los delitos peligrosos de asalto y los delitos
sexuales.

4. Los débiles mentales cometen estos delitos por
la falta de los factores inhibitorios sociales; sobre todo este
no puede exteriorizar los que esta descrito como bueno o como
malo.

5. No tienen la capacidad de prever la consecuencia de
sus actos y por lo tanto la amenaza penal no tiene efecto sobre
esta clase de individuo.

6. Son personas muy sugestionables y cualquier criminal
mas inteligente que el lo puede llevar a cometer un
delito.

7. Por ser débil mental, en los barrios donde
existe una criminalidad alta, lo hace por
imitación.

Los inteligentes tienen la capacidad para ocultar la
criminalidad pero los débiles mentales carecen de
ella.

Teoría de
la
sexualidad de los niños y psicoanálisis (Sigmund
Freud)

La teoría de la sexualidad de los niños
fue entendida cuando se desarrollo la teoría de la
sexualidad humana. Donde dice que hay un "yo" un "ello" y un
"super-ello". El ego viene de la realidad pero se relaciona con
el ello y el super-ello. Según esto, muestra nuestra
relación infantiles con nuestros padres. Vivimos del
pasado, puesto que somos susceptible a este ya que la
niñez influye en nuestra vida adulta. Sin embargo ofrece
una libertad de esclavitud infantil del pasado pero debemos
tratar de salvar el yo individual de nuestras fuerzas salvajes y
de la sociedad.

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La explicación de la teoría: Tenemos que
el ser humano en su comienzo fue o era solo instinto, de
allí el va creando otros instintos psíquicos; el
"ello" ( ID ) lo mas primitivo y el "yo" ( ego ) creado
después, sobre la base que primero solo éramos
animales y después se desarrollo, pero nunca se dejo de
tener instintos solo que lo teníamos en forma
inconsciente.

Hay otra instancia psíquica que se confunde con
el "yo" y el "ahora", que es el punto del momento del "ya" y el
"ahora".

El "yo" se relaciona con la voluntad pero a lo interno,
pero tiene otra instancia psíquica que es el "super yo"
que es formado desde que el niño nace y es sometido a la
autoridad de sus padres primero, y después por otras
personas. Allí podemos encontrar las reglas y pautas de lo
bueno, lo que se debe hacer y lo malo, lo que no se debe
hacer.

En lo interno del "yo" donde esta la memoria y el "
super-ego", se puede llegar a la conciencia. Es decir que al
preconciente, donde solo se logra llegar con el
psicoanálisis u el inconsciente.

Tanto los principios que están en el "ello" y las
normas el "super-ello" como nuestra conciencia y las exigencias
del mundo exterior, se da la influencia en la conducta humana que
es la realidad de un proceso complejo.

La fuerza que lleva el instinto es el LIBIA, que es
placer físico, que FREUD lo llama placer sexual y nos
plantea que el ser humano desde el momento que nace tiene
experiencia sexual. Las cuales se muestran en tres fases: a) la
fase moral, b) la fase de agresión y C) la fase
fálica.

Los sueños son el mensaje del subconsciente, este
expresa siempre la realización de un deseo, si estos
sueños producen angustias las personas se despiertan a
manera de protección y estas angustias afectan al
desarrollo de las personas. El sueno es el resultante de un
compromiso entre las ideas del yo y las ideas latentes que se
expresan en el sueno.

La explicación de la criminalidad, dice que los
delincuentes carecen de "super-ego", pero esto es ilógico
ya que si alguien tuviera solo instinto actuaría como
animal y seria imposible vivir con el. Mas adelante se realiza
otro planteamiento, que dice que el problema de la criminalidad,
se da por deficiencia, producto del "super-ego" , la cual se da
por una deficiencia educativa. Ese niño al crecer no
podrá formar un "super-yo" adecuado y esta instancia no
cumplirá su función.

Hoy en día es considerada la sexualidad como algo
normal gracias a FREUD.

Criminología
clínica

BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las
conductas antisociales y criminales basada en la observancia y el
análisis profundo de casos individuales, normales,
anormales o patológicos. Esta corriente intenta dar una
explicación integral a cada caso, considerando al ser
humano como una entidad biológica, psicológica,
social y moral. Se dice que proviene de LOMBROSO. Sus antecesores
son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO GINER,
Madrid en 1899 y DE LOS RIOS, Buenos Aires en 1907.

Se le denomina Criminología Clínica porque
proviene del griego CLINE: Lecho, cama. El médico
clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar,
pronosticar al paciente en la cama. Estos son los grandes
objetivos de la criminología clínica.

La premisa es la de que la conducta humana está
condicionada por múltiples factores biológicos,
psicológicos y social. Hay que averiguar en cada caso,
cuáles de estas circunstancias hacen que la persona cometa
un delito.

Dentro de los métodos tenemos:

1. Entendimiento directo con el delincuente.

2. Examen médico.

3. Examen psicológicos para obtener datos sobre
la personalidad del individuo.

4. Encuesta social en donde el trabajador social
investiga el medio en que se desarrollo la persona.

El trabajo clínico debe ser interdisciplinario,
en términos generales se ha vinculado con el
funcionamiento de las prisiones. Este trabajo da respuesta al que
hacer con el individuo, realizado así el diagnostico
pronostico y tratamiento.

