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Secretaría de Estado de la República Dominicana (página 2)




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Partes: 1, 2

II)
Secretaría de Estado de
Cultura

Funciones principales:

a) Coordinar todas las instituciones
del sector cultura, a los
fines de fomentar el desarrollo del
país.

b) Definir políticas
culturales de la Nación,
que tendrán un carácter normativo para las instituciones
públicas y privadas, y constituirán un marco de
referencia obligado al efectuar los procesos de
administración, de apoyo técnico,
planificación y de desarrollo cultural e
institucional.

c) Promover el debate
nacional para esbozar los planes nacionales de desarrollo
cultural y procurar la más amplia participación de
la Sociedad civil y
de los agentes y trabajadores de la Cultura.

d) Conocer y aprobar los planes nacionales de desarrollo
cultural como expresión de las políticas culturales
consensuales, en proceso de
concertación de la sociedad civil
y con todos los trabajadores.

e) Asesorar a instituciones públicas y privadas
en la definición de políticas internas y acciones
culturales a ser aplicadas por la Secretaría de Estado de
Relaciones Exteriores.

f) Conocer y ofrecer recomendaciones sobre proyectos de
cooperación técnica, inversiones y
financiamiento
externo para la cultura.

g) Establecer mecanismos de enlace entre
Secretaría de Estado y los Órganos
Descentralizados.

h) Efectuar las revisiones y actualizaciones
periódicas de los planes de desarrollo cultural, a fin de
hacerlos funcionales y dinámicos, incorporando un
mecanismo de evaluación
externo que le permita a la Secretaría de Estado de
Cultura hacer sistemáticamente un balance sobre su
gestión.

i) Coordinar el Sistema Nacional
de Cultura de la República
Dominicana.

j) Poner en marcha la ejecución de las
políticas, planes, programas y
proyectos de desarrollo cultural.

l) Representar al Estado Dominicano en todas las
actividades culturales como enlace entre las instituciones
públicas y privadas, sean o no del sector cultural, tanto
a nivel nacional como internacional.

m) Garantizar el derecho de todos los ciudadanos a
participar en la vida cultural y a gozar de los beneficios del
desarrollo cultural.

Regulada por la Ley No. 41- 00,
de fecha veintiocho (28) días del mes de junio del
año dos mil (2000), la cual consta de 166
artículos.

III)
Secretaría de Estado de Deportes, Educación
Física y Recreación

Funciones principales:

a)  Formular planes y programas de fomento y
desarrollo del deporte aficionado, asistencia
técnica a entidades deportivas, así como asistencia
médica y capacitación de formación
técnica deportiva.

b)  Organizar, coordinar y supervisar las
actividades de investigación relacionadas con el
desarrollo de las técnicas
para la práctica del deporte aficionado, así como
apoyar y favorecer a los atletas de primera categoría de
las diferentes disciplinas deportivas.

c)  Programar, coordinar y controlar todas las
actividades relacionadas con la preparación y
protección a los atletas de alta
competición.

d)  Planificar, administrar y controlar
la
organización de las actividades polideportivas de las
regiones, provincias y municipios.

e)  Programar y coordinar los servicios de
asistencia médica que ofrece la institución para
mantener la salud física y mental de
los atletas a nivel nacional.

f)  Organizar, coordinar y supervisar
programas de formación y capacitación para
profesores, entrenadores, monitores,
jueces, árbitros, etc.

g)  Programar, coordinar y realizar
actividades físicas, deportivas y recreativas en el seno
de la población.

h)  Organizar, supervisar y controlar las
actividades realizadas en el diseño,
construcción y mantenimiento
de las áreas verdes de las instituciones
deportivas.

La Secretaría de Estado de Deportes fue creada
mediante la ley 97 de 1974.

IV)
Secretaría de Estado de Educación

 Funciones principales:

 a) Ejecutar las políticas emanadas del
Consejo Nacional de Educación y hacer
realidad el cumplimiento de los principios y
fines de la educación
dominicana, consignados en la Ley General de Educación
Núm. 66-97.

b) Asesorar, coordinar y supervisar la ejecución
de planes, programas y proyectos de acciones requeridas en los
diferentes niveles y modalidades del Sistema
Educativo Nacional.

c) Operativizar las políticas y objetivos
definidos para la educación nacional, mediante la
elaboración del currículo y los recursos
didácticos necesarios para su ejecución coordinando
las actividades que sirvan para la capacitación de los
educandos, bienestar estudiantil y docente.

d) Diseñar e implantar los mecanismos adecuados
que aseguren la calidad tanto del
proceso como del producto
educativo.

e) Desarrollar acciones tendentes al fortalecimiento
entre el ambiente
educativo y la comunidad en
general.

f) Coordinar y supervisar la creación de un
ambiente de enseñanza y aprendizaje
propicio para el desarrollo educativo integral de los
ciudadanos.

g) Dirigir y orientar la oferta
curricular de la educación técnico-profesional y la
formación ocupacional hacia los planes y programas de
manera que respondan a los avances técnicos,
científicos y a las demandas del mercado.

h) Formular y proponer los lineamientos a seguir para
que el currículo sea abierto, flexible y participativo en
todos los niveles y modalidades de las áreas curriculares
del Sistema Educativo Nacional.

i) Dirigir y supervisar la distribución de los materiales
didácticos y los medios
técnicos e instruccionales requeridos para la
aplicación del currículo en todo su
ámbito.

j) Negociar, administrar y ejecutar todos los programas
y proyectos de cooperación auspiciados por los diferentes
sectores nacionales e internacionales, con financiamiento
interno, externo o mixto, para contribuir a elevar los niveles de
la calidad del Sistema Educativo Nacional.

k) Instalar unidades ejecutoras de los proyectos
aprobados e incorporados al presupuesto de la
Secretaría de Estado Educación.

l) Coordinar con el Secretariado Técnico de la
Presidencia, la incorporación de los programas y proyectos
que se realicen a favor del Sistema Educativo
Nacional.

m) Proveer al estudiantado del sector
público, de los medios y comodidades que les permitan
integrarse al proceso educativo hasta el logro de los objetivos
propuestos.

n) Promover y organizar cooperativas
escolares en coordinación con los empleados de los
centros escolares.

