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Medidas Cautelares contempladas en el nuevo codigo procesal civil de Nicaragua (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Antes y durante el procedimiento arbitral, tanto el demandante como el reconviniente, podrán solicitar la adopción de medidas cautelares a la autoridad judicial, demostrando la existencia del compromiso arbitral, esto del derecho.Convención Interamericana sobre Ejecución de Medidas Cautelares será al Juzgado competente, que será: donde se ejecutará el Laudo Arbitral o donde surtirán efecto las medidas

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68 CIDIP II celebrada en Montevideo, Uruguay en 1979, adopto ocho instrumentos internacionales sobre aspectos de derecho mercantil internacional y derecho procesal internacional, así como convenciones sobre instituciones jurídicas relacionadas con los aspectos generales de este ramo

El tribunal arbitral69, a petición de cualquiera de las partes, podrá solicitar la adopción de medidas cautelares, a la autoridad judicial competente. En ningún caso el tribunal arbitral podrá adoptar de oficio o ejecutar por sí mismo, ningún tipo de medida.

Las medidas cautelares caducarán de pleno derecho dentro de los diez días de practicadas, si no se demuestra con certificación la providencia que da inicio al arbitraje o la etapa procedimental en que éste se encuentre, condenándose en tal caso al peticionario al pago de los gastos, los daños y perjuicios causados.

Modificación de las Medidas Cautelares Judiciales

Se tramitan en piezas separadas sin suspender el proceso principal70 Se hará la Solicitud de modificación71.

  • Luego la Ley determina un plazo de 5 días (ADMITE Y CONVOCA)72

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69 LEY DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE, LEY No. 540, Aprobada el 25 de Mayo del 2005. Publicada en La Gaceta No. 122 del 24 de Junio del 2005.

.Art. 43.- FACULTAD DEL TRIBUNAL ARBITRAL DE ORDENAR MEDIDAS PROVICIONALES CAUTELARES.

Salvo acuerdo en contrario de las partes, el tribunal arbitral, a petición de cualquiera de ellas, podrá a ordenar la adopción de medidas cautelares que el tribunal arbitral estime necesarias respecto del objeto de litigio. Asimismo, el tribunal arbitral podrá solicitar de cualquiera de las partes una garantía apropiada en relación con esas medidas. Las autoridades o dependencias públicas así como los particulares a quienes el tribunal arbitral le solicite realizar algún tipo de acto o tomar algún tipo de medida para materializar la medida provisional cautelar, cumplirán con lo solicitado hasta tanto no reciban petición en contrario de dicho tribunal arbitral o una orden de un tribunal de la justicia ordinaria que disponga otra cosa.

70 Ibíd. 43

71 Código Procesal Civil de la República de Nicaragua. Ley No. 902, Art. 386 n2 La solicitud de modificación de medidas cautelares, será sustanciada y tramitada con arreglo al procedimiento previsto para la oposición.

  • ya terminada la audiencia o dentro del plazo que establece la ley el juez resuelve73

  • Se da la resolución judicial en cualquier vía.

  • Si se estima se mantiene la medida cautelar

  • Se desestima y se levanta la medida cautelar.

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72 Ibíd. 44

73 Ibíd. 45

CONCLUSIONES

Finalizando esta monografía podemos hablar de la indiscutible importancia y vigencia que tiene las medidas cautelares en Nicaragua, específicamente dentro de las ordenaciones contenidas en el Código Procesal Civil, que regula el nuevo proceso dentro la materia procesal civil de Nicaragua. Características y presupuestos que dan sustento a un régimen cautelar, que amplía y flexibiliza el otorgamiento de aquellas medidas cautelares adecuadas y necesarias, con el objetivo de tutelar una mayor cantidad de escenarios y circunstancias fácticas. Se aumentan los efectos de tal instituto procesal, más allá de las medidas de orden conservativo y permite el ingreso de las medidas innovadoras.

