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La importancia de rescatar los enterratorios humanos en riesgo



Partes: 1, 2

  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Historia de los rescates en el nordeste de la Provincia de Chubut
  4. Los casos más importantes
  5. Los hallazgos no rescatados de 2011
  6. Rescates y conocimiento
  7. Reflexiones
  8. Bibliografía

Resumen

Entre 1990 y 2009 el Laboratorio de Arqueología del CENPAT realizó el rescate de alrededor de 137 esqueletos humanos hallados en sitios enterratorio del Nordeste de la provincia del Chubut. Cinco de ellos (3,9%) estaban articulados y en buen estado, 13 (10 %) parcialmente articulados y en diverso grado de meteorización y el resto había sufrido importantes alteraciones antrópicas y naturales. Su estudio, junto con el de artefactos, restos de alimentación y patrones de asentamiento y movilidad, permitió conocer aspectos ignorados hasta entonces sobre la historia, la cultura y la biología de los antiguos cazadores-recolectores del área. En junio de 2010, referentes de comunidades originarias de Puerto Madryn, Rawson, Trelew, Gaiman y Dolavon solicitaron a la autora de este artículo la suspensión de los rescates dado que los consideran profanaciones de tumbas. Este pedido fue estrictamente respetado desde entonces. No obstante, en 2011 dos enterratorios humanos en los que los arqueólogos no intervinieron, resultaron saqueados y destruidos. En este artículo de opinión se presentan argumentos en favor de la continuidad de los rescates arqueológicos de sitios ya impactados y en alto riesgo. En cumplimiento de la Ley Nacional 25.743, se deberá contar con el consentimiento y la fiscalización por parte de los pueblos originarios.

Palabras claves: Patagonia, entierros humanos, rescates arqueológicos, pueblos origi- narios.

Abstract

Between 1990 and 2009, the Laboratorio de Arqueología del CENPAT realized rescue archaeology of around 137 human skeletons found from sites in the Northeast territory of the province of Chubut. Five of the skeletons (3.9%) were articulated and in good preservation, 13 (10%) were partially articulated and showed diverse weathering stag- es, while the rest suffered important anthropic and natural alterations. This study, to- gether with the artifacts, food remains, settlement patterns and mobility, permitted to recognize aspects which were unknown concerning the history, culture, and biology of early hunter-gatherers from the area. During June 2010, First Nations from Puerto Madryn, Rawson, Trelew, Gaiman, and Dolavon, requested the suspension of the rescue archaeology given that they considered it an act of desecration of the graves. This re- quest was strictly respected from that time on. However, in 2011 two human burials, in which the archaeologists did not intervene, were looted and destroyed. In the following article, arguments are presented in favor for the continuation of rescue archaeology of the sites which were impacted and are at high risk. In compliment with the National Law 25.743, work should continue with the consent and monitoring of the First Nations communities.Key words: Patagonia, Human Burials, Rescue Archaeology, First Nations.

Recibido: 15 de enero de 2012

Introducción

En Argentina todas las leyes vi- gentes relacionadas con la protección del patrimonio cultural, entre ellas la ley nacional 25.743/01 y leyes provinciales afines, enuncian que los bienes arqueológicos y antropológicos son del dominio público según el ámbito territorial en que se encuentren. Las respectivas autoridades de aplicación son siempre instituciones estatales, generalmente organismos de Cultura o de Ciencia y Técnica. Excepto la Ley 7500/05 de la provincia de Tucumán y un proyecto de ley de patrimonio cultural y natural de Jujuy, aun no aprobado por la legislatura (de Almeida 2011), en ninguna de estas leyes ni sus decretos reglamentarios existe una cláusula que contemple el consentimiento y la intervención en la toma de decisiones sobre el patrimonio cultural por parte de las comunidades originarias u otros colectivos sociales que pudieran estar histórica o geográficamente relaciona-dos con el mismo.

Una explicación sería que la mayoría de esas leyes son anteriores a dos instrumentos legales que sí lo establecen. Uno es la ley nacional

24.071 de 1992, que adhiere al Convenio 169 de la OIT "sobre Pueblos Indígenas y Tribales"; el otro es la Reforma de la Constitución Nacional promulgada en 1994. El Convenio 169 decreta que toda acción referida a la protección, preservación u otro tipo de intervención sobre el patrimonio cultural ubicado en territorio de los pueblos indígenas se debe realizar con la participación de los mismos. Por su parte, en el Artículo 75 Inc.17 de la reforma constitucional del ´94 se re- conoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y su derecho a "participar en la gestión referida a sus recursos naturales y demás intereses que los afecten". Sin embargo, tanto la ley nacional patrimonial 25.743 como las de varias provincias son posteriores a ambas (para más detalle remito a Endere 2007).