ñ) Ejecutar planes y programas que garanticen la
calidad del Sistema Educativo Nacional, a través de
acciones de seguimiento, supervisión, evaluación, monitoreo y
control.

o) Sugerir y recomendar las políticas y planes
que contribuyan al alcance de la educación en su calidad y
amplitud.

p) Velar por la eficiencia y
eficacia del
Sistema Educativo Nacional, garantizando el control de los
estándares de calidad establecidos.

q) Capacitar y evaluar al personal docente
de las Regionales, Distritos y Centros Educativos, para
determinar si estos cumplen con los requerimientos del
currículo.

r) Evaluar de manera continua y sistemática las
acciones que garanticen la eficacia y eficiencia del Sistema
Educativo Nacional para el logro de los principios, fines y
propósitos generales de la Educación.

La Ley General de Educación es la
66-97.

V)
Secretaría de Estado de Educación
Superior, Ciencia y
Tecnología

Funciones principales:

a) Formular las políticas públicas
referentes a educación superior, ciencia y
tecnología.

b) Regular, organizar, modernizar y reformular la
educación superior en el país, velando por su
normal y correcto funcionamiento.

c) Impulsar el desarrollo de la ciencia y
la tecnología a nivel nacional, con especial
interés
en las actividades productivas y el servicio
social, velando porque dicho funcionamiento responda a las
necesidades del país.

d) Definir los deberes y responsabilidades de las
instituciones de educación superior para garantizar un
adecuado nivel de excelencia, tanto en educación superior,
en ciencia y tecnología.

Esta regulada por la Ley 139-01, de Educación
Superior, Ciencia y Tecnología, Publicado en la Gaceta
Oficial 10097, Año CXLVI páginas 17-52. Consultoría Jurídica del Poder
Ejecutivo Santo Domingo de Guzmán, D. N.
República Dominicana. 13 de Agosto del 2001

VI)
Secretaría de Estado de Finanzas

Funciones principales:

a) Administrar y supervisar la realización de
juegos de azar
y de bienes.

b) Recaudar los impuestos y
rentas nacionales en general, incluyendo los ingresos externos
y efectuar los pagos del Gobierno.

c) Supervisar, controlar y evaluar el desenvolvimiento
de todos los organismos que le están subordinados directa
o indirectamente, según disposiciones
oficiales.

d) Administrar las deudas y créditos del Estado, emitir e inspeccionar
los valores
públicos y las especies timbradas; rendir estados anuales
de contabilidad a
la Cámara de Cuentas.

e) Tramitar todas las solicitudes de aprobación
de entidades nacionales e internacionales, así como
solicitudes de garantía del Estado Dominicano para la
obtención de recursos financieros por parte de organismos
centrales y descentralizados del Estado.

f) Desarrollar y programar la capacitación del
personal encargado de la administración financiera y tributaria
nacional, así como todo el personal técnico
administrativo de la Secretaría de Estado de Finanzas y sus
dependencias.

g) Elaborar los proyectos de normas,
políticas económicas y tributarias del
sector.

h) Mantener el catastro de
bienes muebles e inmuebles del país, tanto urbano como
rural; realizar su avalúo y procurar la
actualización permanente de dicho Catastro.

i) Supervisar sorteos y rifas benéficas e
inspeccionar las mismas.

j) Controlar los fondos extranjeros en caso de
emergencia.

k) Otorgar préstamos prendarios y administrar el
ahorro de
obreros.

l) Mantener el inventario de los
bienes inmuebles del país.

m) Efectuar las compras de
suministro del Gobierno.

n) Vigilar las actividades de las
Compañías de Seguro.

ñ) Efectuar pagos por concepto de los
servicios que recibe el Gobierno.

o) Supervisar la recuperación, administración y control de bienes y
valores
adquiridos y por adquirir mediante leyes y
sentencias confiscatorias.

p) Administrar la exoneración de tributos y
derechos
nacionales.

La misma esta regida por la Ley 494-06, de Organización de la Secretaría de
Estado de Hacienda.

VII)
Secretaría de Estado de Industria y
Comercio

Funciones principales:

a)  Establecer la política industrial
del país.

b)  Programar, fomentar y controlar el
cumplimiento de la política de desarrollo
industrial.

c)  Establecer las normas, coordinar y
supervisar a los organismos descentralizados y autónomos
del sector industrial.

d)  Autorizar la instalación y
localización geográficas de industrias.

e)  Controlar la aplicación de las
leyes y normas industriales.

f)   Establecer la política de
comercio
interno del país, exceptuando aquella que se refiera al
azúcar
y productos
agropecuarios.

g)  Programar y fomentar el desarrollo del
comercio interno, de acuerdo a la política comercial del
país.

h)  Planificar, organizar, coordinar,
supervisar y controlar las acciones tendentes a la
ejecución y desarrollo del Programa Nacional
de Energía Renovable, Pública y Privada,
Sectoriales, Regionales, Institucionales, Urbanas y
Rurales.

i)  Formular políticas en materia de
energía renovable que contribuyan al ahorro de
energía para los sectores: público y
privado.

j)  Diseñar, elaborar y promover
estudios que permitan evaluar estrategias en
materia de energía no convencional, evaluando su impacto
en el desarrollo
económico nacional.

k) Establecer relaciones y estrechar vínculos de
cooperación con entidades nacionales e internacionales
relacionadas con la energía renovable.

l)   Diseñar, organizar y ejecutar
Proyectos de Adiestramiento y
Desarrollo de Recursos
Humanos en Diferentes Niveles y Sectores en materia de
Energía Renovable.

m)  Establecer la política de comercio exterior
del país, exceptuando aquellas que se refieren al
azúcar.

n)  Programar el desarrollo del comercio
exterior.