Es importante denotar la incorporación de nuevas figuras y aspectos procesales significativos, en materia cautelar. Estos, fueron incorporados dentro del Código Procesal Civil, aportes que se originaron del completo y exquisito desarrollo jurisprudencial, nos referimos a la incorporación de una tutela cautelar acorde con los principios y reconocimiento constitucionales según el principio de una tutela judicial efectiva, la incorporación de las medidas provisionalísimas, apertura del instituto a un sistema abierto de medidas cautelares, reconocimiento del análisis y ponderación de los intereses en juego al momento de analizar la figura cautelar, amplitud y flexibilización del papel del juez dentro del instituto cautelar, entre otras figuras que, desde algún tiempo atrás, venían desarrollándose dentro del derecho moderno.

Debido a que entre la iniciación del proceso (aún antes del mismo) y el eventual otorgamiento de la pretensión perseguida transcurre un tiempo en el cual la misma puede resultar de dificultosa o imposible concreción, para evitar este efecto y sostener la posibilidad de realizar el objeto del proceso se han regulado las medidas cautelares, las que se entienden como actos del órgano jurisdiccional, adoptadas en el curso de cualquier tipo de proceso, o previamente a él, a pedido de los interesados, o de oficio para asegurar las pretensiones.

El fundamento de las medidas cautelares se basa en la necesidad de mantener la igualdad de las partes en el proceso. Además de las circunstancias externas al proceso y a las partes, como pueden ser las cambiantes condiciones económicas y sociales de un país, las partes pueden no desenvolverse de acuerdo a Derecho, sin colaborar con el órgano jurisdiccional, hasta la finalización del proceso, actuando de manera fraudulenta, tomando conductas que estropeen, obstaculicen o alteren las circunstancias fácticas y jurídicas del reclamo, como así también, impidan la materialización del futuro mandato judicial. El factor tiempo, tiene gran preponderancia dentro de un proceso, ya que una decisión inoportuna o tardía podría equivaler a la inexistencia de la misma, de igual modo una resolución oportuna pero de imposible cumplimiento resultaría frustratoria de su reconocimiento.

Pasando entonces en limpio, las medidas cautelares se encuentra en la salvaguarda provisional de un interés en particular, el cual si no fuese preventivamente protegido, pudiera tornar ilusoria o impracticable la decisión a la que arribe el tribunal.

A lo largo del desarrollo del trabajo, podemos apreciar como las medidas cautelares, tanto en sus facetas legal como doctrinaria, se encuentra atravesado de consideraciones en su carácter de aplicación excepcional. En primer lugar, en cuanto a su objeto, es el aseguramiento de la eficacia en términos de ejecución de una potencial sentencia favorable sobre un derecho aún controvertido; y en segundo lugar, en cuanto a su inicial desigualdad parcial entre las partes y la consecuente gravedad en la exigencia de sus requisitos tanto de procedencia como de ejecución; por último siendo el equilibrio de la balanza de derechos y su protección entre el peticionario de una medida cautelar y su destino, lo que le otorga la legitimidad y validez a este procedimiento según el marco constitucional y especifico a través de nuestro ordenamiento jurídico.


FUENTES DEL CONOCIMIENTO

Legislación

  • Constitución Política de la Republica de Nicaragua. Publicada en la Gaceta No 32. Martes 18 de febrero del 2014

  • Código de Procedimiento Civil de la Republica de Nicaragua, publicado el año de 1905 y entra en vigencia el primero de enero de 1906.

  • Código Procesal Civil de la República de Nicaragua, Ley No.902 Publicado en la Gaceta No. 191 Viernes 09 de Octubre de 2015.

  • Código Civil de la República de Nicaragua Tomo II, Publicado en La Gaceta No. 2148 del 5 de Febrero de 1904.

  • Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua, Ley No. 260. Aprobado el 7 julio 1998, Publicado en La Gaceta No. 137 del 23 julio 1998.

  • Ley General de Registro Público, Ley No. 698, aprobada el 27 de agosto del 2009. Publicada en La Gaceta No 239 del 17 de diciembre del 2009.

  • Ley de Mediación y Arbitraje, Ley No. 540, aprobada el 25 de mayo del 2005, Publicada en La Gaceta No. 122 del 24 de Junio del 2005.

  • Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 312, Aprobada el 06 de Julio de 1999, Publicada en La Gaceta No. 166 y 167 del 31 de Agosto y 1 de Septiembre de 1999.