En 2001, mismo año en que se sancionó la ley 25.743, se promulgó la Ley nacional 25.517 de "restitución de restos mortales de los aborígenes", la cual está en consonancia con el espíritu de la Reforma de 1994 y el Convenio 169 de la OIT. El artículo 1º establece que "los restos mortales de aborígenes, cualquiera fuera su característica étnica, que formen parte de museos y/o colecciones públicas o privadas, deberán ser puestos a disposición de los pueblos indígenas y/o comunidades de pertenencia que los reclamen". Por otra parte, el artículo 3º recomienda que "todo emprendimiento científico que tenga por objeto a las comunidades aborígenes, incluyendo su patrimonio histórico y cultural, deberá contar con el expreso con- sentimiento de las comunidades interesadas". Esta Ley fue recién regla- mentada en 2010 por la Presidenta de la Nación a través del Decreto 701, que establece que el órgano de aplicación es el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

La Provincia del Chubut -que aún no adhirió a las leyes 25.743 y 25.517- se rige desde 1990 por la Ley XI-N°11 (antes 3559) de "Régimen de las ruinas y yacimientos arqueológicos, antropológicos y paleontológicos", siendo su Decreto Reglamenta- rio el N° 1387/98. La autoridad de aplicación es la Secretaría de Cultura, en acuerdo con la Policía provincial como órgano inspector de campo. En el Artículo 19º establece que será asesorada por una comisión integrada por representantes de la Universidad Nacional de la Patagonia "San Juan Bosco", representantes del Departamento Ejecutivo de la localidad donde eventualmente se hallaren ruinas o vestigios, y personalidades de probada trayectoria vinculada a la Ley. En ningún artículo de la ley o de su reglamentación se hace mención al derecho a la participación de las comunidades originarias. No obstante, es pertinente destacar que en 2005 hubo un intento de reformar la ley 3559, que lamentablemente no prosperó. Se realizaron dos primeros talleres convocados por la Secretaría de Cultura que contaron con el asesoramiento de la Dra. María Luz Endere y la participación de funcionarios de dicha secretaría, legisladores, arqueólogos, bioantropólogos, antropólogos sociales, historiadores y paleontólogos del CONICET y de la Universidad Nacional de la Patagonia "San Juan Bosco". Ningún representante de los pueblos originarios participó en esos encuentros1.

En síntesis, por una parte la Re- forma de la Constitución Nacional de 1994 y las leyes nacionales 24.071 y

25.517 reconocen el derecho de los pueblos originarios a participar en la gestión de los intereses que los afecten: en este caso, el legado patrimonial de sus antepasados. Por otra, las leyes nacionales y provinciales relativas a la protección y conservación del

En los más de 32 años de práctica profesional y residencia en la Patagonia, al igual que otros arqueólogos del país, he tratado de cumplir con todos los requisitos legales para obtener de las autoridades de aplicación la con- cesión correspondiente al ámbito jurisdiccional de los yacimientos don- de efectuaría los estudios. También, por supuesto, solicité el permiso correspondiente a los propietarios de los campos o predios donde estos trabajos tendrían lugar. Sin embargo, fue recién a partir de 2004 que comencé a informar y consultar a representantes de comunidades originarias. Para ser honesta, debo reconocer que en aquel entonces pensaba que la investigación y gestión sobre cualquier patrimonio arqueo-lógico era solamente competencia de las autoridades de aplicación y de las disciplinas científicas que lo tienen como objeto de estudio. Así me había formado la universidad (1972- 1978), como a tantos otros.

Afortunadamente, desde hace casi veinte años se está dando entre los arqueólogos argentinos (incluida mi persona) un lento proceso de reflexión y replanteo –no exento de controversias y contradicciones- sobre los derechos de los pueblos originarios respecto del legado cultural de sus ante-pasados, en especial los restos huma- nos. Se ha producido al respecto in- numerable cantidad de publicaciones y documentos, cuya cita y tratamiento excede los objetivos de este artículo2. No obstante, remito a algunas obras generales que compilan diferentes experiencias, posturas y debates: Curtoni y Endere (2003); Martínez et al. (2004); Jofré (2010), y las actas de diferentes reuniones científicas, entre ellas los Congresos Nacionales de Arqueología y las Reuniones Internacionales de Teoría Arqueo-lógica

en América del Sur (TAAS).

Un hito importante fue la "Declaración de Río Cuarto", documento elaborado en el Primer Foro Pueblos Originarios-Arqueó-logos llevado a cabo en 2005. En él se reconoce, por un lado, la contribución de nuestra ciencia para el conocimiento del pasado indígena; por otro, el interés legítimo y el derecho de las comunidades indígenas actuales a opinar y decidir sobre el patrimonio cultural que les pertenece. Otro avance es la "Declaración de la Asociación de Antropología Biológica Argentina (AABA) en relación con la ética del estudio de restos humanos" (Salta, 2007), a la que luego adhirieron los arqueólogos argentinos en distintas reuniones científicas (ampliar en Guastavino y Berón 2012). Por otra parte, en 2009 se aprobó el "Código de Ética de la Asociación de Arqueólogos profesionales de la República Argentina" (AAPRA, 2009), que recomienda la consulta y participación de los pueblos originarios. Esta y otras asociaciones profesionales de antropólogos, como la Sociedad Argentina de Antropología y la AABA, han organizado varios talleres y encuentros en los últimos años. También hay que mencionar el accionar del Grupo Universitario de Investigación en Antropología Social (GUIAS) de la Facultad de Ciencias Naturales y Mu- seo de La Plata, en apoyo a la restitución de los cuerpos de indígenas depositados en ese museo a sus comuni- dades de origen. Por su parte el Esta- do Nacional, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología y en conjunto con las autoridades del INAI y representantes de distintas asociaciones profesionales, está analizando la aplicación de la ley 15.743 y su decreto reglamentario 701. Más reciente- mente, en el marco de las VIII Jornadas de Arqueología de Patagonia (Malargüe, octubre de 2011) arqueó- logos, autoridades del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios y funcionarios de la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas del INAI rubricaron la "Declaración de la Mesa de Diálogo Intercultural". En la misma se comprometen a respetar la Ley