ñ)  Mantener el registro nacional
de exportadores e importadores y exportadoras.

o)  Estudiar y recomendar al Poder
Ejecutivo las tarifas aduanales.

p)  Determinar las cuotas de importaciones y
exportaciones.

q)  Fijar los precios de los
productos de exportación, controlando sus costos de
producción.

r) Controlar la aplicación de las leyes y normas
sobre el comercio exterior.

Creada mediante la Ley 290, promulgada en fecha 30 del
mes de Junio del año 1966.

VIII)
Secretaría de Estado de Interior y
Policía

Funciones principales:

a)  Garantizar el orden y la seguridad
pública.

b)  Instruir a los Gobernadores Provinciales y
Municipales en la ejecución de las leyes, resoluciones de
carácter provincial, o comunes, así como servir de
vía de comunicación entre ellos y el Presidente de
la
República.

c)  Formular programas de los actos en
ocasión de días de fiestas o duelo
nacional.

d)  Tramitar ante el Poder Ejecutivo las
solicitudes de naturalización.

e)  Expedir certificados de vida y costumbre
en los casos en que las leyes lo exijan.

f)  Ejecutar las Leyes de Inmigración.

g)  Expedir permisos para porte y tenencia de
arma de fuego.  

La Secretaría de Estado de Interior y
Policía tiene su origen en la Constitución política del 1844,
básicamente en el Art. 109. En la actualidad se rige por
la Ley de Secretarías de Estado No. 4378, del 10 de
Febrero de 1956 y sus modificaciones. 

IX)
Secretaría de Estado de la Juventud

Funciones principales:

 a) Definir las normas correspondientes para
establecer los mecanismos necesarios que promuevan el desarrollo
integral y eleven la calidad de
vida de la población joven dominicana.

 b) Coordinar con las instancias públicas y
de la sociedad civil la formulación e
implementación de las Políticas Nacionales de
Juventud.

 c) Articular, coordinar y ejecutar acciones con
los organismos del Estado para asegurar que las políticas
públicas, programas y    proyectos
sectoriales complementen criterios de juventud.

 d) Evaluar las políticas en lo concerniente
a su impacto sobre la  juventud y propiciar los
correctivos necesarios.

e) Formular iniciativas, en los distintos niveles de la
vida nacional, tendentes a promover el desarrollo integral y
evaluar la calidad de la vida de la población joven
dominicana.

f) Coordinar el Sistema Nacional de Juventud.

g) Canalizar recursos e iniciativas de Estado y otras
instancias nacionales, a favor del desarrollo integral de la
juventud en los distintos niveles y escenarios de la vida
nacional.

h) Velar por el cumplimiento y ejecución de los
principios de la política sobre juventud planteados en la
Ley de la Juventud.

  1. Promover y velar por los derechos de la juventud
    dominicana, así como por el contenido y espíritu
    de la Ley de la Juventud.

La Ley General De Juventud No.49 -2000, en fecha 4
días del mes de julio del año dos mil (
2000).

X)
Secretaría de Estado de la Mujer

Funciones principales:

a) Establecer las normas y coordinar la ejecución
de políticas, planes y programas a escala Sectorial
interministerial, nacional e internacional y con la sociedad
civil, dirigidos a lograr la equidad de
género
y el pleno ejercicio de la ciudadanía por las mujeres.

b) Investigar, evaluar y estudiar los aspectos
demográficos referentes a la problemática de
la mujer en el
ámbito nacional, a fin de caracterizarla en grupos de acuerdo
a la naturaleza del
problema, y mantener información actualizada de la
misma.

c) Recomendar al Poder Ejecutivo la política a
seguir para la adopción
de planes dirigidos a mejorar las condiciones
socioeconómicas de la mujer.

 d) Aprobar los planes y programas que le sean
sometidos por las unidades que integran la organización o
por las demás instituciones que desarrollan planes
específicos dirigidos a recuperar, proteger y desarrollar
a la mujer dominicana.  

Instaurada mediante la Ley No. 86-99, que crea la
Secretaría de Estado de la Mujer, en fecha 11 días
del mes de agosto del año mil novecientos noventa y nueve
(1999), G.O. 10022.

XI)
Secretaría de Estado de la Presidencia

Funciones principales:

 a) Coordinar las labores del Secretariado
Técnico y del Secretariado Administrativo de la
Presidencia.

 b) Informar al Presidente de la República
de todo cuanto juzgue necesario o conveniente para el buen
ejercicio de las funciones de la
Administración
Pública, las instituciones autónomas y las
demás entidades descentralizadas del Estado.

 c) Supervisar el fiel cumplimiento de las
instrucciones impartidas por el Presidente de la República
a los diversos organismos de la
Administración Pública.

 d) Ostentar la representación del
Presidente, en los casos en que éste se lo
indicare.

 e) Orientar, coordinar y controlar las actividades
de los organismos o entidades que la Ley coloca bajo la
dependencia del Poder Ejecutivo.

 f) Velar porque toda persona,
comisión, oficina o
institución encargada de alguna misión por
el Presidente de la República, no colocada bajo la
dependencia de otra Secretaría de Estado, llene su
cometido.

 g) Cumplir las encomiendas que le haga el
Presidente de la República, sobre asuntos de cualquier
naturaleza.

Mediante la Ley No. 00450, fecha 29 del mes de diciembre
del año 1972, fue publicada oficialmente en el diario "El
Caribe", de Santo Domingo, del 30 de Diciembre del año
1972.