  • Ley de Reformas y Adiciones a La Ley No. 312, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos, Ley No. 577, Aprobada el 16 de Marzo del 2006, Publicada en La Gaceta No. 60 del 24 de Marzo del 2006.

  • Reglamento a la Ley No. 698, Ley General de los Registros Públicos. Decreto No. 13-2013, aprobado el 22 de febrero del 2013 publicado en La Gaceta No. 44 del 7 de marzo del 2013

Fuentes Secundarias

Doctrina

  • Calamandrei, Piero. Introducción al Estudio Sistemático de las Medidas Cautelares. Madrid, 1996.

  • Calamandrei, P. Instituciones de Derecho Procesal Civil, vol. I. Traducción de Sentís Melendo, S., Buenos Aires, Ed. EJEA, 1962.

  • Carnelutti, Francesco. Sistema de Derecho Procesal Civil. Utema. Madrid 2003.

  • Carnelutti, F. Instituciones del Proceso Civil, vol. I, traducción de Sentís Melendo, S. Buenos Aires, Ed. EJEA, 1959.

  • Chiovenda, José. Principios de Derecho Procesal Civil. Reus Madrid, 1977.

  • Couture, Eduardo. Fundamentos el Derecho Procesal Civil "Las garantías Constitucionales del Proceso Civil",1942.

  • Gascón Inchausti, Fernando. La Adopción de Métodos Cautelares con Carácter Previo a la Demanda. Cedecs. Barcelona, 1999

  • Guasp, J. Derecho Procesal Civil, Introducción y parte general, Tomo. I, 3ª ed., Madrid, 1968.

  • Jové, María. Medidas Cautelares Innominadas en el Proceso Civil. j. m. Bosch. Barcelona 1995.

  • Ortiz Urbina, Roberto. Derecho Procesal Civil I, Managua Nicaragua, Bitecsa 2004.

  • Novellino, Norberto. Embargo y desembargo y demás medidas cautelares. Abeledo-Perrot. México D.F 2009.

  • Podeti. Las Medidas Cautelares y Provisionales en el Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos, Madrid, 2005.

  • Ruiz Armijo, A. Derecho Procesal Civil, Tomo I, Managua 2ª ed. Publicaciones Facultad de Ciencias Jurídicas, Universidad Centroamericana, 2007.

  • Solórzano Reñazco, A. Comentarios al Código de Procedimiento Civil de Nicaragua, tomo. I, Ed. La Unión, Managua, 1974.

  • Torrez Peralta, William Ernesto. Manual de Derecho Procesal Civil nicaragüense tomo I, Managua, Grupo Editorial, 2009.

Otras Fuentes Consultadas

Jurisprudencia

  • Resolución de las diez y quince minutos de la mañana del trece de enero de mil novecientos sesenta y nueve del tribunal de apelaciones de Masaya

Monografías

  • Arias Ramírez, Bernal. Las Medidas Cautelares y Provisionales en el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, Tesis para optar por el título de Doctor en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Complutense, Madrid, 2005. Pág. 33

  • Arauz Chiong, Flavio. Los Principios Procesales en el Sistema Oral Civil, tesis para optar al título de Doctor en derecho UNAN-Managua, mayo del 2006.

Diccionarios

Documentos electrónicos

Páginas webs visitadas

DEDICATORIA

A Dios principalmente por darme la salud, la fuerza, la voluntad y la sabiduría para poder culminar esta obra investigativa.

A mis padres:

Por su amor y apoyo incondicional que me han servido durante todos estos años de estudios, gracias a ellos por motivarme a estudiar y ser mejor cada día. A mis hermanos:

Por su apoyo y motivación, por ser ellos del cual aprendí aciertos, sus valores éticos y aconsejarme en todos los momentos difíciles.

A todos mis amigos y compañeros de clase: por todos los momentos compartidos, por esas vivencias inolvidables que marcaron mi vida a lo largo de la carrera y a todas las personas que durante este transcurso me han brindado de manera directa e indirecta su apoyo, tiempo y comprensión.