La peligrosidad es un concepto clave de la escuela
clínica, que se basa en el supuesto ( que causa llevar a
la persona al delito ) se puede determinar si los va a seguir
cometiendo y en que medida. Este concepto tiene dos aspectos
:

a) La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de delito
que puede cometer el criminal.

b) Adaptabilidad: La capacidad de adaptación al
medio en que vive.

La escuela clínica trata de analizar al delito
para establecer un diagnostico, pronostico y tratamiento. Este es
el central de esta escuela.

Un diagnostico se utiliza para determinar el grado de
peligrosidad de un individuo, entrando en jugo los dos aspectos
antes mencionados. Lo más importante es el paso al acto y
existe 4 fases importante:

a) Consentimiento Mitigante: Concibe y no rechaza la
posibilidad del delito del delincuente.

b) Consentimiento Formulado: Donde la persona decide
cometer el delito.

c) Estado de Peligro.

d) Paso al Acto: La comisión del
delito.

SUTHRERLAND, elaboro en la criminología
clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió: "
Es un delito cometido por una persona de respetabilidad y estrato
social alto en el curso de su ocupación" .

Conclusiones:

1. La delincuencia de las empresas y los ladrones de
cuello blanco son reincidentes.

2. Tiene miedo a la denuncia.

3. Los hombres de negocios expresan el mismo
despreció a la ley que los otros.

4. Son crímenes bien organizados. A diferencia
del ladrón común, el de cuello blanco no se ve como
delincuente.

5. Expresa públicamente adhesión a la ley,
aunque en privado la viole.

6. Es un delito oculto, Una manera de lograr la
imputabilidad es a través de expertos abogados.

7. En términos históricos se dio cuenta
que muchas de las grandes fortunas se deben a, la practica
ilícita.

Esta investigación de SUTHERLAND cambia toda la
criminología, ya que como frecuentemente se decía
que el delito debía explicarse con los problemas
psicológicos y no es así. Además la
criminología no se basa, ni en dinero ni en promesa.
Concluye señalando que hay que incluir a las clases medias
y altas en el fenómeno de la
criminología.

La teoría
del aprendizaje

Pasan a un rígido plano, las consecuencias
biológicas para centrarse en las experiencias que tiene el
individuo y por lo tanto para entender la criminalidad, hay que
ver la criminalidad que rodea la persona.

CHRISTIE, realizo un experimento para confirmar una
hipótesis que se dio en Noruega a final de la segunda
querra mundial. En 1942 se llevan a Noruega prisioneros de
distintas nacionalidades y los ponen en cárceles con
carceleros noruegos, más de la mitad murieron por causa
del hambre y la tortura en menos de un ano. Los torturaron porque
entre el carcelero y los prisioneros no existía una
relación afectiva.

En 1952 CHRISTIE, hace una investigación sobre
estos carceleros para determinar su conducta, encontrando los
resultados de :

a) En las características personales entre
guardia torturador y no torturador no existía gran
diferencia.

b) Todos los guardias tenían
características comunes a toda el resto de la
población en Noruega.

Las característica del grupo d los prisioneros
era:

a) El hambre extrema daba por resultado que cualquier
cortada o herida despidiera un mal olor.

b) Esto causaba alteraciones en la conducta, por lo que
hacía que los carceleros vieran a las prisioneros como
personas de carácter no humano y por eso los
torturaban.

En conclusión tenemos la posibilidad de actuar
con crueldad, sin considerarse asesinos. Pero de esta
consideración de que no había diferencia entre
torturadores y no torturadores se hizo el experimento en donde se
intento ver la obediencia a la autoridad bajo la responsabilidad
de otra persona, es decir muchas personas son capaces de hacerle
daño a otra, siempre y cuando ese daño no se defina
como prohibido, perjudicial o dañino.

La Escuela
Ecléctica

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado
en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el
contrato social. Esta escuela no es una escuela en si, sino la
reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La
diferencia entre la escuela Clásica y Positiva está
en que estas tenían una serie de normas que si no estabas
de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un
esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela
Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas
monolíticos y crear algo diferente.

El presupuesto operante de esta es la igualdad material
y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en
lo individual, pero le agrega el concepto de situación,
referente al medio físico y social. Como consecuencia de
la introducción del concepto situación en la
responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la
atención punitiva por razones subjetivas, y conserva,
dicha disminución por razones objetivas.

La integración entre derecho penal y
criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas
disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias,
porque el derecho penal en aquella época estaba falto de
madurez y la criminología empezaba sus primeros
pasos.

Escuela
Social

Esta apoyada por el filosofo DURKHEIM, esta escuela no
tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica .
Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en
Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicologia
con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne:
"Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio
social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el
microbio es el criminal" 7 .

Para la escuela social, el presupuesto operante es el de
la desigualdad material y la división del trabajo, y no el
de la igualdad del contrato.

La responsabilidad penal es individual, pero requiere
una depuración de las fuerzas sociales.