XII)
Secretaría de Estado de las Fuerzas
Armadas

Funciones principales:

a) Defender la integridad, soberanía e independencia
de la Nación.

b) Asegurar el cumplimiento de la Constitución y
las leyes.

c) Mantener el orden público.

d) Proteger el tráfico, industria y comerciales
legales.

e) Apoyar las autoridades y funcionarios legalmente
constituidos en las formas previstas en las leyes y reglamentos
militares.

f)  Proteger las personas y sus
propiedades.

g) Desempeñar las funciones del servicio militar
a que fueran destinadas por el Presidente de la
República.

h) Combatir la piratería, la contravención a las
leyes, hacer cumplir las disposiciones sobre navegación,
comercio y pesca y los
tratados
internacionales.

i)  Construir las fortificaciones, cuarteles y
recintos para el uso militar.

j)  Velar por la sanidad militar.

 k) Dotar a la oficialidad, clases y miembros de
las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional de los
conocimientos necesarios que les permitan ejercer un oficio
productivo, cuando por cualquier circunstancia dejen de
pertenecer a sus filas e ingresen en la vida civil, así
como también la capacitación de los civiles de
escasos recursos económicos que así lo
deseen.

l)  Suplir a las Instituciones Militares y a
la Policía Nacional cartas militares,
fotografías aéreas y cualquier otro dato
cartográfico que sea necesario.

m) Velar por la buena administración del pago de
pensiones a todos los miembros retirados, pensionados y a los
herederos de los miembros fallecidos de las Fuerzas
Armadas.

n) Programar el desarrollo de la agricultura en
las comunidades fronterizas conforme a los métodos
modernos.

ñ) Brindar servicio a la comunidad a
través de la venta de raciones
cocidas de alimentos a toda
la población a nivel nacional.

o) Regular y controlar la conservación,
restauración, fomento y aprovechamiento racional de la
vegetación forestal.

Su Ley orgánica es Ley No. 873, de fecha 31
días del mes de julio del año mil novecientos
setenta y ocho (1978), publicada oficialmente en el
periódico El Caribe, de fecha 8 de agosto de 1978,
págs. 18, 19, 20 y 21.

XIII)
Secretaría de Estado de Medio Ambiente
y Recursos Naturales

 Funciones principales:

 a) Elaborar la Política Nacional sobre
medio ambiente y recursos
naturales del país.

 b) Ejecutar y fiscalizar la política
nacional sobre medio ambiente y recursos naturales.

 c) Administrar los recursos naturales de dominio del
Estado que les hayan sido asignados.

 d) Velar por la preservación,
protección y uso sostenible del medio ambiente y los
recursos naturales.

 e) Procurar el mejoramiento progresivo de la
gestión, administración y reglamentación
relativas a la contaminación del suelo, aire y agua, para la
conservación y mejoramiento de la calidad
ambiental.

 f)  Velar porque la explotación y
exploración de los recursos mineros se realice sin causar
daños irreparables al medio ambiente y a la salud humana;
paralizar la ejecución de cualquier actividad minera,
cuando considere, sobre base de estudios científicos, que
la misma puede poner en peligro la salud humana y causar
daños irreparables al medio ambiente o a ecosistemas
únicos o imprescindibles para el normal desarrollo de la
vida humana; y garantizar la restauración de los
daños ecológicos y la compensación por
daños económicos causados por la actividad
minera.

 g) Controlar y velar por la conservación,
uso e investigación de los ecosistemas costeros y marinos
y sus recursos, de los humedales, así como por la correcta
aplicación de las normas relativas a los
mismos.

 h) Promover y garantizar la conservación y
el uso sostenible de los recursos forestales y vigilar por la
aplicación de la política forestal del Estado y las
normas que regulan su aprovechamiento.

 i) Elaborar normas, revisar las existentes y
supervisar la aplicación eficaz de la legislación,
para garantizar la conservación y el uso sostenible de los
recursos naturales y mejorar la calidad del medio
ambiente.

j) Orientar, promover y estimular en las instituciones
privadas, organizaciones
comunitarias y no gubernamentales, las actividades de
preservación, restauración, conservación y
uso sostenible del medio ambiente, así como la
protección de los recursos naturales, adecuando sus
actividades a las políticas, objetivos y metas sobre medio
ambiente y recursos naturales previstos.

 l) Propiciar la integración de la sociedad civil y las
organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyectos
destinados a la preservación y mejoramiento del medio
ambiente.

 m) Elaborar y garantizar la correcta
aplicación de las normas para la conservación,
preservación y manejo de las áreas protegidas y la
vida silvestre.

 n) Colaborar con la Secretaría de Estado de
Educación en la elaboración de los planes y
programas docentes que
en los distintos niveles de la educación nacional se
aplicarán en relación con el medio ambiente y los
recursos naturales; así como promover con dicha
Secretaría programas de divulgación y
educación no formal.

 ñ) Establecer mecanismos que garanticen que
el sector privado ajuste sus actividades a las políticas y
metas sectoriales previstas.

 o) Estudiar y evaluar el costo
económico del deterioro del medio ambiente y de los
recursos naturales, con el fin de que sean incluidos en los
costos operativos
y considerados en las cuentas nacionales.

 p) Establecer el Sistema Nacional de
Información Ambiental y de Recursos Naturales; realizar,
organizar y actualizar el inventario de la biodiversidad
de los recursos genéticos nacionales, así como
diseñar y ejecutar la estrategia
nacional de conservación de la biodiversidad.

 q) Controlar y prevenir la contaminación ambiental en las fuentes
emisoras, establecer las normas ambientales y las regulaciones de
carácter general sobre medio ambiente, a las cuales
deberán sujetarse los asentamientos humanos, las
actividades mineras, industriales, de transporte y
turísticas; y en general, todo servicio o actividad que
pueda generar, directa o indirectamente, daños
ambientales.