Gracias por el apoyo, amistad y cariño que son gratos recuerdos en mi vida.

Fernando Sinar Tercero López.

AGRADECIMIENTOS

Primeramente a Dios por haberme permitido culminar mi carrera universitaria, por haberme brindado la salud necesaria, ya que es el medio esencial de vida, por haberme brindado sabiduría, entendimiento y fortaleza a lo largo de estos años tan difíciles, por darme la voluntad e interés para seguir adelante y permitirme cumplir con éxito una meta muy importante en la vida.

A mi padres : Por haberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante para seguir adelante, por ser ellos el principal ejemplo del cual pude adquirir valores que me impulsaran a ser una persona de bien, pero más que nada, por su amor, gracias por estar ahí cada día.

A Nuestro Tutor: Dr. José Galán Ruiz, por su disposición y apoyo en el momento en que más necesitábamos que nos guiara con su ayuda y nos impulsara de gran manera la realización de nuestro trabajo investigativo.

A mis compañeros(as) de realización de esta obra: más que compañeros(as) han sido amigos(as) en el trayecto de mi historial universitario, que permitieron con su valiosa colaboración, hacer más compleja la consecución de esta obra.

Fernando Sinar Tercero López.

DEDICATORIA

A Dios, sobre todas las cosas que es mi fortaleza durante mi vida.

A mi Madre, quien me dio la vida; que con su sacrificio, tenacidad, esfuerzo y valentía ha dado a mi vida una fuente infinita de formación y superación.

A mis hermanos, familia y seres queridos, quienes durante el transcurso de mi vida me han brindado su apoyo y colaboración.

Tania Tamara Pérez Rivera.

AGRADECIMIENTO

Sobre todas las cosas a Dios que me ha dado la fuerza para seguir adelante estos años de mi vida Académica.

Mi familia por cada uno de los momentos en los que tuvieron que apoyarme para hacer posible la realización de mis estudios.

A mis queridos compañeros de Trabajo, y a los y las que fuimos compañeros en este camino. Gracias

Este trabajo no hubiera sido posible sin el conocimiento y formación transmitida por los diversos profesores y maestros con los cuales he compartido en las distintas etapas de mi vida académica, para todos ellos mi más sincero y profundo agradecimiento, gracias por ser modelos de educadores a seguir, así como por todo el tiempo, conocimiento y dedicación brindado. Especialmente a:

A nuestro tutor Dr. José Galán

Tania Tamara Pérez Rivera.

DEDICATORIA.

Dedico esta monografía A Dios, quien me ha dado fuerza, sabiduría e inspiración para la conclusión de este trabajo investigativo.

A mí, madre: María Isabel Pineda Delgadillo. Quien me dio la vida, educación, apoyo y consejos para llegar hacer una gran persona de bien. A mis compañeros de estudio y de trabajo, a mis maestros y amigos, quienes con su ayuda de una u otra manera creyeron en mí.

A todos ellos se los agradezco desde el fondo de mi alma. Para todos ellos hago esta dedicatoria.

Julio Cesar Pineda Astorga.

AGRADECIMIENTO.

Esta monografía es hecha en agradecimiento:

A Mi Madre ya que gracias a ella he logrado este importante logro en mi vida.

También quiero agradecer a Mis Abuelos ya que con ellos sigo siendo una persona de bien pese a cualquier tipo de enfermedad, de una manera especial les agradezco a todas las personas que han formado parte de mi vida.

Y quiero agradecer también a un amigo muy especial que es mi Dios con el hago, todo y está conmigo en las buenas y en las malas, siempre cuidándome.

Me queda darle Especial agradecimiento:

A Nuestro Tutor Dr. José Galán.

Julio Cesar Pineda Astorga.

 

 

 

 

Autor:

Br. Fernando Sinar Tercero López. Br.

Tania Tamara Pérez Rivera

Br. Julio Cesar Pineda Astorga

Tutor: Msc. José Galán Ruiz.

Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua UNAN- León

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Monografía para Optar al Título de Licenciado en Derecho

León, Nicaragua, 2015.

¡A LA LIBERTAD POR LA UNIVERSIDAD!

Partes: 1, 2, 3
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