25.517 y su decreto reglamentario 701, a propiciar ámbitos de diálogo y participación y a regirse por un protocolo ad referendum del Consentimiento Libre Previo e Informado.

Esta apertura, que hace veinte años nadie o muy pocos preveían, no puede entenderse fuera de los procesos históricos, sociales, políticos y culturales que se dieron en América y en nuestro país a partir de la instalación de la democracia. Entre esos procesos se encuentran los movimientos de reivindicación de sus derechos y cultura por parte de los pueblos originarios. En las provincias con fuerte representación de organizaciones y comunidades aborígenes –como las de la Patagonia- es más factible conocer de cerca estas luchas e interactuar con quienes las sostienen. Esto propicia el mutuo enriquecimiento y acelera los cambios en las mentalidades.

Respecto de la Provincia de Chubut, fue pionera en la repatriación – aunque parcial- de los restos del Cacique Inacayal en 1994 (Ley Nacional N° 23.940, impulsada por el senador Hipólito Solari Irigoyen). Asimismo, en los últimos siete años se han realizado algunos encuentros entre an- tropólogos, funcionarios de Cultura y pueblos originarios para debatir estos temas. Estos encuentros tuvieron lu- gar en el Concejo Deliberante de Rawson (1996), en el Centro Nacional Patagónico de Puerto Madryn (2006), en el Trawun (parlamento indígena provincial) de Cushamen (2006) y en el Concejo Deliberante de Gaiman (2010). En 2011 se realizaron dos reuniones en Puerto Madryn: una convocada por la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas del INAI a cargo de Fernando Pepe y otra por la Dirección de Investigación y Patrimonio de la provincia. En las dos últimas se trató sobre el pedido formal de restitución de los restos humanos del enterratorio de Loma Torta (ver abajo) por parte de la comunidad "Va- lentín Sayhueque-Ceferino Namúncura" de Gaiman.

Justamente, en el encuentro lleva- do a cabo en el Concejo Deliberante de Gaiman en junio de 2010, un grupo de referentes de comunidades originarias de Puerto Madryn, Rawson, Trelew, Gaiman y Dolavon, me solicitó expresamente no intervenir más en ningún rescate de restos de sus antepasados, considerados verdaderas profanaciones de tumbas desde su cosmovisión. Fue a partir de esa reunión que no realicé ningún rescate más. Sin embargo, dos situaciones posteriores mostraron que esto no ha resultado en beneficio para ninguna de las partes interesadas. En este artículo de opinión argumento a favor de la importancia de continuar con los rescates de sitios arqueológicos en peligro de destrucción, en especial cuando se trata de restos humanos. Estos mismos argumentos fueron expuestos en una conferencia que dicté en el marco de las VIII Jornadas de Arqueología de la Patagonia (Malargüe, Mendoza, 6 de octubre de 2011), en presencia de los miembros del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios.

Historia de los rescates en el nordeste de la Provincia de Chubut

En la costa norte de la provincia de Chubut y el valle inferior del río Chubut el descubrimiento fortuito de res- tos óseos humanos ha sido y es relativamente frecuente (Figura 1 – Mapa). Son varias las razones que favorecen estos hallazgos. Por una parte, la escasa cobertura vegetal y la acción erosiva de los vientos y de las lluvias – esporádicas y cortas pero torrenciales- producen la exposición y fácil visibilidad de estos y otros materiales arqueológicos. También lo propician los movimientos de remoción de sedimentos por obras de infraestructura, extracción de áridos, trabajos agrícolas y ampliación urbana. Esto se ve potenciado en aquellas localidades11.

Esto condujo a que entre 1990 y

turísticas donde la ocupación y el tránsito humanos son mucho más intensivos durante los fines de semana y las vacaciones. Además se agrega el accionar de aficionados y coleccionis- tas privados que siguen realizando recolecciones de superficie y a veces también pozos de huaqueo, en fla- grante contravención a la ley XI-Nº

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Figura 1: Distribución de los sitios enterratorios en la costa norte y valle inferior del Río Chubut hasta 2006 (Gómez Otero 2006: Mapa 16).