r) Impulsar la incorporación de la
dimensión ambiental y de uso sostenible de los recursos
naturales al Sistema Nacional de Planificación.

 s) Evaluar, dar seguimiento y supervisar el
control de los factores de riesgo ambiental
y de los que puedan incidir en la ocurrencia de desastres
naturales y ejecutar directamente, o en coordinación
con otras instituciones pertinentes, las acciones tendientes a
prevenir la emergencia o a impedir la extensión de sus
efectos.

 t) Proponer al Poder Ejecutivo las posiciones
nacionales con relación a negociaciones internacionales
sobre temas ambientales y sobre la participación nacional
en las conferencias y convenios internacionales; proponer la
suscripción y ratificación; ser el punto focal de
los mismos, y representar al país en los foros y
organismos ambientales internacionales, en coordinación
con la Secretaría de Estado de Relaciones
Exteriores.

 u) Colaborar con la Secretaría de Estado de
Salud
Pública y Asistencia Social en la formulación
de la política nacional de población y en la
realización de estudios y evaluaciones de interés
común.

 v) Promover, en coordinación con los
organismos competentes, la realización de programas y
proyectos para la prevención de desastres que puedan
afectar el medio ambiente y los recursos naturales, así
como la mitigación de los daños
causados.

 w) Coordinar con la Secretaría de Estado de
las Fuerzas Armadas y con la Policía Nacional, las
acciones a ejecutar para asegurar la protección y defensa
de los recursos naturales del país. Cualquier otra
función
que se asigne conforme a la Ley.

Instituida mediante la Ley No. 64-00, de fecha 18 de
agosto de 2000, de Medio Ambiente.

XIV)
Secretaría de Estado de Obras Públicas y
Comunicaciones

 Funciones principales:

 a) Realizar estudios socio-económicos y
técnicos para la programación de las obras y proyectos de
inversiones a ser ejecutados bajo la responsabilidad de la
Secretaría.

 b) Elaborar, coordinar y controlar la
aplicación de los reglamentos técnicos de ingeniería, arquitectura y
ramas afines para garantizar la seguridad de las estructuras de
las obras públicas y privadas.

 c) Coordinar todos los aspectos administrativos y
de ejecución de proyectos que requieran financiamiento
externo, observando los procedimientos
técnicos acordados entre los organismos internacionales y
la Secretaría de Estado de Obras Públicas y
Comunicaciones.

 d) Realizar investigaciones
analizando las causas de los accidentes de
tránsito, elaborando e implementando los programas
educativos y los planes de señalización vial
necesarios para la concientización y seguridad de la
ciudadanía, así como tramitar, expedir y renovar
las licencias de conducir de los contribuyentes a nivel
nacional.

 e) Realizar todos los avalúos, a nivel
nacional, de todas las expropiaciones que conllevan las obras que
fuese a ejecutar la Secretaría de Estado de Obras
Públicas y Comunicaciones.

 f) Regular las actividades administrativas y
operativas de los aeropuertos internacionales, sean éstos
concesionados o no.

 g) Manejar las contrataciones de empresas,
mediante licitación y/o sorteo, para ejecución de
obras y adquisición de bienes y servicios.

h) Diseñar, supervisar y aprobar los planos de
las obras de edificaciones públicas y privadas, así
como fiscalizar el avance de las mismas en base a las
cubicaciones y cálculos realizados para tales fines a
nivel nacional.

i) Realizar el diseño de los proyectos de
carreteras y caminos vecinales basados en las investigaciones
topográficas, y la elaboración presupuestal de las
obras, supervisando y fiscalizando técnicamente las obras
viales, velando por el cumplimiento de los mismos.

j) Realizar estudios relativos a los proyectos de
construcción y reparación de puentes,
diseñando las estructuras y planos de los mismos y dar el
mantenimiento adecuado cuando dichas obras lo
requieran.

k) Dirigir, coordinar, controlar, programar y supervisar
las actividades relacionadas con la importación, transportación y
suministro de asfalto y demás componentes, así como
la aplicación del mismo en calles, avenidas y carreteras,
luego de realizadas las evaluaciones y presupuestos
correspondientes para la reparación de las mismas a nivel
nacional.

l) Realizar estudios, pruebas e
investigaciones en los terrenos (suelos) donde se
van a construir vías de comunicación terrestre,
así como analizar los materiales de construcción y
sus componentes para determinar la calidad y resistencia de
los mismos.

m) Supervisar el funcionamiento del Sistema de Peajes
Nacionales.

n) Diseñar y supervisar las construcciones de
obras portuarias (puertos, dragados, playas) con fondos del
Estado o externos, así como inspeccionar el uso de la
franja marítima conjuntamente con otras
instituciones.

ñ) Realizar estudios hidrológicos e
hidráulicos para solucionar puntos críticos de
drenaje, construir y limpiar filtrantes en zonas críticas,
limpieza y empalme de colectores, y construcción de tapas
de hormigón armado para los mismos.

La Ley 4378 del 10 de Febrero, Gaceta Oficial No. 7947
del 18 de Febrero de 1956 crea la Ley Orgánica de las
Secretarías de Estado, que incluye este
ministerio.