Su sistema jurídico busca ante todo una justicia
social y tiene un criterio político que busca la
comprensión y mejoras sociales.

Tratándose del delincuente, la escuela social
realiza los estudios de estos bajo un enfoque
sociológico., la patología se desplaza del campo
individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la
motivación en el delincuente y hace la medición
punitiva con base en factores objetivos y subjetivos., desde
luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a mas de esto,
no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas
factores sino que llega también a admitir la
exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la
primera en hacer la distinción entre lo patológico
y lo no patológico, con énfasis en lo no
patológico.

La clasificación de delito y delincuente, Esta
escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad
biológica y sicología del delincuente. Tiene una
interpretación legal sicosociojuridica. Esta escuela
permite un fuerte avance de la criminología, y con el
favorece la maduración de la misma hacia una ulterior
integración, todavía inexistente, con el derecho
penal.

El mérito principal de la escuela social radica
en introducir el concepto de "función social del derecho"
, en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr
una justa composición y un equitativo desarrollo de la
sociedad. Este concepto de función social a su vez
introdujo cambios de la mayor importancia en el derecho privado y
en el derecho público, por ejemplo, con las figuras del
abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y
dio comienzo a la eliminación de la arraigada
separación tajante entre lo privado y lo público,
división sobre la cual se basan todos los sistemas
jurídicos.

Escuela
Anómmica

Su fundamento teórico está basado en la
anomia, situación en la cual el desarrollo social desborda
al control institucional. El presupuesto operandi está
fundamentado en la desigualdad material y una mayor
división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo
individual pero aparece la tendencia a socializarla.

La finalidad del sistema jurídico está
basado en el hallazgo del nivel natural en la meritocrasia. El
enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura,
pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en
la estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela
anomica no hace caso omiso de la motivación en el
delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su
principal punto de meditación, puesto que la
motivación importante no está en el individuo sino
en la sociedad.

Al centrar el foco eruptivo de la delincuencia en la
sociedad y no en el individuo, la medición punitiva en si
pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el
tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente
dentro de rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de
cuestionamiento en derredor de la facultad punitiva.

EL principal aporte fue el punto víctima de las
peores criticas y rechazos: interpretación de la
delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada
en las cifras policiales de criminalidad.

Escuela
Ecológica

Su fundamento teórico es el que la
formación de la sociedad es orgánica y no
contractual. El presupuesto operandi está basado en la
desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su
responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y
grupal. El hallazgo del equilibrio biotico-social es la finalidad
del sistema jurídico.

El principal aporte de esta Escuela Ecológica,
con sede en Chicago y producto de la inmigraciones incontroladas
de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la
mafia.

Conclusión

Como hemos podido observar, LOMBROSO, padre de la
Criminología, tuvo el reconocimiento de que fue el de la
idea de sistematizar una serie de conocimientos, teorías e
investigaciones, que se encontraban totalmente
dispersas.

Todos sabemos que LOMBROSO no es original en su
teoría, puesto que antes de él ya existían
filósofos que mostraban una inquietud, pero eran un poco
tímido con sus ideas. Pero en mi opinión nadie es
en la criminología, es totalmente original por la novedad,
o mejor dicho por el auge que está teniendo ahora esta
ciencia o este futuro derecho penal. De los errores, no se que
decir. Pero nadie es perfecto y el que se considera como tal,
tenemos que es el más imperfecto de todos los seres
humanos.

Pero con todos estos contratiempos, LOMBROSO ha llegado
a surgir de las pelumbras una nueva ciencia. La cual en mi
opinión le veo un gran porvenir, por la gran variedad de
corrientes que ha tenido en su camino. Así que
démosle la bienvenida a la nueva ciencia la cual esperemos
en un futuro pueda esta ser mas profundizada, LA
CRIMINOLOGIA.

Bibliografía

  • CARRARA, FRANCHESCO. Programa del curso de Derecho
    Criminal, tomo I. Depalma. Buenos Aires, Argentina.
    1944.

  • FERRI, ENRRICO. Los nuevos horizontes del Derecho y
    del Procedimiento Penal. Centro Editorial de Gongora. Madrid,
    España. 1887.

  • FERRI, ENRRIQUE. Principio de Derecho Criminal.
    Editorial Reus. Madrid, España. 1933.

  • JIMENEZ DE ASUA, LUIS. Tratado de Derecho Penal,
    tomo II. Buenos Aire, Argentina. 1950.

  • PEREZ, ALVARO. Curso de Criminología.
    Editorial Temis. Bogotá, Colombia. 1986.

  • PESET, JOSE L. y PESET, MARIANO. Lombroso y la
    Escuela Positivista Italiana. CSIC. Madrid, España.
    1975.

  • SAINZ CANTERO, JOSE. La Ciencia del Derecho Penal y
    su Evolución. Bosh, S.A.. Barcelona, España.
    1975.

  • VILLALOBOS, IGNACIO. La Crisis del Derecho Penal En
    México. Jus. México. 1948.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD
DE INFORMACION"

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH
– POR SIEMPRE"

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