Referencias: (1) Arroyo Verde 3; (2) El Riacho 1; (3) Cerrito de las Calaveras (Outes 1915); (4) Punta Cono;

(5) Campo 33 – 1; (4) Campo 33 Yacimiento 1; (5) Campo 33 Yacimiento 2; (6) Lote 39; (7) San Román 4;

(8) El Progreso 2; (9) Pta. Delgada; (10) La Azucena 1; (11) Pirámide 2; (12) El Doradillo 2; (13) El Doradi- llo 1; (14) Loma Blanca; (15) STIA; (16) Calle Villarino; (17) Calle Tehuelches; (18) Bon Le; (19) Pta. Cuevas 2; (20) El Golfito; (21) Playa del Pozo; (22) El Pedral 3; (23) Punta León; (24) Barranca Norte; (25) El Elsa; (26) Rawson; (27) 5 Esquinas; (28) INTA Trelew; (29) Loma Grande; (30) Chacra 247; (31) Chacra 375.

Ley "XI – N 11", constituye el Repositorio Oficial del Patrimonio Arqueológico y Antropológico del Norte de la Provincia del Chubut.

Todos los rescates se llevaron a cabo a partir de denuncias efectuadas por vecinos o por la propia Policía provincial, que normalmente evacua las mismas hacia nuestra institución. En este sentido, es notorio el desconocimiento de la Ley XI-11 entre los integrantes de la institución policial y también del Poder Judicial. Por una parte, porque la denuncia no debe efectivizarse ante el CENPAT sino ante la Secretaría de Cultura como autoridad de aplicación de la ley. Por otra, porque la misma Policía intervino en varios sitios extrayendo parcial o totalmente los restos esqueletarios, que luego fueron remitidos por man- dato del Ministerio Público Fiscal a la Dra. Silvia Dahinten (a cargo del Laboratorio de Antropología Biológica del CENPAT), para su peritaje forense.

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Figura 2: Enterratorio múltiple de Barranca Norte (costa marina próxima a la desemboca- dura del río Chubut), impactado por factores antrópicos.

En total se registraron 41 sitios y 137 individuos distribuidos de la siguiente manera: 28 sitios en la costa (NMI = 57 individuos) y 12 en el valle inferior (NMI = 78). Con respecto al estado de integridad de los esqueletos: cinco (3,9%) estaban articulados y en buen estado, 13 (10 %) parcialmente articulados y en diverso grado de meteorización y el resto había sufrido importantes alteraciones antrópicas y naturales. Entre estos últimos esqueletos, algunos estaban representados sólo por fragmentos, o por algunas falanges o accesorios del carpo y tarso. Hubo casos extremos de presencia de un único hueso por individuo. Ante esto y la ausencia del cráneo -el elemento que mayor información puede dares imposible de- terminar edad, sexo, origen poblacional y a veces también antigüedad por- que no alcanza la cantidad de muestra ósea o esta carece del colágeno suficiente para ser datada.

Los casos más importantes

Sitio Rawson (43º17´43.07´´S / 65º 04´55.14´´O)

Este es el sitio arqueológico que más información aportó de todos los rescatados hasta el momento. Se trata de un enterratorio múltiple del período del contacto indígena-europeo descubierto fortuitamente a raíz de la ampliación del tendido de gas natural en el barrio "490 viviendas" de la ciudad de Rawson (Gómez Otero y Dahinten 1999; Figura 1). La denuncia fue efectuada ante el CENPAT cinco días después del hallazgo. Cuando el equipo técnico concurrió al lugar se encontró con la presencia de camarógrafos del Canal 7 provincial que estaban excavando y filmando su propia excavación para poder editarla en el noticiero de la noche. Inmediatamente se procedió a su rescate. En laboratorio se identificaron 10 individuos infantiles, tres adultos y un sub- adulto (de entre 18 y 20 años de edad). De ellos, solamente tres (un infantil y dos adultos) se encontraban articulados. Este sitio se destacó por la riqueza de los objetos y bienes aso- ciados, la mayoría con el subadulto

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Figura 3: Hacha de bronce de los Valles Calchaquíes rescatada en el sitio Rawson (Gómez Otero y Dahinten 1997-98).

(Individuo 3), lo que sugiere diferencias en estatus social. Se dataron costillas de este individuo y de los individuos adultos 1 y 2, obteniéndose respectivamente las siguientes edades radiocarbónicas convencionales: 350

± 70 C14 AP (LP-943), y "Moderno"

(LP-924 y LP-916) los otros dos.

Entre los materiales asociados hay ocre rojo, fragmentos textiles y de cuero curtido, así como cuentas de valva, turquesa, malaquita, bronce y vidrio. También se hallaron dos objetos suntuarios de metal: un hacha típica del Período Tardío de los Valles Calchaquíes y un objeto circular de borde dentado con un agujero central, que habría formado parte de un arma de combate interpersonal (macana o porra) en uso en los Andes Centrales antes y después de los incas3. Dado que los incas colonizaron hasta el sur de Cuyo poco antes del contacto hispano-indígena, este hallazgo no parece tan extraño en una escala espacial amplia. Asociadas con los individuos 1 y 2 (adultos) y el Individuo 3 (subadulto) se registraron varias puntas de proyectil microlíticas -fracturadas en su mayoría- que sugieren muerte por violencia.