XV)
Secretaría de Estado de Relaciones
Exteriores

 Funciones principales:

 a) Auxiliar al Presidente de la República,
a través del Secretario de Estado, en la
coordinación sistemática de los principios
fundamentales de la Política Exterior de la
República, en la orientación y supervigilancia de
las misiones diplomáticas y de los servicios consulares,
así como todo lo relacionado a pasaportes y en la
gestión de los demás asuntos inherentes a la
Secretaría.

 b) Determinar el régimen del Cuerpo
Diplomático y Consular Dominicano.

 c) Mantener correspondencia con los agentes
diplomáticos y consulares acreditados ante el Gobierno
Nacional.

 d) Promover el comercio entre la República
Dominicana y el territorio de su jurisdicción y proteger
las personas y los intereses de los dominicanos en su
demarcación.

 e) Legalizar los documentos que
deban ser utilizados en el extranjero.

 f)  Registrar las cartas de
naturalización.

 g) Inspeccionar y vigilar la recaudación de
los derechos consulares.

 h) Negociar las extradiciones.

 i)  Atender todo lo relativo a los
tratados y
convenios internacionales.

 j)  Organizar lo relativo a la etiqueta
y ceremonial diplomático.

 k) Mantener relaciones de amistad con los
Estados y organismos internacionales en que están
acreditadas las misiones diplomáticas.

l)  Velar por la dignidad y el
prestigio de la Nación y defender y hacer reconocer sus
derechos e intereses, de acuerdo con los principios
políticos, económicos y sociales consagrados por el
pueblo dominicano en la Constitución de la
República.

m) Estudiar todos los asuntos relacionados con las
Naciones Unidas,
la Organización de Estados Americanos y las Conferencias
Internacionales

Su Ley Orgánica es la No. 314, de fecha 6 de
julio de 1964, de la Secretaría de Estado de Relaciones
Exteriores.

XVI)
Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia
Social

Funciones principales:

a)  Diseñar y ejecutar las
políticas del sector salud.

b)  Garantizar los derechos de los pacientes a
la información comprensible y veraz sobre sus casos y su
condición de salud, así como sobre el
funcionamiento de los servicios sanitarios e informar a los
usuarios de los servicios del sector salud o vinculados a
él, de sus derechos y deberes a través de las
instituciones competentes del Sistema Nacional de
Salud.

 c)  Garantizar a los pacientes una
atención oportuna, de calidad y prestada
con calidez, respetuosa de su ambiente cultural y de sus derechos humanos
y de ciudadanía consagrados en la normativa
constitucional.

 d)  Coordinar la adecuada
aplicación y desarrollo de los recursos disponibles cuya
administración competa a la Secretaría de Estado de
Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS).

 e)  Formular todas las medidas, normas y
procedimientos que conforme a las leyes, reglamentos y
demás disposiciones competen al ejercicio de sus funciones
y tiendan a la protección de la salud de los
habitantes.

 f)  Garantizar la creación de
condiciones necesarias para asegurar un adecuado acceso de la
población a los servicios de salud.

 g) Coordinar con las instituciones educativas en
los niveles superiores y técnicos y con las demás
instituciones del Estado competentes, la formulación y
ejecución de los planes y programas de desarrollo del
recurso humano para el área de salud, de acuerdo a las
necesidades del sistema.

 h) Promover las acciones necesarias para la
rehabilitación funcional y reinserción
social del paciente.

 i)  Coordinar y promover la
participación sectorial y extrasectorial del sector
privado y los subsectores públicos, nacionales e
internacionales, en el desarrollo y consolidación del
Sistema Nacional de Salud.

 j)  Nombrar, supervisar y evaluar los
programas y servicios que desarrollen sus expresiones
descentralizadas y estructuras organizativas
correspondientes.

 k) Colaborar con la Secretaría de Estado de
Medio Ambiente y Recursos Naturales por la preservación y
el mejoramiento del medio ambiente.

 l)  Establecer y coordinar las
políticas de supervisión que demande el sistema con
el fin de garantizar una eficaz y eficiente aplicación de
las normas científicas, técnicas y administrativas
que fueren expedidas.

 m) Disponer las acciones disciplinarias o
administrativas previstas por ley o cualquier otra
disposición legal.

 n)  Definir los grupos prioritarios de
la población, y los problemas
sobre los que el Estado debe
hacer una mayor inversión en la política nacional de
salud.  

 ñ) Propender por la realización de
los principios consagrados en la presente ley al interior del
Sistema Nacional de Servicios de Salud, y de éste frente a
los demás sectores públicos y privados, cuya
actividad esté relacionada con la administración de
recursos o prestación de servicios de salud.

 o) Garantizar que toda persona física o
moral o
institución que pertenezca o se relaciones con el Sistema
Nacional de Salud y sus área afines, cumpla con los
criterios de la bioética,
siempre que respeten la condición y dignidad de la persona
humana, acorde a los convenios internacionales ratificados y las
normas jurídicas dominicanas vigentes.

 p) Promover el interés individual, familiar
y social por la salud, mediante la educación adecuada de
la misma, asumiendo esta educación en sentido integral
como base de las políticas sanitarias del
país.

 q) Garantizar que las instituciones del sistema
desarrollen acciones de promoción de la salud, prevención de
las diferentes enfermedades y de
protección, recuperación y rehabilitación de
la salud y las complementarias pertinentes, a fin de procurar a
la población la satisfacción de sus necesidades en
salud.

 r) Coordinar el funcionamiento integrado de las
entidades que se encuentren vinculadas al Sistema Nacional de
Salud.

 s) Propender por la descentralización y desconcentración
del sistema, sus expresiones territoriales mediante el
fortalecimiento y desarrollo institucional y sus estructuras
organizativas correspondientes.

 t) Velar por el cumplimiento de los tratados y
convenios internacionales.

Creada mediante la Ley General de Salud, No. 42-01, G.O.
10075, 8 días del mes de marzo del año dos mil uno
(2001).