Sitio El Inta-Trelew (43º16´100´´S / 65º21´503´´O)

Este es otro de los enterratorios múltiples con gran riqueza contextual, descubierto durante trabajos de extracción de áridos en una cantera ubicada en el parque industrial de la ciudad de Trelew, cerca de la estación experimental de El INTA (Gómez Otero 2006; Figura 1). Se recuperó tan sólo un individuo infantil articula- do y el resto en estado de osario. En laboratorio se determinó un NMI de 19 individuos4. Se obtuvieron tres fechados de húmeros de respectivos individuos adultos que arrojaron las siguientes edades radiocarbónicas convencionales: 720 ± 60 C14 AP (LP- 974), 680 ± 70 C14 AP (LP-968), y

660 ± 50 C14 AP (LP-1096), lo que indica contemporaneidad de esas inhumaciones. El esqueleto infantil articulado corresponde a un entierro primario en posición lateral derecha, con ambas piernas flexionadas, el brazo izquierdo plegado sobre la región abdominal y el derecho extendido. En asociación con el esqueleto había diversos materiales culturales: ocre rojo, una preforma bifacial en calcedonia, una plaqueta delgada de metal dorado (4,87 cm x 3,04 cm x 0,97 cm) y cuentas de distintas materias primas: 51 de malaquita de tamaño muy pequeño, una de serpentina verde más grande, 240 de valva talla- da y 1.159 caracoles diminutos perforados del género Tegula.

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Figura 4: Objeto circular de bronce, similar a una porra andina, rescatado en el sitio Rawson (Gómez Otero y Dahinten 1997-98).

Sitio Cinco Esquinas (43°15´49.4´´S y 65°14´38.0´´O).

Este enterratorio múltiple mostró la mayor alteración de todos porque no se recuperó ningún individuo articulado. Estaba ubicado en un albardón del paraje "Cinco Esquinas", a 800 metros de la margen norte del río Chubut entre las ciudades de Trelew y Rawson (Gómez Otero et al. 2010; Figura 1). Los hallazgos se produjeron en 1996 y en 2009, a partir del trabajo de palas mecánicas que estaban extra- yendo arena y arcilla. Al concurrir al sitio luego de las denuncias efectuadas por vecinos, se comprobó que todos los huesos ya habían sido ex- traídos, por lo que se procedió a su traslado al CENPAT. En laboratorio se determinó un NMI de 13 individuos: seis infantiles, cuatro juveniles y tres adultos5.

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Figura 5: Cráneo infantil con remoción parcial de la corteza craneana y huellas de corte y descarne, rescatado en el sitio Cinco Esquinas, en el valle inferior del río Chubut (Gómez Otero et al. 2010).

Solamente se pudo estimar el sexo de cinco individuos, resultando cuatro masculinos y un femenino. Entre los pocos materiales culturales asociados recuperados hay ocre rojo, una cuenta de turquesa, 6 puntas de proyectil microlíticas pedunculadas con aletas. Se dató un fragmento de fémur de un adulto, obteniéndose una edad radiocarbónica convencional de 1260 ± 90 C14 años AP (LP-2294). En tres cráneos infantiles se observaron orificios intencionales en la corteza craneana y también marcas de corte y descarne en varios huesos, incluidos órbitas y paladar. Los orificios son ovales o cuadrangulares y miden: 70 x 54 mm, 115 x 89 mm y 62 x 48 mm. La extracción habría sido por medio de pequeños golpes o de presión sobre los bordes, que produjeron negativos de lascados en la cara interna. Tales marcas sugieren escalpelización, desollado de la carne y piel faciales y extracción de ojos y lengua (ver Buikstra y Ubelaker 1994:102). Vignati (1930a, 1953) documentó cráneos con orificios similares – a los que denominó "cráneos trofeo"- entre la Quebrada de Humahuaca y la provincia de San Luis. Este sería el hallazgo más austral por el momento y esperamos en el futuro poder profundizar su estudio y proponer alguna explicación.

Loma Torta (43º16´36.7´´S / 65º30´ 39.0´´O).

El sitio se encuentra en la localidad de Gaiman, sobre la cumbre del cerro Loma Torta a 110 m s.n.m. (Gómez Otero et. al. 2009). Se descubrió en 2006 debido al constante tránsito de motos que utilizaban este y otros cerros como parte de un circuito local de enduro. La denuncia fue realizada por la Sra. Clidia Muñoz, descendiente de pueblos originarios, quien advirtió sobre el alto riesgo de destrucción del enterratorio. El rescate fue llevado a cabo recién dos años después cuando se obtuvo el permiso de la Secretaría de Cultura. Los restos óseos –la mayoría en estado fragmentario- estaban dispersos en un área de 14 m x 5 m, cubriendo la cima de la loma. Se observó una importante alteración por factores naturales (erosión hídrica y eólica, raíces, madrigueras y galerías de cricétidos) y antrópicos (tránsito de las motos y evidencias de saqueo). Se distinguieron dos sectores. El Sector 1 fue el más abundante en hallazgos, identificándose una inhumación primaria (Ind. 1), una secundaria (Ind. 3) similar a los hallazgos de Gustavo Martínez y su equipo en el valle inferior del río Colorado (Martínez 2010), y restos aislados y disturbados de individuos de distinta edad. En asociación directa o indirecta con los huesos había ocre rojo, cuentas de valva y de pequeños rodados perfora- dos, artefactos líticos, un pequeño disco de bronce o cobre, y una valva marina fósil (Ostrea máxima), cuya presencia sólo puede ser atribuida a actividad humana. En el Sector 2 -con alta fragmentación ósea- se registra- ron un fragmento de cráneo de un individuo adulto y tres cilindros de huesos largos que corresponderían a un infantil. No se hallaron materiales culturales asociados. El rescate de estos restos se realizó previo acuerdo entre la Secretaría de Cultura de la provincia, la Intendencia de Gaiman y la Sra. Clidia Muñoz, quien además intervino como veedora de los traba- jos científicos. Solamente se levanta- ron los huesos expuestos, que abarca- ban un tercio del sitio. Es altamente probable que haya más restos huma- nos en el lugar.

Los análisis de laboratorio deter- minaron un NMI total de 12 individuos6. Para el Sector 1 se identificaron 10 individuos: seis adultos (un masculino, dos femeninos, tres indeterminados), un subadulto femenino y tres infantiles. Uno de los infantiles mostró huellas de corte, descarne y seccionado de músculos, lo que sugiere esqueletización intencional del cuerpo. En el Sector 2 se rescataron dos individuos: un adulto indeterminado y un infantil. Se obtuvo una edad radiocarbónica convencional de 300 ±

50 años C14 AP (LP-2181) para el Individuo 1 (adulto masculino) y de 250 ± 70 C14 (LP- 2291) para el Ind. 3 (subadulto femenino), ambos del Sector 1. Ningún elemento óseo del Sector 2 pudo ser datado debido a la escasez de colágeno, lo que podría estar indicando una antigüedad mayor de este entierro o una exposición más prolongada a la intemperie.

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Figura 6: Sector 1 del enterratorio múltiple de Loma Torta (Gómez Otero et al. 2009).

Es importante señalar que a partir del descubrimiento de este enterratorio se constituyó la Comunidad mapuche-tehuelche "Ceferino Namuncurá- Valentín Sayhueque", cuyos integrantes, encabezados por Ricardo Romero Sayhueque, están llevando a cabo un trabajo de concientización, de conservación del sitio y de reclamo de restitución de estos restos (ver "epure- we.revindipa.org.ar/noticia/se- recupera-un-chenque"). El Municipio de Gaiman les ha cedido la Loma Torta y 17 hectáreas más donde realizan sus rogativas y proyectan construir un centro cultural. En la actualidad, luego de haber aclarado algunas situaciones, el diálogo entre nuestro equipo y esta comunidad es suma- mente constructivo.

Sitio Chacra 375 (43º22´01.1´´S / 65º 51´18.5´´O)

Esta chacra se encuentra en la zona de Veintiocho de Julio, en el valle inferior del río Chubut (Gómez Otero 2006; Figura 1). En 2004, durante trabajos de tendido de un alambrado se encontraron restos óseos desarticulados. Los propietarios hicieron la denuncia inmediata a la Comisaría del Municipio de Dolavon, quienes avisa- ron al CENPAT. Al día siguiente, junto con autoridades de la Secretaría de Cultura se concurrió a esa localidad para verificar la denuncia. Al llegar se comprobó que los huesos ya habían sido extraídos por la policía. Por lo tanto, solamente se procedió a trasladarlos al CENPAT. Los mismos estaban incompletos y con marcas de acción de palas (fracturas y hendiduras frescas). Se pudo determinar que se trataba de dos individuos: un masculino adulto (Ind. 1) y un femenino adulto (Ind. 2)7. Se enviaron a datar costillas del primero, obteniéndose una edad radiocarbónica convencional de 6070 ± 80 años AP (LP-1535), lo que lo convierte por ahora en el esqueleto más antiguo de Chubut y uno de los más antiguos de Patagonia. En 2008 se fecharon fragmentos óseos del femenino, pero contra lo esperado, este individuo dio una antigüedad mucho menor: 1410 ± 70 años AP (LP-2086). Ese mismo año se consultó con los propietarios de la chacra quienes informaron que los restos habían aparecido en distintos lugares y que para protegerlos los habían en- terrado juntos en otro lado. En este caso, de no haber realizado los fecha- dos no se hubiera podido conocer que seis milenios atrás ya había grupos viviendo en el valle inferior del río Chubut.