XVII)
Secretaría de Estado de Trabajo

 Funciones principales:

 a)  Preservar el orden establecido por
las Leyes, Reglamentos, Normas y Convenios Laborales, para
garantizar el libre ejercicio de los derechos laborales de
empleadores y trabajadores.

 b)  Velar por la realización de
las inspecciones de trabajo, y
servir de órgano asesor y orientador en cuanto al conocimiento e
interpretación de las Leyes, Normas y
Reglamentos de Trabajo, de forma tal que tanto el trabajador como
el empleador conozcan sus deberes y derechos.

 c)  Promover y fortalecer la
participación y cooperación internacional desde y
hacia la República Dominicana, con otros países u
organismos, en lo referente al desarrollo laboral.

 d)  Elaborar y mantener un registro
estadístico de las actividades y conflictos
laborales que acontecen en el país.

 e)  Servir de organismo mediador en los
conflictos laborales surgidos entre las relaciones
empleador/trabajador.

 f)   Dirigir los procesos de
aplicación de las leyes laborales en cuanto a las jornadas
de trabajo, salario
mínimo, vacaciones, trabajo de menores, maternidad, horas
extras, salario de Navidad,
etc.

 g)  Recibir, distribuir y dar
seguimiento a todas las actas de infracciones laborales o penales
laborales por violaciones al Código
de Trabajo, tanto en contra de los empleadores como de los
trabajadores.

 h)  Recibir y mantener un registro y
control de todas las Planillas de Personal Fijo, que deben llenar
las empresas del sector privado.

 i)   Llevar un registro y control
de todos los sindicatos de
trabajadores que existan o se formen a nivel nacional.

 j)   Aprobar las tarifas de salario
mínimo de los empleados del sector privado, recomendadas
por el Comité Nacional de Salario.

 k)  Velar por que las empresas cumplan
con los requisitos mínimos sobre higiene y
seguridad en el
trabajo.

 l)   Elaborar y dirigir los planes
y programas sobre la promoción, oferta y colocación
de personas demandantes de empleos, orientados hacia el sector
privado.

 m) Dirigir, coordinar y supervisar los programas
de actividades relacionadas con las políticas de
planificación y promoción de empleos, destinados a
mejorar e incrementar las fuentes de empleo.

 n)  Realizar estudios e investigaciones
tendentes a determinar las causas de las migraciones de personas
en capacidad productiva, tanto local como del interior del
país.

 o)  Expedir certificaciones de informes o
comunicaciones relacionadas con los conflictos laborales,
así como también realizar cálculos de las
prestaciones
laborales correspondientes a los trabajadores del país, en
caso de que las soliciten.

El Reglamento Orgánico y Funcional de la
Secretaría de Estado de Trabajo se dictó en el
año 1954, mediante el Decreto No. 9946 del 21 de mayo,
cuando esta institución se denominaba "Secretaría
de Estado de Trabajo, Economía y Comercio". Que luego se
dictó en fecha 20 días del mes de julio del
año dos mil uno (2001), el Reglamento Organico Y
Funcional De La Secretaria De Estado De
Trabajo.

XVIII)
Secretaría de Estado de Turismo

 Funciones principales:

 a) Evaluar los proyectos de infraestructura
turística y no turística protegida por la
Secretaría, con el fin de planificar y ordenar
territorialmente dichas áreas, para dar cumplimiento a la
Ley Núm. 158-01, sobre Incentivo
Turístico.

 b) Vigilar el desarrollo turístico del
país con la finalidad de mantener el plan de
ordenamiento territorial turístico, establecido en la Ley
84 y sus reglamentos.

 c) Regularizar y reglamentar, a través de
inspecciones, todas las empresas que ofrecen servicios de
agencias de viajes y
operadores turísticos a nivel nacional.

 d) Velar por la regularización de los
hoteles, restaurantes y
establecimientos de expendio de alimentos y bebidas, en cuanto a
preparación, calidad y precios.

 e) Reglamentar y ordenar todas las tiendas de
artesanía de nuestro país, para dar cumplimiento a
la Ley Núm. 84 y su Reglamento Núm.
2123.

 f) Regular el servicio de transporte
turístico marítimo y terrestre de pasajeros en
puertos, aeropuertos, playas, restaurantes, ríos y
lagos.

 g) Velar por el saneamiento ambiental del turismo y crecimiento del
ecoturismo
para enmarcar el país en el desarrollo
sostenible y fomentar la oferta complementaria de la
naturaleza, con la finalidad de diversificar el producto
turístico dominicano.

 h) Establecer, en coordinación con el
Secretario, los programas de desarrollo turístico de las
Direcciones Regionales del país, para que cada una pueda
desarrollar su labor, de acuerdo a la naturaleza de su zona, con
la finalidad de atraer turistas nacionales e
internacionales.

 i) Impulsar el desarrollo turístico de la
región mediante la ejecución de programas de
promoción e inspección que garanticen el
cumplimiento de las leyes y normas de la Secretaría de
Estado de Turismo.

 j) Orientar a los miembros de las organizaciones
culturales (clubes, juntas de vecinos asociaciones
eclesiásticas, comités de fiestas patronales,
fundaciones, etc.) en todo lo relativo al desarrollo
turístico de las diferentes zonas.

 k) Formar, actualizar y concientizar a todas las
personas involucradas en el sector turístico, (buhoneros,
boteros, trenceras, taxistas turísticos, guías,
montañistas, tráfico aéreo, etc.) mediante
charlas, talleres, seminarios, conferencias, cursos de idiomas,
becas turísticas, etc., para lograr el mejor entendimiento
de la actividad turística y, por lo tanto, su mejor
ejecución.

 l)  Garantizar la promoción del
turismo de la República Dominicana fuera del territorio
nacional, a través de las Oficinas de Promoción
Turística en el Exterior, con la finalidad de atraer
turistas y obtener divisas.

m) Diseñar estrategias mercadológicas, con
la finalidad de promover el turismo de la República
Dominicana a nivel nacional e internacional.

 n) Llevar la imagen del
país a los distintos países de mundo a los fines de
promocionarlo como destino turístico, tomando como base
los elementos artísticos, culturales, folklóricos,
gastronómicos, artesanales, eco-turísticos,
históricos, monumentales, museográficos, ritos,
ceremonias, costumbres, elementos
arquitectónicos, con la finalidad de que se formen una
clara concepción de la idiosincrasia del pueblo
dominicano.