Los hallazgos no rescatados de 2011

El esqueleto de Punta Mejillón (42º 21´26.1´´ S – 63º 34´49.8´´ O)

Este caso fue denunciado en enero de 2011 por el Sr. Juan Carlos Vargas, pescador artesanal de la zona, quién lo había encontrado parcialmente ex- puesto en un médano de la mencionada punta, ubicada en Península Valdés. Apenas recibida la denuncia se informó por mail a la Secretaría de Cultura con copia a autoridades de distintos organismos de la provincia (Secretaría de Derechos Humanos, Dirección de Asuntos Indígenas y Administradora de Península Valdes) y a la Sra. Rita Rosa del Consejo de Participación Indígena (CPI-Chubut) del INAI. Todos ellos confirmaron que iban a actuar prontamente. El Secretario de Derechos Humanos se comunicó con la fiscal de turno para que enviara a la Policía Científica a corroborar la denuncia in situ. Lamentablemente, los dos funcionarios policiales que concurrieron al sitio levantaron los restos completos, que diez días después eran entregados en el CENPAT para ser peritados por la Dra. Dahinten, quien determinó que correspondían a un individuo masculino adulto. Un mes después se visitó el lugar con el colega Dr. Eduardo Moreno y el Sr. Vargas a los fines de conocer y fotografíar el contexto de hallazgo. Se registró la presencia de artefactos líticos y restos faunísticos en superficie. Se dataron fragmentos de costillas del individuo, obteniéndose una edad radiocarbónica convencional de 2410 ± 70 años C14 AP (LP- 2624), la más antigua para un esqueleto hallado en la costa del golfo San José (ver otras edades para restos humanos del área en Gómez Otero y Novellino 2010). El esqueleto se encuentra aun en estudio.

El enterratorio del "Médano Grande"

(42º 47´54´´ S – 64º 57´76´´ O)

El hallazgo ocurrió en marzo de 2011 en el paraje conocido como "Médano Grande", sobre la costa del Golfo Nuevo, a escasos cinco kilómetros de la ciudad de Madryn. Este sector forma parte del "área de médanos costeros de uso restringido" protegida por las Ordenanzas Municipales 1658/96 y 5055/04. No obstante, es constante el tránsito de cuatriciclos, personas que practican sandboard y aficionados a la arqueología que recolectan las piezas que quedan expuestas luego de fuertes tormentas de viento. La denuncia la realizó el Sr. Lucas Cumil, descendiente de pobladores originarios, quién observó el cráneo y la mandíbula parcialmente expuestos, los extrajo y días después los volvió a enterrar cerca de donde los encontró. Se concurrió al sitio en su compañía ubicándose el cráneo después de varios sondeos. Se pudo comprobar la presencia del esqueleto incompleto de un adulto y de restos óseos removilizados de un infantil muy pequeño. La presencia de ocre rojo asociado permitió vincular ambos individuos con poblaciones aborígenes antiguas. Se tomaron tridimensionales y fotografías, se midieron in situ los huesos largos del infantil, se extrajo una muestra de la matriz sedimentaria y posteriormente se cubrió todo el enterramiento siguiendo la metodología arqueológica en vigencia. Mientras se hacían los trabajos había personas observando de lejos; por lo tanto, ante la posibilidad de vandalismo y dado que el cráneo y la mandíbula ya habían sido sacados de contexto, fueron llevamos al CENPAT para su resguardo. Inmediatamente se informó sobre el hallazgo a la Secretaría de Cultura y a Rita Rosa del CPI-Chubut, quien visitó el sitio en compañía del equipo a los pocos días. A partir de ello esta dirigente indígena comenzó a gestionar ante las autoridades municipales para que ese sitio fuera declara- do reserva histórica y pueda ser manejado por las comunidades originarias de la zona. Dos meses después, en ocasión de un rescate de dos relictos de conchero que habían quedado ex- puestos en el lugar, se comprobó la presencia en superficie de huesos humanos rotos, lo que indicaba que el enterratorio había sido depredado. En este caso, la única información que se pudo obtener fue la determinación de que los elementos craneales corresponden a un masculino adulto maduro8.

Rescates y conocimiento

El estudio de los restos humanos rescatados durante todos estos años, junto con el de los patrones de asentamiento, la tecnología y los restos de alimentación, permitieron conocer aspectos ignorados hasta entonces sobre la historia, la cultura y la biología de las poblaciones cazadoras recolectoras que se sabe ocuparon el área desde por lo menos 7400 años AP (Gómez Otero 2006). Algunos de esos aspectos se mencionan a continuación.

Con relación a los espacios y costumbres funerarias, los enterratorios estaban sobre cotas altas en médanos litorales o albardones y hasta se usó la cumbre de un cerro (Loma Torta). Salvo dos casos de inhumación secundaria (los más australes por el momento para Patagonia), los cuerpos fueron sepultados en modalidad primaria. Las inhumaciones anteriores a 800 años AP contenían uno o dos individuos; las posteriores -ubicadas casi todas en la desembocadura y valle inferior del río Chubut- eran múltiples. El aumento en el registro de inhumaciones múltiples a partir de los últimos ochocientos años podría indicar un crecimiento demográfico de las poblaciones locales para esa época o quizás también una menor movilidad residencial y concentración de grupos en determinados puntos del espacio con buenas condiciones ambientales como el valle inferior, donde hay agua dulce y se puede acceder a alimentos del mar, la meseta y el río (Gómez Otero 2006). Algunos de los esqueletos rescatados tenían puntas de proyectil clavadas en los huesos o lesiones en el cráneo, lo que sugiere situaciones de enfrentamiento inter- grupal, tal vez por el espacio o determinados recursos básicos.

Los entierros colectivos –sitios Rawson, El Inta y Loma Torta- resultaron los más ricos en materiales aso- ciados; varios de ellos –chaquiras de turquesa y malaquita, piezas de metal, textiles- indican la existencia de una extensa red de contactos directos o indirectos con poblaciones de otras zonas de Patagonia, la región pampeana, Cuyo, los Valles Calchaquíes, la Araucanía y los Andes Centrales (Gómez Otero 2003). Otros bienes, como las cuentas de vidrio del siglo XVI, permiten inferir tempranos intercambios con los europeos. Se observó además que el ajuar fúnebre del subadulto de Rawson era notoriamente más rico y variado que el de los demás, lo que podría estar relacionado con diferencias en estatus social.

Los estudios bioantropológicos y bioarqueológicos determinaron que los grupos que habitaron el área entre 2600 y 200 años AP9 tenían una morfología craneana similar y eran de alta estatura y corpulencia, lo que llevó a proponer la presencia de una única población biológica vinculada con la etnia tehuelche (Gómez Otero y Dahinten 1997-98)10. Un análisis genético de piezas dentarias señaló la presencia del linaje mitocondrial "D", uno de los linajes más antiguos de América (Lalueza et al. 1995). Algunos cráneos presentan deformación no intencional (probablemente por uso de cunas de transporte), observándose tendencias temporales: ausencia de deformación antes de 1900 AP, deformación plano-frontal entre 1900 AP y 1500 AP y deformación plano-lámbdica después de 1000 AP.

A través de análisis arqueofaunísticos (Gómez Otero 2006) y de isótopos estables en hueso humano (Gómez Otero et al. 2000, Gómez Otero 2007) se comprobó que la alimentación de estas poblaciones se basaba sobre la combinación de recursos terrestres, marinos y fluviales. Esta dieta de amplio espectro podría ser una de las explicaciones para diversos rasgos: la ausencia de evidencias de estrés nutricional y de deficiencias en hierro en una muestra de 45 individuos de distinto sexo y edad (Gómez Otero y Novellino 2011); el importante número de adultos que superaron los 35 años de vida, llegan- do algunos a los 50 años (Gómez Otero y Novellino 2011: Tablas), y la tendencia secular positiva en la talla en 66 individuos masculinos y femeninos (Millán et al. 2011).

Además de los científicos ya citados, otros investigadores y tesistas de grado y postgrado han podido analizar estos materiales humanos de manera directa y desde abordajes teóricos y metodológicos diferentes. Entre ellos se encuentran Héctor Pucciarelli, Rolando González-José, Fernando Ramírez Rossi, Marién Beguelin, Pablo Bayala y Carolina Paschetta.

La información antes mencionada – única por otra parte para el área- no sólo significa un aporte para el conocimiento de la historia, la cultura y la biología de los antiguos pobladores originarios que la habitaron: numerosos trabajos (cuya mención excede los objetivos y extensión del artículo) la han incorporado en la discusión de problemáticas regionales, extrarregionales, continentales y hasta globales. Pero, más allá de las implicancias para la ciencia, este conocimiento puede ser aprovechado para la afirmación identitaria y la reivindicación de derechos por parte de los pueblos originarios. Un ejemplo claro es el entierro colectivo de Loma Torta, formidable símbolo de la reconquista de parte del territorio ancestral y sagrado para la comunidad Ceferino Namuncurá-Valentín Sayhueque de Gaiman y otras comunidades.

Reflexiones

En las páginas anteriores sinteticé la historia de los rescates de restos óseos humanos hallados en los últimos veinte años en el nordeste de la provincia del Chubut. También con- signé la información que pudo obtenerse a partir de su estudio y la trascendencia de la misma para la ciencia, los pueblos originarios y -por extensión- la cultura y la historia de nuestro país y de América en general. Si este cuerpo de conocimiento fue construido por la arqueología y la antropología biológica sobre la base de apenas un 14% de esqueletos y contextos poco alterados, cabe preguntarse cuánto más podría haberse logrado si los demás no hubieran sido saqueados o destruidos. También vale la pena plantearse qué habría pasado de no haber sido rescatados; quizás hubieran corrido el mismo destino que los sitios Punta Mejillón y Médano Grande. En consecuencia, ese valioso patrimonio habría permanecido por siempre ignorado.

Por lo tanto, en mi opinión, es in- dispensable que los rescates puedan continuar llevándose a cabo. Pero, previamente -y en el lapso más breve posible- los arqueólogos, los representantes de los órganos de aplicación de las leyes patrimoniales, los pueblos originarios y cualquier otro colectivo social involucrado geográfica y/o históricamente con esos restos huma- nos, debemos sentarnos en una mesa de diálogo y trabajo para analizar, debatir y consensuar esta y otras problemáticas de interés común. Entre los temas a considerar se encuentran las restituciones de restos humanos, el destino de las colecciones de museos y otros repositorios y también el futuro de nuestra propia práctica profesional. De esta manera, por un lado, se podrían superar las incompatibilidades entre los instrumentos legales mencionados en la introducción; por otro, se lograría avanzar en la construcción y consolidación de un víncu- lo más honesto, respetuoso y enriquecedor para cada una de las partes.

Partes: 1, 2

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