La Ley Orgánica de la Secretaría
de Estado de Turismo de la República Dominicana, es la Ley
No. 541., G. O. No. 9173, del 1ro. De Enero de
1969.

XIX) Secretariado
Administrativo de la Presidencia

 Funciones principales:

 a)  Velar por el buen funcionamiento de
los organismos que dependen del Secretariado
Administrativo.

 b)  Recibir, organizar y preparar para
su despacho, toda la correspondencia dirigida al Presidente de la
República.

 c)  Velar porque se registren en
libro
especial, todas las resoluciones emanadas del Presidente de la
República.

 d)  Proponer al Ejecutivo proyectos de
políticas y normas en materia administrativa que coadyuven
al mejor desenvolvimiento del Palacio Nacional.

 e)  Velar por la correcta y eficiente
marcha de todos los servicios administrativos que se desarrollen
en el Palacio Nacional y lugares de alojamiento del Presidente de
la República.

 f)  Nombrar y promover funcionarios y
empleados y fijar sus atribuciones, reconocimientos y salarios, de
acuerdo a la escala vigente.

g)  Velar por la compra y suministro de
alimentos del Señor Presidente, funcionarios y personal de
seguridad.

El Secretario Administrativo de la Presidencia esta
creado mediante la Ley No. 10, del 8 de septiembre de
1965.

XX)
Secretariado Técnico de la Presidencia

Funciones principales:

a) Coordinar, supervisar, dar seguimiento y velar por la
ejecución de proyectos y programas de inversión
social financiados por organismos de cooperación
internacional.

b) Ofrecer consultas sobre proyectos informáticos
del Estado y de requerimiento de equipos, programas y personal
técnico relacionados con los mismos.

Conforme a la Ley Núm. 55 de fecha 22 de
noviembre de 1965:

a) Elaborar, en coordinación con los organismos
del Gobierno Nacional e Instituciones Autónomas, los
planes y programas de desarrollo de acuerdo con las directrices
que imparta el Consejo Nacional de Desarrollo, actualizarlos
periódicamente y evaluar sus resultados, así como
coordinar su ejecución.

 b) Elaborar el proyecto de
Presupuesto Nacional de Gastos e
Ingresos, de acuerdo con las directrices que imparta el Consejo
Nacional de Desarrollo.

 c) Proponer al Consejo la adopción de
medidas de política o de asignación de recursos que
surjan de los trabajos que se vayan elaborando.

 d) Contribuir a la instalación progresiva y
al funcionamiento de Oficinas de Programación en los
Ministerios e
Instituciones Autónomas.

 e) Informar al Consejo sobre la compatibilidad
entre los proyectos de presupuestos y los planes de
desarrollo.

 f) Coordinar los programas de crédito, ayuda financiera y asistencia
técnica proveniente del exterior.

g) Estudiar sistemáticamente la
organización administrativa y métodos de trabajos
del Sector Público y recomendar los proyectos de
reestructuración y procedimientos necesarios para aumentar
la eficiencia de los organismos del Gobierno Nacional y entidades
autónomas.

 h) Establecer y desarrollar un sistema moderno de
administración
de personal que emplee y retenga empleados idóneos,
con el fin de mejorar la calidad de los servicios
públicos.

 i) Formular la política
fiscal en consonancia con la política
económica nacional y los planes de
desarrollo.

 j) Las demás funciones particulares que le
asignen las leyes orgánicas.

Conforme al Decreto Núm.40-87, del 20 de enero
del 1987:

a) Coordinar, supervisar y evaluar la ejecución
del Presupuesto Nacional.

b) Suministrar a las diferentes dependencias del Estado
y del sector privado las informaciones y publicaciones estadísticas necesarias para un mejor uso
de los recursos a favor del desarrollo económico y social
del país.

c) Institucionalizar la administración
pública, mediante el desarrollo e implementación de
un sistema de Servicio Civil y Carrera Administrativa, que
garantice adecuados procedimientos de selección,
estabilidad, retención, capacitación y
promoción de los servidores
públicos meritorios.

d) Financiar los estudios de factibilidad
técnica y económica de aquellos proyectos de
inversión propuestos tanto por los organismos
públicos como por empresas y entidades
privadas.

e) Identificar y promover, en colaboración con
entidades del Estado y el sector privado, proyectos de
inversión que puedan ser incluidos en Programa de
Inversiones Públicas o que sean considerados compatibles
con las prioridades nacionales establecidas por el
Gobierno.

El Secretario Técnico de la Presidencia esta
instituido por la Ley 55, del 22 de noviembre de 1965.

CONCLUSIÓN

Para finalizar a modo de conclusión, destacaremos
los elementos, que consideramos importantes, así como cada
una de las Secretarias que conforman el Gobierno
Dominicano.

Dentro del Sector Público Dominicano existen
Veinte (20) Secretarias de estado las cuales son: Secretaria de
Estado de Agricultura, de deportes educación física
y recreación, de educación, de
Educación Superior Ciencia y Tecnología, de
Finanzas, de Industria y Comercio, de Interior y Policía,
de la Juventud, de la Mujer, de la Presidencia, de las Fuerzas
Armadas, de medio Ambiente y Recursos Naturales, de Obras
Publicas y Comunicaciones, de Relaciones Exteriores, de Salud Publica
y Asistencia Social, de Trabajo, de Turismo, Administrativo de la
Presidencia y Técnico de la Presidencia.

Las funciones de cada Secretaria en su conjunto inciden
en diferentes órdenes y niveles en la actividad
Económica de la Sociedad, podríamos afirmar que en
la Republica
Dominicana, existe un estado intervencionista liberal y de
democracia
social, siendo las Secretarias de Estado una expresión de
lo que hemos mencionado anteriormente.

 

 

 

Autor:

Francisco Augusto Montas Ramírez

Partes: 1, 2
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